De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de
la Función Pública, modificado en su redacción por la
Ley 23/1988, de 28 de julio, y en el artículo 52 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración del Estado (B.O.E. de 10 de abril de 1995),
Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el
procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se
relacionan en el Anexo I de la presente Orden, con arreglo a las
siguientes bases:
Primera.-Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser
solicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos
establecidos para el desempeño de los mismos en la relación de puestos
de trabajo aprobada por la Comisión Ejecutiva de la Comisión
Interministerial de Retribuciones.
Segunda.-Los interesados dirigirán sus solicitudes,
independientes para cada uno de los puestos de trabajo a los que deseen
optar, a la Subsecretaría del Departamento (Subdirección General
de Personal e Inspección), C/ Amador de los Ríos, 7,
28010-Madrid, en el modelo de instancia publicado como Anexo II de la
presente Orden.
Tercera.-El plazo de presentación de solicitudes será de quince
días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que
tenga lugar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial
del Estado.
Cuarta.-Los aspirantes acompañarán a la solicitud el
"currículum vitae", en el que figuren títulos académicos, años de servicio,
puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios
y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se
considere oportuno.
Quinta.-Contra esta Orden, que pone fin a la vía
administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo
ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, con
arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de
su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter
previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un
mes ante el mismo órgano que lo dictó.
Madrid, 24 de agosto de 2004.-El Ministro, P.D. (Orden
INT/2992/2002, de 21 de noviembre, B.O.E. del 28-11-02), la
Subsecretaria, Soledad López Fernández.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Personal e Inspección.
ANEXO I
Ministerio del Interior
Número de orden: 1. Centro directivo: Subsecretaría del
Interior. Gabinete Técnico de la Subsecretaría. Puesto de trabajo:
Director del Gabinete Técnico. Número de plazas: 1. Nivel: 30.
Complemento específico: 23.026,32 euros. Localidad: Madrid.
Administración: AE. Grupo, según artículo 25 de la Ley 30/1984: A.
Número de orden: 2. Centro directivo: Subsecretaría del
Interior. Gabinete Técnico de la Subsecretaría. Puesto de trabajo:
Vocal asesor. Número de plazas: 1. Nivel: 30. Complemento
específico: 16.876,56 euros. Localidad: Madrid. Administración: AE.
Grupo, según artículo 25 de la Ley 30/1984: A.
Número de orden: 3. Centro directivo: Subsecretaría del
Interior. Gabinete Técnico de la Subsecretaría. Puesto de trabajo:
Vocal asesor económico. Número de plazas: 1. Nivel: 30.
Complemento específico: 16.876,56 euros. Localidad: Madrid.
Administración: AE. Grupo, según artículo 25 de la Ley 30/1984: A.
Número de orden: 4. Centro directivo: Subsecretaría del
Interior. Secretaría de la Subsecretaria. Puesto de trabajo: Jefe adjunto
de Secretaría. Número de plazas: 1. Nivel: 18. Complemento
específico: 4.346,76 euros. Localidad: Madrid. Administración: AE. Grupo,
según artículo 25 de la Ley 30/1984: CD.
Número de orden: 5. Centro directivo: Subsecretaría del
Interior. Oficialía Mayor. Puesto de trabajo: Subdirector general.
Número de plazas: 1. Nivel: 30. Complemento específico:
21.349,44 euros. Localidad: Madrid. Administración: AE. Grupo,
según artículo 25 de la Ley 30/1984: A.
Número de orden: 6. Centro directivo: Subsecretaría del
Interior. Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
Subdirección General de Planificación, Operaciones y Emergencias.
Puesto de trabajo: Subdirección General. Número de plazas: 1.
Nivel: 30. Complemento específico: 21.349,44 euros. Localidad:
Madrid. Administración: AE. Grupo, según artículo 25 de la
Ley 30/1984: A.
Número de orden: 7. Centro directivo: Subsecretaría del
Interior. Dirección General de Protección Civil y Emergencias. Unidad
de Apoyo. Puesto de trabajo: Director Escuela Nacional Protección
Civil. Número de plazas: 1. Nivel: 29. Complemento
específico: 16.876,56 euros. Localidad: Rivas-Vaciamadrid. Administración:
A6 (Adscripción indistinta a funcionarios incluidos en la Ley
30/1984, de 2 de agosto, y a Miembros de Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad del Estado). Grupo, según artículo 25 de la Ley
30/1984: A. Observaciones: FC1 (Cuando el puesto lo ocupe
personal de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado,
percibirá el complemento de destino y el complemento específico
del puesto de trabajo desempeñado, no percibiéndose el
componente general del complemento específico establecido para las
Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado).
Número de orden: 8. Centro directivo: Subsecretaría del
Interior. Oficina Presupuestaria. Puesto de trabajo: Coordinador de
Área. Número de plazas: 1. Nivel: 29. Complemento específico:
16.876,56 euros. Localidad: Madrid. Administración: AE. Grupo,
según artículo 25 de la Ley 30/1984: A.
Número de orden: 9. Centro directivo: Subsecretaría del
Interior. Dirección General de Política Interior.- Unidad de Apoyo.
Puesto de trabajo: Consejero Técnico. Número de plazas: 1.
Nivel: 28. Complemento específico: 11.565,60 euros. Localidad:
Madrid. Administración: A6 (adscripción indistinta a funcionarios
incluidos en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y a Miembros de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado). Grupo, según
artículo 25 de la Ley 30/1984: A. Observaciones: FC1 (Cuando el puesto
lo ocupe personal de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del
Estado, percibirá el complemento de destino y el complemento
específico del puesto de trabajo desempeñado, no percibiéndose
el componente general del complemento específico establecido
para las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado).
ANEXO II (Ver imagen página 30352)
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid