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Documento BOE-A-2004-14970

Resolución de 23 de julio de 2004, de la Universidad de Vigo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Letrados.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 12 de agosto de 2004, páginas 28960 a 28966 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2004-14970

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la

Universidad de Vigo y con el objeto de atender las necesidades del

personal de administración y servicios de esta universidad,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 20 de la Ley orgánica 6/2001, del 21 de

diciembre (BOE de 24) de universidades, resuelve convocar

pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Letrados de la

Universidad de Vigo con sujeción a las siguientes bases de la

convocatoria:

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas

de la escala de letrados de la Universidad de Vigo, una por el

sistema de promoción interna y la segunda por el sistema de acceso

general libre. De no cubrirse, la plaza reservada a promoción

interna se acumulará a la ofertada por el otro sistema. Los aspirantes

solo podrán participar en uno de los dos sistemas de provisión.

1.2 El procedimiento de selección será el de

concurso-oposición y constará de las fases, pruebas y calificaciones que se

especifican en el anexo I.

1.3 El programa que regirá las pruebas de la fase de oposición

es el que se relaciona en el anexo II.

1.4 Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo

dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la

Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988,

de 28 de julio ; la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la Función

Pública de Galicia, modificada por la Ley 4/1991, y por la Ley

3/1995 ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Decreto

95/1991, de 20 de marzo ; los Estatutos de la Universidad de

Vigo y a lo dispuesto en la presente convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes, con independencia del turno de acceso,

deberán poseer todos los requisitos exigidos en esta base en la fecha

de finalización del plazo de presentación de solicitudes y

mantenerlos hasta la toma de posesión como funcionarios.

2.2 Requisitos comunes para todos los turnos de acceso:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea, nacional del Reino de Noruega o de la República de

Islandia.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de

países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia

siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún

años o mayores de esta edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de licenciado en derecho o

del certificado de pago de su expedición. En el caso de titulaciones

obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la

credencial que acredite su homologación.

d) Tener abonadas las tasas por derechos de examen.

e) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

f) No haber sido separado o estar suspendido del servicio de

cualquier administración pública ni inhabilitado para el

desempeño de la función pública por sentencia firme. Los aspirantes

que no tengan nacionalidad española deberán acreditar,

igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal

que impida en su Estado el acceso a la función pública.

2.3 Además de los requisitos anteriores, los aspirantes que

concurran por el turno de promoción interna deberán ser

funcionarios de carrera de alguno de los cuerpos o escalas de los

grupos A y/o B, estar destinados con carácter definitivo en la

Universidad de Vigo y acreditar una antigüedad de, por lo menos,

dos años de servicios efectivos prestados en cuerpos o escalas

de los grupos A y/o B.

3. Solicitudes

3.1 Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas

selectivas se ajustarán al modelo que figura como anexo IV de esta

convocatoria y se dirigirán al Rector de la Universidad de Vigo

en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente

al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial

del Estado. A efectos divulgativos esta convocatoria se remite

también al Diario Oficial de Galicia.

3.2 Las solicitudes se presentarán en el Registro General de

la Universidad de Vigo (Rectorado, Campus das

Lagoas-Marcosende, 36310 Vigo), o de acuerdo con las restantes formas

previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes suscritas en el

extranjero podrán cursarse a través de las representaciones

diplomáticas y consulares españolas correspondientes.

Los aspirantes no podrán presentar más de una solicitud ni

instar su participación en las pruebas selectivas, simultáneamente,

por más de un sistema de acceso. La contravención de alguna

de estas normas determinará la exclusión de los aspirantes.

3.3 Los derechos de examen serán de 36 euros y se ingresarán

en la cuenta corriente n.o 2091-0501-64-3110000201, Caixa

Galicia, O.P. Vigo. Universidad de Vigo. Tasas. Forma de pago:

Directamente en las oficinas de la citada entidad, utilizando para ello

exclusivamente el impreso de solicitud (anexo IV), o mediante

transferencia bancaria en la que deberá constar obligatoriamente

el nombre, apellidos y DNI del interesado, el código F104LE,

Escala de Letrados. En ningún caso la mera presentación de la solicitud

y el pago en la entidad bancaria supondrá la sustitución del trámite

de presentación en tiempo y forma de la solicitud ante el órgano

expresado en la base 3.2.

Los derechos de examen serán reintegrados de oficio a los

aspirantes que sean excluidos definitivamente de la realización

de las pruebas selectivas o cuando las pruebas no se realicen,

siempre que cubriesen los datos bancarios necesarios para hacer

la devolución.

3.4 Con la instancia se adjuntarán necesariamente, siendo

motivo de exclusión la falta de alguno de ellos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad ; los

aspirantes que no posean nacionalidad española y tengan derecho

a participar deberán presentar fotocopia del documento que

acredita su nacionalidad y, de ser el caso, los documentos que acrediten

el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar

a cargo de un nacional de otro Estado miembro con el que tengan

dicho vínculo. Así mismo, deberán presentar declaración jurada

o promesa de no estar separado de derecho de su cónyuge y,

de ser el caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas

o está a su cargo.

b) Justificante de tener abonados los derechos de examen.

Estarán exentas del pago las personas con una discapacidad igual

o superior al 33 %, siempre que acompañando a su solicitud

presenten las certificaciones que la acrediten.

3.5 Los méritos alegados se acreditarán de la siguiente forma:

a) Los servicios prestados en las Universidades públicas de

Galicia se acreditarán mediante certificación de la gerencia o

unidad de personal correspondiente, referidos a la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes ; el Servicio de

Gestión de Personal de la Universidad de Vigo expedirá, de oficio,

certificaciones acreditativas a los efectos de la valoración de

méritos de la fase de concurso.

b) De conformidad con lo establecido en la base 6.5 de la

convocatoria, los aspirantes quedarán exentos de la realización

de la prueba previa de acreditación del conocimiento del

castellano, si con la solicitud adjuntan copia compulsada de los

diplomas básico o superior de español como lengua extranjera o del

certificado de aptitud de español para extranjeros expedido por

las escuelas oficiales de idiomas. En otro caso les será de aplicación

lo previsto en dicha base.

3.6 Los aspirantes deberán indicar el turno por el que solicitan

acceder en el recuadro n.o 2. Los que tengan alguna minusvalía

podrán solicitar en el recuadro n.o 6 las adaptaciones de tiempos

y medios que consideren necesarios para la realización de las

pruebas.

3.7 Los errores de hecho que pudiesen advertirse podrán

enmendarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hiciesen

constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su

modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo

establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes.

Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta

naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida, justificada y

discrecionalmente apreciada por la Universidad.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector

de la Universidad de Vigo dictará resolución que se publicará en

el Diario Oficial de Galicia, aprobando la relación provisional de

aspirantes admitidos y excluidos, con expresión de las causas que

hubiesen motivado la exclusión y el plazo de enmienda de los

posibles defectos, que será de 10 días hábiles contados a partir

del siguiente al de la publicación de la citada resolución.

4.2 Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no

enmienden la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho

a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente

excluidos de la realización de las pruebas.

En la resolución definitiva, que se publicará en el Diario Oficial

de Galicia, se indicará así mismo el lugar, fecha y hora de

celebración del primer ejercicio y contra ella, tras comunicarlo a este

rectorado, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo

de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992.

4.3 En todo caso, con el objeto de evitar errores y, en el

supuesto de que se produjesen, para posibilitar su enmienda en

tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fidedignamente no

solo que no figuran en la lista de excluidos, sino que sus nombres

constan correctamente en la relación de admitidos.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo III de esta convocatoria y tendrá la categoría primera

de las recogidas en el Decreto 144/2001, del 7 de junio (DOG

del 25). Con la relación provisional de admitidos y excluidos se

publicará en el tablón de anuncios del Rectorado la designación

de los vocales en representación de la Junta del PAS funcionario.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándoselo al rector de la Universidad, cuando

concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28

de la Ley 30/1992, o si hubiesen participado en tareas de

preparación de aspirantes a pruebas selectivas dentro de los cinco

años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de que no se encuentran incursos en las

circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

Así mismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

tribunal cuando concurran las circunstancias citadas.

5.3 Después de la convocatoria del Presidente, se constituirá

el tribunal con la asistencia del Presidente y el Secretario, o de

ser el caso, de aquellos que los sustituyan, y la mitad al menos

de sus miembros. En esta sesión, el Tribunal acordará todas las

decisiones que correspondan para el correcto desarrollo de las

pruebas selectivas.

5.4 A efectos de celebración de sesiones, deliberaciones y

adopción de acuerdos, se requerirá la asistencia de los miembros

del Tribunal especificadas en el apartado anterior.

5.5 El Tribunal resolverá todas las dudas que pudiesen surgir

en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer

en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del

Tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992.

5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes a los

ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a

prestar colaboración en sus especialidades técnicas. Serán

nombrados por el rector de la Universidad de Vigo, a propuesta del

Tribunal, mediante resolución que será publicada en el tablón

de anuncios del Rectorado, aplicándoseles lo previsto en la

base 5.2.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en los que resulta necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalidez gocen de similares condiciones para

la realización de los ejercicios al resto de los aspirantes. Para

las personas con minusvalidez que lo soliciten en la forma prevista

en la base 3.5, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempo

y medios.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios escritos que no deban

ser leídos ante el Tribunal sean corregidos sin que se conozca

la identidad de los aspirantes y excluirá a aquellos opositores que

consignen en las hojas de examen marcas o signos que permitan

conocer su identidad.

5.9 A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal

tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Vigo, Campus

das Lagoas-Marcosende, 36310 Vigo, teléfonos 986 812 000

(centralita) y 986 813 762 (Servicio de Recursos Humanos).

5.10 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que superaron las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra D, de conformidad con

lo establecido en la resolución de 30 de enero de 2004 de la

Consejería de Presidencia, Relaciones Institucionales y

Administración Pública (DOG de 4 de febrero).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

un llamamiento único quedando decaídos en su derecho los que

no comparezcan, excepto en los casos de fuerza mayor,

debidamente justificados y libremente considerados por el Tribunal. En

cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el

Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

6.3 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará

a partir del 1 de noviembre de 2004. La publicación de los

sucesivos anuncios de celebración de los ejercicios será efectuada por

el Tribunal en los lugares donde se celebrara el anterior, así como

en la sede del Tribunal y por cualquier otro medio que se juzgue

conveniente para facilitar su máxima divulgación, con 48 horas

de antelación, por lo menos, a la fecha señalada para su iniciación.

6.4 El Tribunal podrá acordar la inclusión de preguntas de

reserva que necesariamente deberán ser contestadas por los

aspirantes.

6.5 Los aspirantes de nacionalidad extranjera, previamente

a la realización de los ejercicios de la fase de oposición, deberán

acreditar el conocimiento de castellano, bien mediante la

presentación de los diplomas y certificaciones relacionadas en la

base 3.4.c), bien mediante la superación de una prueba que se

ajustará a los contenidos establecidos en el R.D. 826/1988, del 20

de julio, y en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado

de comprensión y expresión oral y escrita.

6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes carece de

los requisitos exigidos por la presente convocatoria, luego de la

audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión al Rector

de la Universidad de Vigo, comunicándole también las

inexactitudes y falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud

a los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de

oposición, el Tribunal hará pública en los lugares de celebración de

los mismos y en el Rectorado la relación de aspirantes que los

hubiesen superado, con indicación de la puntuación obtenida y

del documento nacional de identidad.

7.2 Finalizada la fase de oposición, y para los aspirantes que

la hubiesen superado, el Tribunal hará públicos los puntos

obtenidos en la fase de concurso, que en ningún caso podrán sumarse

a efectos de la superar la fase de oposición.

La calificación final del proceso selectivo vendrá dada por la

suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y

en la fase de concurso. En caso de empate, tendrá preferencia

el candidato con mayor puntuación en el conjunto de la oposición,

y de persistir, se dirimirá a favor de la mayor puntuación en los

ejercicios de la fase de oposición atendiendo al orden de

realización.

7.3 El Tribunal hará pública para cada sistema de acceso

la lista de aspirantes que, según el orden de puntuación obtenido

por cada uno de ellos, fuesen seleccionados, que en ningún caso

podrá contener un número de candidatos superior al de plazas

convocadas. Los opositores que no se encuentren incluidos en

las respectivas relaciones tendrán la consideración de no aptos

para todos los efectos.

7.4 Finalizado el proceso selectivo, el Presidente del Tribunal

elevará al Rector la relación definitiva con los aspirantes que

hubiesen superado proceso selectivo, con las calificaciones de cada

uno de los ejercicios de la fase de oposición, de la fase de concurso

y la suma total.

7.5 Con la finalidad de confeccionar la correspondiente lista

de espera, el Tribunal calificará los méritos de la fase de concurso

de todos los aspirantes que se hubiesen presentado al primer

ejercicio.

8. Presentación de documentos

8.1 En el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente

a aquel en que se haga pública la relación definitiva, el candidato

que supere el proceso selectivo deberá presentar en el Registro

General de la Universidad de Vigo los siguientes documentos:

a) Fotocopia del título académico ; en el caso de titulación

extranjera, se presentará credencial de su homologación.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas.

De no poseer nacionalidad española, deberá presentar

declaración jurada o promesa de no estar sometido a sanción

disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a

la función pública.

c) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni estar

afectado por limitación física o psíquica que imposibilite el

desempeño de las correspondientes funciones.

d) Si hubiese alegado su condición de minusválido deberá

presentar certificación de los órganos competentes de sanidad o

servicios sociales de la administración que corresponda, que acredite

tal condición e igualmente la compatibilidad con el desempeño

de las tareas y funciones correspondientes.

8.2 Quien tuviese la condición de funcionario de carrera en

servicio activo estará exento de justificar documentalmente las

condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su

anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del

organismo del que dependan para acreditar tal condición.

8.3 Si dentro del plazo fijado, excepto casos de fuerza mayor,

no presentase la documentación o del examen de la misma se

dedujese que carece de alguno de los requisitos señalados en la

base 2, no podrá ser nombrado funcionario de carrera y quedarán

anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en

que hubiese incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Concluidos los trámites, los aspirantes serán nombrados

funcionarios de carrera de la Escala de Letrados de la Universidad

de Vigo, con especificación del destino adjudicado, mediante

resolución rectoral que se publicará en el Diario Oficial de Galicia.

8.5 La toma de posesión se efectuará en el plazo de un mes,

contado a partir del día siguiente al de la fecha de publicación

del nombramiento.

9. Norma final

Esta convocatoria y sus bases vinculan a la administración,

al Tribunal encargado de juzgar las pruebas y a los que participen

en ellas.

La convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de

ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en

los casos y la forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Además, la Universidad de Vigo podrá, de ser

el caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal

conforme a lo previsto en la citada Ley.

Vigo, 23 de julio 2004.-El Rector, Domingo Docampo Amoedo.

ANEXO I

Ejercicios y valoración

A) Fase de oposición: La oposición estará constituida por los

siguientes ejercicios selectivos:

Primer ejercicio.-Consistirá en contestar por escrito a un

cuestionario de 60 preguntas tipo test, con cuatro respuestas de las

que sólo una será correcta, relativas al programa que figura en

el anexo II. El tiempo mínimo de realización será de 45 minutos.

Se calificará con un máximo de 15 puntos. Las preguntas acertadas

se valorarán con 0,25 puntos, las preguntas no acertadas

descontarán 1/3 del valor de la respuesta acertada, las preguntas

no contestadas no serán puntuadas. Tendrá carácter obligatorio

y eliminatorio.

El Tribunal calificador teniendo en cuenta el nivel de

conocimientos de los aspirantes presentados y antes de conocer su

identidad, decidirá la puntuación mínima para superar este

ejercicio, haciendo público este acuerdo.

Segundo ejercicio.-Consistirá en desenvolver por escrito tres

temas, extraídos al azar, dos del bloque de Derecho Administrativo

y uno del bloque de Universidades, relativos al programa que figura

como anexo II.

El tiempo máximo de realización será de 180 minutos.

Posteriormente los temas deberán ser leídos por los aspirantes delante

del tribunal, que podrá formular preguntas. Se calificará con un

máximo de 25 puntos. Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio.

El Tribunal calificador teniendo en cuenta el nivel de

conocimientos de los aspirantes decidirá la puntuación mínima para superar

este ejercicio, haciendo público este acuerdo.

Tercer ejercicio.-Consistirá en resolver por escrito uno o más

casos prácticos relacionados con el contenido del programa, en

la redacción de una demanda o su contestación, o cualquier otro

escrito de naturaleza jurídica o judicial. El tiempo máximo de

realización será de 180 minutos. Se calificará con un máximo de 40

puntos. Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio. No se podrá

consultar ningún texto. Para fijar la puntuación mínima necesaria

para superar este ejercicio, el Tribunal calificador procederá como

en el segundo ejercicio.

Cuarto ejercicio.-Consistirá en contestar por escrito a un

cuestionario de 30 preguntas tipo test sobre el idioma gallego. El

tiempo máximo de realización será de 30 minutos. Se calificará con

un máximo de 5 puntos. Tendrá carácter obligatorio y no

eliminatorio sólo para el turno de acceso general libre. Las preguntas

acertadas se valorarán con 0.167 puntos, las preguntas no

acertadas descontarán 1/3 del valor de la respuesta acertada, las

preguntas no contestadas no serán puntuadas.

B) Fase de concurso: Los aspirantes que superen la fase de

oposición, podrán obtener puntuación en la fase de concurso,

de acuerdo con el siguiente baremo:

1. Acceso general libre: Se valorará la antigüedad reconocida

en la administración pública y referida a la fecha de finalización

del plazo de presentación de solicitudes, hasta un máximo de 10

puntos, a razón de:

0,07 puntos por mes completo de servicios prestados en

universidades públicas realizando funciones en puestos, cuerpos o

escalas de carácter jurídico que requieran la licenciatura en derecho.

0,04 puntos por mes completo de servicios prestados en otras

Administraciones Públicas como funcionario de carrera o

funcionario interino realizando funciones en puestos, cuerpos o escalas

de carácter jurídico, que requieran la licenciatura en derecho.

2. Promoción interna: Se valorará la antigüedad reconocida

en la Administración Pública y referida a la fecha de finalización

del plazo de presentación de solicitudes, hasta un máximo de 10

puntos, a razón de:

0,10 puntos por mes completo de servicios prestados en

universidades públicas como funcionario de carrera o funcionario

inte

rino realizando funciones en puestos, cuerpos o escalas de carácter

jurídico, que requieran la licenciatura en derecho.

0,07 puntos por mes completo de servicios prestados en otras

administraciones públicas como funcionario de carrera o

funcionario interino realizando funciones en puestos, cuerpos y escalas

de carácter jurídico, que requieran la licenciatura en derecho.

ANEXO II

Programa

Derecho constitucional, autonómico y comunitario

1. El concepto de Constitución. La Constitución como norma

jurídica. Líneas fundamentales del constitucionalismo español. Los

principios constitucionales. El estado español como estado social

y democrático de derecho. La reforma constitucional.

2. Los derechos fundamentales: Evolución histórica y

conceptual. Los derechos fundamentales de la Constitución española.

Garantías y tutela. La participación social en la actividad del

Estado.

3. El modelo económico de la Constitución española.

Principios informadores y objetivos específicos.

4. La Corona. Atribuciones según la Constitución española.

5. Las Cortes Generales. Congreso de los Diputados y Senado.

Composición y funciones. Aspectos básicos del procedimiento de

elaboración y aprobación de leyes. La función parlamentaria de

control de Gobierno en España: Distintas modalidades. Órganos

dependientes de las Cortes Generales: El Tribunal de Cuentas y

el Defensor del Pueblo.

6. El Tribunal Constitucional. Organización. Presupuestos

materiales y procedimientos de los recursos ante el Tribunal. La

regulación constitucional de la justicia. El poder judicial. El

Consejo General del Poder Judicial: Organización y competencias.

El Tribunal Supremo. Los Tribunales Superiores de Justicia. El

Ministerio Fiscal.

7. El Gobierno. El Presidente del Gobierno. Funciones,

régimen y potestades en el sistema constitucional español.

Composición del Gobierno. Administración y Constitución: Principios

constitucionales informadores.

8. La Administración del Estado. Órganos centrales. Órganos

periféricos. Los organismos autónomos y las sociedades estatales:

Regulación y situación actual. Órganos consultivos de la

Administración del Estado: El Consejo de Estado y otros órganos

consultivos.

9. La distribución territorial del poder del Estado: Análisis

histórico y evolución. Los diversos modelos existentes. El Estado

de las Autonomías. Precedentes histórico-constitucionales. Su

regulación en la Constitución.

10. La autonomía política. Principios generales:

Jurisprudencia constitucional. Vías de acceso a la autonomía. Los estatutos

de autonomía: Contenido. Procedimiento de elaboración y reforma

de los estatutos.

11. La autonomía gallega: Origen y evolución. El Estatuto

de autonomía de Galicia: Estructura y contenido.

12. Organización política de las comunidades autónomas. Las

instituciones de autogobierno de Galicia: Descripción, sede. La

Administración de Justicia en Galicia.

13. El Gobierno de la Comunidad Autónoma. La Junta de

Galicia y su Presidente.

14. El Parlamento de Galicia. Sistema electoral. Funciones

del Parlamento. El control parlamentario de la acción del

Gobierno. El Valedor del Pueblo.

15. Competencias de las comunidades autónomas. Las

transferencias de competencias del Estado a las comunidades

autónomas. Reserva de competencias estatales: Normativa básica.

Leyes de armonización.

16. El ordenamiento jurídico de Galicia: Leyes de Galicia.

Decretos legislativos. Reglamentos. El régimen jurídico del

ejercicio de las competencias autonómicas. Aplicación del derecho

gallego. Supletoriedad del derecho estatal. Las leyes estatales

marco, de transferencia y de delegación.

17. La Constitución y la acción exterior del Estado. Los

tratados internacionales. Las comunidades autónomas y la acción

exterior del Estado.

18. Las Comunidades Europeas. Naturaleza, objetivos y fines.

Nacimiento y fases de su evolución. El Acta Única Europea. El

Tratado de la Unión Europea. Referencia a la integración de España

en las Comunidades.

19. Fuentes del derecho comunitario. Tipología,

características y efectos. La integración del derecho comunitario en España.

20. Las instituciones comunitarias y su funcionamiento: El

Consejo, la Comisión, el Parlamento, el Tribunal de Justicia y

el Tribunal de Cuentas. Las competencias comunitarias.

Función pública

1. Función pública y burocracia. La relación de servicio entre

la Administración y los empleados públicos: Régimen estatutario

y derecho laboral. La reforma de la función pública española de

1984 y modificaciones sucesivas. Estructura de la función pública

española.

2. Selección de los funcionarios públicos. Adquisición de la

condición de funcionario. Formación y perfeccionamiento. La

carrera administrativa.

3. Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional.

Planes de empleo. Situaciones administrativas. Función pública

del Estado y autonómica.

4. Los derechos de los funcionarios públicos. Derechos

económicos. La sindicación, representación y huelga.

5. Deberes de los funcionarios. Régimen de

incompatibilidades. Extinción de la relación funcionarial.

6. La Seguridad Social de los funcionarios públicos. Régimen

general y régimen especial: Campo de aplicación. Contingencias

y prestaciones en el régimen general.

7. Régimen disciplinario de los funcionarios públicos:

Naturaleza jurídica. Calificación de las faltas. Determinación y clases

de sanciones. Procedimiento disciplinario.

8. La función pública gallega: Bases de su régimen jurídico.

Personal funcionario y personal laboral. Sistemas de acceso.

Provisión de puestos de trabajo. Promoción.

9. La función pública gallega: Situaciones administrativas de

los funcionarios. Derechos, deberes y régimen disciplinario.

10. Personal laboral. El convenio colectivo del personal

laboral de la Universidad de Vigo.

Derecho administrativo

1. Las fuentes del derecho administrativo. La primacía de las

fuentes escritas en el derecho administrativo. El valor de la

costumbre y de los principios generales.

2. La ley: Concepto y clases. Disposiciones del ejecutivo con

fuerza de ley: Decretos-leyes y decretos legislativos.

3. El reglamento: Concepto y naturaleza. Fundamento de la

potestad reglamentaria. Clasificación de los reglamentos. Órganos

con potestad reglamentaria.

4. La eficacia normativa del reglamento: Su inderogabilidad

singular. Los actos administrativos generales. La impugnación de

los reglamentos.

5. El principio de legalidad y sus manifestaciones. La actividad

administrativa discrecional y sus límites. Control de la

discrecionalidad: La desviación de poder.

6. La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos de

la relación jurídico-administrativa: Las administraciones públicas.

El administrado. Derechos públicos subjetivos e intereses

legítimos: Conceptos y diferencias. Situaciones jurídicas de los

administrados.

7. Los actos jurídicos de la Administración: Públicos y

privados. El acto administrativo: Concepto y elementos. La forma

de los actos administrativos: La motivación, la notificación y la

publicación. El silencio administrativo: Naturaleza y régimen

jurídico.

8. Clasificación de los actos administrativos. Especial

referencia a los actos jurisdiccionales, de trámite y que ponen fin

a la vía administrativa. Los actos políticos. La eficacia de los actos

administrativos en el tiempo: Comienzo, suspensión y

retroactividad.

9. La ejecutividad de los actos administrativos: Fundamento

y naturaleza. La ejecución forzosa por la Administración de los

actos administrativos: Sus medios en el derecho vigente. La teoría

de la vía del hecho.

10. La invalidez de los actos administrativos: Nulidad de pleno

derecho y anulabilidad. Los actos administrativos irregulares. La

convalidación, conservación y conversión de los actos

administrativos.

11. Revisión de oficio por causa de nulidad y anulabilidad:

Casos en que es procedente ; tramitación. La revocación. Los

errores materiales o de hecho.

12. El procedimiento administrativo: Concepto y naturaleza.

La Ley del régimen jurídico de las administraciones públicas y

del procedimiento administrativo común: Ámbito de aplicación.

Principios informadores. Abstención y recusación.

13. Los interesados en el procedimiento administrativo.

Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones

Públicas. Términos y plazos. Los informes en el procedimiento

administrativo.

14. Iniciación, ordenación e instrucción del procedimiento:

La prueba. Participación de los interesados. Formas de

terminación del procedimiento.

15. Los recursos administrativos: Concepto y clases.

Requisitos generales. Materia recurrible, legitimación y órgano

competente. Recursos de alzada, reposición y extraordinario de

revisión. Reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial.

16. La jurisdicción contencioso-administrativa: Caracteres

generales. Ámbito material de la jurisdicción contenciosa.

Órganos. Las partes: Legitimación para recurrir. Objeto del proceso:

Actos impugnables. Acumulación y cuantía del recurso.

17. El procedimiento contencioso-administrativo en primera

o única instancia. Interposición y admisión del recurso.

Emplazamientos. Demanda y contestación. Alegaciones previas. Prueba.

Vista y conclusiones. Sentencia. Otros modos de terminación del

procedimiento.

18. Recursos contra providencias y autos. Recurso de

apelación. El recurso de casación. Recurso de revisión. Ejecución de

sentencias, suspensión e inejecución.

19. El procedimiento abreviado. Procedimientos especiales,

en particular el procedimiento de protección de los derechos

fundamentales de la persona. Medidas cautelares.

20. Los contratos administrativos: Naturaleza, caracteres y

clases. Elementos: Sujetos, objeto, causa y forma. Formas de

adjudicación de los contratos.

21. Contenido y efectos de los contratos administrativos:

prerrogativas de la Administración y equilibrio financiero.

Cumplimiento de los contratos administrativos. Riesgo y ventura y

fuerza mayor en la contratación administrativa. Revisión de precios.

Resolución, rescisión y renuncia.

22. Régimen jurídico del contrato de obras. Régimen de los

contratos de gestión de servicios públicos y de suministros. Los

contratos de asistencia con empresas consultoras o de servicios.

23. La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria.

Naturaleza y justificación. Sujetos, objeto y causa. Contenido. El

procedimiento expropiatorio en general. Garantías jurisdiccionales.

24. La responsabilidad patrimonial de la Administración.

Características de la institución en el sistema español. Lesión

determinante, sujetos imputables y causas de imputación. La

extensión de la reparación. La acción de responsabilidad.

25. La actividad administrativa: La clasificación tradicional

de las formas de acción administrativa. El fomento:

Manifestaciones más importantes de la acción administrativa de fomento.

26. La actividad administrativa de policía en el estado de

derecho. Los poderes de policía en las distintas administraciones

públicas. Manifestaciones más importantes de la acción de policía. La

actividad administrativa de servicio público. Teoría general.

Formas de gestión de los servicios públicos.

27. La potestad sancionadora de la Administración.

Procedimiento sancionador. Sanciones administrativas.

28. Las propiedades administrativas en general. Clases. Los

bienes patrimoniales de la Administración. El dominio público:

Concepto, naturaleza jurídica y elementos. Régimen jurídico del

dominio público.

29. Organización administrativa. El órgano administrativo:

Concepto y naturaleza. Clases de órganos ; en especial los

colegiados. La competencia. Las relaciones interorgánicas.

Desconcentración. Delegación y avocación.

Derecho Civil

1. Las fuentes del derecho. Su enumeración y jerarquía. La

ley. La costumbre. Los principios generales del derecho. La

jurisprudencia. Otras fuentes del derecho. La constitución como fuente

del derecho.

2. Las normas jurídicas: naturaleza, caracteres, estructura y

clasificación. La interpretación y la integración de las normas.

La eficacia y efectos de las normas jurídicas.

3. Aplicación de las leyes en el tiempo. Aplicación de las

leyes en el espacio.

4. La relación jurídica. Los derechos subjetivos. Extensión

y límites del ejercicio de los derechos.

5. La persona y la personalidad. Nacimiento de la persona:

Protección jurídica de lo concebido. Muerte de la persona:

Premoriencia y conmoriencia. Capacidad de las personas: Clases.

6. Las circunstancias modificativas de la capacidad. La

incapacitación.

7. La persona jurídica: Concepto y clases. Asociaciones y

fundaciones: Régimen jurídico.

Universidades

1. Las universidades: Naturaleza jurídica, creación y

reconocimiento. La autonomía universitaria.

2. Reparto de competencias entre el Estado y las

Comunidades Autónomas en materia de enseñanza. La Ley Orgánica de

Universidades. La Ley de ordenación del sistema universitario de

Galicia.

3. Los Estatutos de las universidades: Elaboración y

aprobación. Naturaleza jurídica. Contenido de la potestad estatutaria.

Los Estatutos de la Universidad de Vigo.

4. Órganos de coordinación universitaria. La Agencia

Nacional para la Evaluación de la Calidad y Acreditación. El sistema

español de investigación científica y desarrollo tecnológico. Los

organismos públicos de investigación: El Consejo Superior de

Investigaciones Científicas.

5. La investigación en la Universidad. Las patentes

universitarias. Contratos según el artículo 83 de la Ley Orgánica de

Universidades.

6. Creación por las Universidades de fundaciones y otras

personas jurídicas. Los convenios en el ámbito universitario.

7. Estructura de la Universidad. Departamentos. Centros.

8. Órganos universitarios. Exámenes de los principales

órganos unipersonales de gobierno. Órganos unipersonales de

gobierno de los centros y departamentos.

9. Órganos colegiados de gobierno y representación. Régimen

jurídico de los órganos colegiados universitarios.

10. El personal docente e investigador. Clases y régimen

jurídico. Examen de la libertad de cátedra.

11. El profesorado de los cuerpos docentes universitarios.

Habilitación nacional. Los concursos de acceso. Las Comisiones

de Valoración. La Comisión de Reclamaciones.

12. La contratación laboral de personal docente por las

Universidades. Figuras de personal docente contratado.

13. Diversos aspectos del estatuto docente: Derechos y

deberes, excedencias, incompatibilidades.

14. Retribuciones del personal docente. Control y evaluación

de la calidad docente. Régimen de dedicación.

15. El personal de administración y servicios de la

Universidad. La conciliación de las distintas legislaciones y normas

aplicables. Delimitación de competencias en relación con el régimen

de función pública aplicable al mismo.

16. Régimen jurídico del alumnado (I): Acceso y permanencia.

Estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios.

17. Régimen jurídico del alumnado (II): Los estudios de tercer

ciclo. Obtención, expedición y homologación de títulos

universitarios.

18. Derechos y deberes de los alumnos. Régimen

disciplinario. El seguro escolar.

19. La financiación de las Universidades. Régimen económico

y financiero de la Universidad de Vigo.

20. Los recursos y las reclamaciones en el ámbito

universitario. Especialidades en materia de calificaciones académicas

y procedimientos de selección de personal.

Derecho laboral

1. El derecho del trabajo: Especialidad y caracteres. Notas

configuradoras del trabajo como objeto del derecho del trabajo.

Formación y desarrollo del derecho del trabajo.

2. Las fuentes de derecho del trabajo. Caracterización general.

3. Los convenios colectivos. El contrato de trabajo. Concepto.

Naturaleza. Sujetos. Forma. Contenido y régimen jurídico.

4. Modalidades del contrato de trabajo. El trabajo directivo.

Contratos formativos: Contrato de trabajo en prácticas y contrato

de trabajo de aprendizaje. Contrato de trabajo a tiempo parcial

y de relevo.

5. Condiciones de trabajo: Jornadas, descanso y régimen

retributivo. Régimen de representación de personal.

6. Organización del trabajo. Movilidad. La suspensión del

contrato de trabajo.

7. La extinción del contrato de trabajo. Examen de las causas

de extinción.

8. Régimen disciplinario laboral. Jurisdicción social y

administración laboral.

9. La Seguridad Social. Régimen general y regímenes

especiales. Afiliación y cotización.

10. La Seguridad Social. Acción protectora: Contingencias

y prestaciones.

Derecho financiero

1. El presupuesto: concepto y justificación. Principios

presupuestarios. Concepto clásico y evolución de las fuentes del

presupuesto. Crisis del presupuesto clásico y nuevas técnicas

presupuestarias.

2. La Ley general presupuestaria: Características y estructura.

La Ley anual de presupuestos generales del Estado. Estructura

de presupuesto de ingresos del Estado y de sus organismos

autónomos. Estructura del presupuesto de gastos del Estado y de sus

organismos autónomos.

3. Elaboración de la Ley anual de presupuestos: Situación

actual. Problemas presentados y posibles líneas de reforma.

Tramitación parlamentaria.

4. Modificaciones presupuestarias: Créditos extraordinarios

y suplementos de crédito. Transferencias. Otras modificaciones

presupuestarias. Ejecución del presupuesto.

5. Liquidación del presupuesto y rendición de cuentas. El

control de gasto público: El control previo y el control posterior. Tipos

de controles: Financiero, de eficacia y de eficiencia. El Tribunal

de Cuentas.

6. Los principios constitucionales en materia tributaria. Los

tributos: Concepto, naturaleza y clases.

ANEXO III

Trubunal titular:

Presidente: Don Antón Vidal Andión, Jefe del Servicio de la

Asesoría Jurídica de la Universidad de Vigo.

Vocales: Don Manuel Castro Oliva, Jefe del Servicio de Apoyo

a la Investigación y Desarrollo de la Universidad de Vigo.

Dos representantes de la Junta de personal funcionario de

administración y servicios.

Secretario: Don Jesús Graña Nogueiras, Jefe del Servicio de

Control Interno de la Universidad de Vigo.

Tribunal suplente:

Presidenta: Doña Ángeles Hermida Paredes, Jefa del Servicio

de Patrimonio de la Universidad de Vigo.

Vocales: Doña Dolores Ojea Troncoso, Jefa del Servicio de

Contabilidad de la Universidad de Vigo.

Dos representantes de la Junta de personal funcionario de

administración e servicios.

Secretario: Don Antonio Rotea Villanueva, Jefe del Servicio

de Gestión de Personal de la Universidad de Vigo.

ANEXO IV (ver imagen página 28966).

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