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Documento BOE-A-2004-16084

Resolución de 26 de agosto de 2004, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se adjudica una subvención para el fomento de la movilidad de estudiantes de universidades españolas en el marco de proyectos que hayan obtenido financiación del programa Leonardo da Vinci II de la Unión Europea en la convocatoria de 2004 (Proyecto FARO).

Publicado en:
«BOE» núm. 222, de 14 de septiembre de 2004, páginas 31145 a 31145 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2004-16084

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 7 de julio de 2004, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación (BOE de 20 de julio), se hizo pública la convocatoria de una subvención para el fomento de la movilidad de estudiantes de universidades españolas en el marco de proyectos que hayan obtenido financiación del Programa Leonardo da Vinci II de la Unión Europea en la convocatoria de 2004 (Proyecto FARO).

De conformidad con la propuesta efectuada por la Comisión de Selección, a la que se refiere el apartado 6 de la Resolución de convocatoria, he resuelto:

Primero.

Conceder la subvención a la Fundación General de la Universidad de Valladolid, CIF G-47382056, entidad beneficiaria del proyecto financiado por la convocatoria 2004 del Programa Leonardo da Vinci II de la Unión Europea titulado «Becas de capacitación profesional de estudiantes universitarios en Europa-Becas IBER», para la realización del Proyecto FARO.

Segundo.

La cuantía de la subvención es de 1.615.000 €, distribuidos en dos anualidades de 60 por cien la primera de ellas (969.000,00 € del presupuesto 2004) y 40 por cien la segunda (646.000,00 € del presupuesto 2005), con cargo al crédito 18.07.541A.781 del Presupuesto de gasto del Ministerio de Educación y Ciencia.

Tercero.

La vigencia del proyecto será de dos años contados a partir de la fecha de la presente Resolución.

Cuarto.

El beneficiario está obligado a cumplir el programa y actuaciones contenidos en el proyecto presentado y demás normas que sobre justificación y seguimiento se mencionan en la Resolución de convocatoria.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición, en el supuesto de haberse presentado, sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 26 de agosto de 2004.‒El Secretario de Estado, P. D. (Orden ECI/1217/2004, de 3 de mayo, BOE de 6 de mayo), la Directora General de Universidades, Carmen Ruiz-Rivas Hernando.

Ilma. Sra. Subdirectora General de Estudios, Análisis y Evaluación.

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