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Documento BOE-A-2004-14885

Resolución de 29 de julio de 2004, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se declara el mes de agosto como inhábil a efectos de plazos en el concurso específico de provisión de puestos convocado por la Agencia según Resolución de 2 de abril de 2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 11 de agosto de 2004, páginas 28819 a 28819 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-A-2004-14885

TEXTO ORIGINAL

Las convocatorias de los diferentes concursos de provisión

de puestos de trabajo, de acuerdo al artículo 39 y siguientes

del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de

la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos

de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles

de la Administración General del Estado, aprobado por Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo, deberán resolverse en el

plazo de dos meses, salvo que la propia convocatoria establezca

otro distinto.

Teniendo en cuenta la dificultad que entraña el mes de agosto

para la normal continuidad del proceso selectivo así como poder

cumplimentar todos los trámites legalmente establecidos, es por

lo que:

Esta Agencia Española de Protección de Datos en uso de las

facultades que le están conferidas resuelve:

Declarar inhábil el mes de agosto, a efectos del cómputo de

plazos en el concurso específico para la provisión de puestos de

trabajo convocado por Resolución de 2 de abril de 2004 (7125),

de la Agencia Española de Protección de Datos (BOE del 20).

Madrid, 29 de julio de 2004.-El Director, José Luis Piñar

Mañas.

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