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Documento BOE-A-2004-16371

Resolución de 2 de agosto de 2004, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se modifican becas de la Convocatoria General de "Becas MAE-AECI", para el Programa IIA.

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 20 de septiembre de 2004, páginas 31532 a 31532 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2004-16371

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional de fecha 26 de mayo de 2004 (BOE 18-6-04) se concedieron las becas de la Convocatoria General de Becas MAE-AECI para ciudadanos extranjeros y españoles para verano 2004 y curso 2004-2005 (Resolución de fecha 25 de julio de 2003, BOE 28-08-03). Habiéndose producido circunstancias que aconsejan determinadas modificaciones, a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto, esta Presidencia de la AECI ha resuelto:

Primero.

Modificar con cargo al concepto presupuestario 134A 481.00 la modalidad de concesión de beca de 500,00 euros mensuales y alojamiento en Madrid con pensión completa en una de las dos residencias universitarias de la Fundación de Colegios Mayores MAE-AECI (C.M. Ntra. Sra, de África y C.M. Ntra. Sra, de Guadalupe por importe de 770,00 A mensuales), por la adjudicación de beca de 1.000,00 euros mensuales, al beneficiario que se detalla a continuación:

Apellidos y nombre: Kienzle, Benjamín. País: Alemania. Programa: II A.

Apellidos y nombre: Gadd, Ben. País: Reino Unido. Programa: II A.

La dotación económica de estas becas, de acuerdo con las bases de la citada convocatoria, consiste en:

1.000,00 euros mensuales.

Seguro médico, no farmacéutico, durante el período de vigencia de la beca, por un importe de 17,00 euros por mes.

Una ayuda individual de matrícula de hasta 1.200 euros y una ayuda de viaje según la procedencia del beneficiario.

Esta modificación no supone incremento económico en el expediente de gasto aprobado con anterioridad.

Segundo.

Ordenar la publicación en el BOE de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la citada Orden Ministerial de 26 de marzo de 1992 y Resolución de 25 de julio de 2003.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestivamente podrá interponer contra dicha Resolución, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el órgano que dicta la resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14). Todo ello, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Madrid, 2 de agosto de 2004.–La Presidenta, P.D. de firma (Resolución de 30 de julio de 2004), el Director General de Cooperación con África, Asia y Europa Oriental, Ricardo Martínez Vázquez.

Imo. Sr. Director de Relaciones Culturales y Científicas.

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