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Documento BOE-A-2004-15952

Resolución de 3 de septiembre de 2004, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se convocan pruebas selectivas, por el sistema de concurso-oposición, para cubrir plazas vacantes en diversas categorías de personal laboral fijo del Tribunal de Cuentas.

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 10 de septiembre de 2004, páginas 31015 a 31017 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Tribunal de Cuentas
Referencia:
BOE-A-2004-15952

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de esta

Presidencia de 27 de mayo de 2004, por la que se hace público el

acuerdo del Pleno de este Tribunal aprobando la Oferta de Empleo

Público para el presente año, de conformidad con lo dispuesto en

los artículos 28 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de

marzo, con el fin de atender la necesidad de personal laboral fijo

del Tribunal de Cuentas y previo acuerdo de la Comisión de Gobierno,

de conformidad con lo dispuesto en el art. 6.c) de la Ley 7/1988,

de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, esta

Presidencia, en uso de las competencias que le están atribuidas en el

artículo 2.1.b) de la citada Ley, ha resuelto:

Primero.-Convocar pruebas selectivas, por el sistema de

concurso-oposición, para cubrir las siguientes plazas vacantes de

personal laboral fijo del Tribunal de Cuentas, en las categorías y por

los turnos que se indican:

Una plaza de Jefe de Equipo, por el turno de promoción interna.

Una plaza de Oficial de Segunda de Archivo, por el turno de

promoción interna.

Tres plazas de Oficial de Segunda de Oficios Diversos, una

por el turno libre y dos por el turno de promoción interna.

Dos plazas de Subalterno, por el turno libre.

Segundo.-Las bases por las que se regirá esta convocatoria

se hallan expuestas en los tablones de anuncios del Tribunal de

Cuentas, en sus sedes de las calles Fuencarral n.o 81 y Padre

Damián n.o 19, de Madrid.

Tercero.-Quienes deseen tomar parte en las presentes pruebas

selectivas deberán hacerlo mediante solicitud que se ajustará al

modelo que figura anexo a esta convocatoria, encontrándose a

disposición de los interesados en el Registro General del Tribunal

de Cuentas. Dicha solicitud se dirigirá al Excmo. Sr. Presidente

del Tribunal de Cuentas y se presentará en cualquiera de las

oficinas del Registro General del Organismo (calles Fuencarral, n.o 81

y Padre Damián, n.o 19, de Madrid), en el plazo de veinte días

naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de

esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, sin perjuicio de

lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, según la redacción dada al mismo en la Ley 4/1999, de 13

de enero.

Cuarto.-La tasa por derechos de examen será:

a) Para Jefe de Equipo, 12,76 euros.

b) Para Oficial de Segunda de Archivo y para Oficial de

Segunda de Oficios Diversos, 9,57 euros.

c) Para Subalterno, 7,65 euros.

Los participantes por el turno de promoción interna abonarán

el cincuenta por ciento de dicha tasa, hallándose exentos de pago

los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 %.

Igualmente y de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de

la Ley 50/1998, estarán exentos del pago de la tasa quienes figuren

como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un

mes anterior a la fecha de la convocatoria, siempre que en dicho

plazo no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se

hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones

de promoción, formación o reconversión profesional y que,

asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al

salario mínimo interprofesional. La certificación relativa a la

condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos en

la Ley, se solicitará en la correspondiente Oficina del Instituto

Nacional de Empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas,

se efectuará mediante una declaración jurada o promesa escrita

del solicitante. Ambos documentos se deberán acompañar a la

solicitud.

El pago se efectuará en la Habilitación del Tribunal de Cuentas,

bien personalmente o mediante giro postal o telegráfico,

haciéndose constar en la solicitud el número de recibo y la fecha de

ingreso.

Quinto.-En el plazo máximo de un mes, contado a partir de

la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes,

la Secretaría General del Tribunal de Cuentas, por delegación de

esta Presidencia, dictará Resolución, que se hará pública en el

Boletín Oficial del Estado, aprobando las listas de aspirantes

admitidos y excluidos, que se expondrán al público en los

tablones de anuncios de las sedes del Tribunal de Cuentas

(Fuencarral, n.o 81 y Padre Damián, n.o 19, de Madrid) y determinando

la fecha, lugar y hora de comienzo de los ejercicios.

En las citadas listas constarán, en todo caso, los apellidos,

nombre y número del documento nacional de identidad de los

aspirantes, así como las causas de exclusión, si las hubiere.

Contra la presente convocatoria y sus bases, así como respecto

de cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de las

actuaciones de la Comisión de Selección, podrá interponerse recurso

de alzada, en el plazo de un mes, ante el Pleno del Tribunal de

Cuentas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.j) y

la Disposición Adicional Primera, 1 y 4 de la Ley de

Funcionamiento de Tribunal de Cuentas, en relación con los artículos 114

y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según la redacción

dada a los mismos por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 3 de septiembre de 2004.-El Presidente, Ubaldo Nieto

de Alba.

Ilmo. Sr. Secretario general del Tribunal de Cuentas.

SIGUE ANEXO (Ver imagen página 31017)

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