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Documento BOE-A-2004-14941

Resolución de 9 de julio de 2004, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas con destino a riego en una finca de don Bienvenido Muñoz Crespo denominada "Los Lanchares" en Ocaña (Toledo)" en el ámbito de la Confederación Hidrográfica del Tajo.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 11 de agosto de 2004, páginas 28913 a 28914 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2004-14941

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y el Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier actividad comprendida en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.

El proyecto «Concesión de aguas con destino a riego de 35,9204 Ha en “Los Lanchares” en el TM de Ocaña (Toledo)», se encuentra comprendido en el apartado c del grupo 1 del Anexo II de la Ley 6/2001 antes referida.

La Confederación Hidrográfica del Tajo remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la documentación relativa al proyecto incluyendo sus características, ubicación e informes redactados por la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sobre la afección ambiental de la actuación.

El proyecto «Concesión de aguas con destino a riego de 35,9204 Ha en “Los Lanchares” en el TM de Ocaña (Toledo)» tiene por objeto poner en regadío, mediante la aportación de un aprovechamiento de aguas subterránea existente, 35,92 hectáreas destinadas a riego por goteo de viñedos.

El informe de la Dirección General del Medio Natural de la Junta de Castilla-La Mancha, estima que la puesta en regadío proyectada puede ser compatible con la conservación de los valores naturales característicos de la ZEPA a condición de que el recurso hídrico se dedique exclusivamente al riego por goteo de la superficie actualmente dedicada ya al cultivo de viñedo, sin ampliar la superficie destinada al viñedo en espaldera.

El informe del Servicio de Calidad Ambiental de la Junta de Castilla-La Mancha, considera conveniente la solicitud de Concesión de aguas subterráneas en el T.M. de Ocaña (Toledo).

Considerando los criterios de selección contemplados en el Anexo III de la Ley 6/2001, los informes de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y analizada la totalidad del expediente, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales adversos significativos. Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la Ley 6/2001 la Secretaría General Para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de este Ministerio de fecha 9 de julio de 2004, resuelve que no es necesario someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto «Concesión de aguas con destino a riego de 35,9204 Ha en “Los Lanchares” en el TM de Ocaña (Toledo)». No obstante, la actuación deberá respetar que el recurso hídrico se dedique exclusivamente al riego por goteo de la superficie actualmente dedicada y al cultivo de viñedo, sin ampliar la superficie destinada al viñedo en espaldera.

Madrid, 9 de julio de 2004.‒El Secretario general, Arturo Gonzalo Aizpiri.

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