Advertido error en la Resolución de la Secretaría General para
la Administración Pública de 30 de junio de 2004 (Boletín Oficial
del Estado del día 20 de julio), por la que se nombran funcionarios
de carrera del Cuerpo Técnico de Gestión Catastral, por el sistema
previsto en el artículo 49.Dos.7 de la Ley 24/2001, de 27 de
diciembre, se formula la oportuna rectificación:
El apartado Segundo de la citada Resolución quedará redactado
como sigue:
Segundo.-De conformidad con lo establecido en el apartado
segundo de la Orden HAC/987/2003, de 9 de abril, por la que
se convoca el proceso selectivo, los funcionarios del Cuerpo
Técnico de Hacienda y Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad
que, tras la superación del correspondiente curso selectivo y como
resultado de este proceso de integración, sean nombrados
funcionarios de carrera del Cuerpo Técnico de Gestión Catastral no
modificarán su situación administrativa en el Cuerpo de
procedencia y quedarán en la de excedencia voluntaria por prestación
de servicios en el sector público en el Cuerpo Técnico de Gestión
Catastral.
Lo que comunico a VV.II.
Madrid, 27 de julio de 2004.-El Secretario General, Francisco
Javier Velázquez López.
Ilma. Sra. Subsecretaria del Ministerio de Economía y Hacienda
e Ilma. Sra. Directora General de la Función Pública.
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