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Documento BOE-A-2004-15163

Orden TAS/2795/2004, de 29 de julio, por la que se declara en situación de expectativa de destino a los aspirantes que han superado la fase de selección del proceso extraordinario de consolidación de empleo de personal estatutario, para la selección y provisión de plazas de Fisioterapeuta, en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social dependientes del Instituto Social de la Marina.

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 17 de agosto de 2004, páginas 29256 a 29256 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2004-15163

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la base undécima de

la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 11 de

diciembre de 2001, por la que se convoca proceso extraordinario

de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas

de Fisioterepeuta en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad

Social dependientes del Instituto Social de la Marina, una vez

comprobado el cumplimiento de los requisitos de los aspirantes

que han superado la fase de selección, se declara en situación

de expectativa de destino a los aspirantes que han superado esta

fase y que figuran como Anexo a esta Orden.

De acuerdo con la Base décima de la Orden de convocatoria

mencionada, los aspirantes que superaron la fase de selección

dispusieron de un plazo de veinte días naturales, a contar desde

el siguiente a la publicación del listado definitivo de las

calificaciones finales, para presentar la documentación exigida por la

Base tercera de la convocatoria.

Finalizado dicho plazo y realizados los trámites oportunos,

doña Ana María Vadillo Cortazar, con documento nacional de

identidad número 20.255.908, no ha aportado la titulación

requerida, por lo que se la declara decaída en su derecho a ser nombrada

en expectativa de destino así como a ser nombrada personal

estatutario en la categoría de Fisioterapeuta.

Se entiende por expectativa de destino, según lo previsto en

la mencionada base undécima, la situación en que se encuentran

los aspirantes que han superado el concurso-oposición, hasta que

obtengan, en su caso, un destino definitivo como consecuencia

de su participación en la posterior fase de provisión.

La situación de personal estatutario en expectativa de destino

no otorga derechos económicos ni derechos al desempeño de una

plaza como personal estatutario en las Instituciones Sanitarias

de la Seguridad Social del Instituto Social de la Marina, hasta

que no se hubiera obtenido plaza definitiva como estatutario fijo

mediante la participación y obtención de la misma en la fase de

provisión.

El personal con nombramiento estatutario fijo en las

Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social del Instituto Social de

la Marina, que haya obtenido la situación de expectativa de destino

en la misma o en otra categoría distinta, seguirá desempeñando

provisionalmente la plaza que esté ocupando hasta la obtención

definitiva de la nueva por medio de la fase de provisión.

El personal que haya superado la fase de selección, accediendo

a la situación de expectativa de destino, y tuviera anteriormente

la condición de estatutario temporal, encontrándose ocupando una

plaza en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social,

continuará ocupando esa plaza en las condiciones previstas en la

misma, sin perjuicio de que, en su caso, pudiera obtener otra

definitiva como resultado de su participación en la fase de

provisión.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse, alternativamente, recurso potestativo de

reposición ante este Departamento Ministerial, dentro del plazo de

un mes contado desde el siguiente día al de la publicación de

esta Orden, o bien interponer directamente recurso

contenciosoadministrativo ante la Sala correspondiente de la Audiencia

Nacional, dentro del plazo de dos meses a contar desde el día siguiente

al de la publicación de la presente Orden, a tenor de lo previsto

en el artículo 11 de la Ley 29/1998, de 13 de julio ("Boletín

Oficial del Estado" del 14), reguladora de la Jurisdicción

Contencioso Administrativa.

Madrid, 29 de julio de 2004.-El Ministro, P.D. (Orden de 4

de diciembre de 2001, B.O.E. del 10, y Disposición Adicional

Sexta del R.D. 1600/2004, del 2 de julio, B.O.E. del 3), la

Subsecretaria, Aurora Domínguez González.

ANEXO

Documento nacional de identidad: 10.854.108. Apellidos y

nombre: Martínez Álvarez, Delfina.

Documento nacional de identidad: 31.868.754. Apellidos y

nombre: Silva Chacón, Estefanía.

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