Por Orden SCO/1764/2003, de 16 de junio (Boletín Oficial
del Estado del 30 de junio) se convocaron pruebas selectivas para
ingreso en la Escala Técnica de Gestión de Organismos
Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.
Concluidas las pruebas selectivas, por Resolución del Ministerio
de Sanidad y Consumo de 12 de abril de 2004, se procedió al
nombramiento como funcionarios en prácticas en la Escala Técnica
de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y
Consumo, de los aspirantes que superaron el correspondiente
proceso selectivo. Una vez finalizado el curso selectivo previsto en
la base 1.2 de la convocatoria de ingreso, procede el
nombramiento de funcionarios de carrera en la citada Escala.
Esta Secretaría General para la Administración Pública, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE del 10 de abril), por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración general del Estado y el artículo 6.3
del Real Decreto 2169/84, de 28 de noviembre, de atribución
de competencias en materia de personal, en relación con lo
establecido en el artículo 12.1.c) del Real Decreto 562/2004, de 19
de abril (Boletín Oficial del Estado del 20), por el que se aprueba
la estructura orgánica básica de los departamento ministeriales,
a propuesta de la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad y
Consumo, resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera de la Escala Técnica
de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y
Consumo, a los aspirantes aprobados que se relacionan en el
Anexo de esta Resolución, ordenados de acuerdo con la
puntuación final obtenida, con expresión de los destinos que se les
adjudican.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de
carrera, deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con
lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril y tomar
posesión de sus destinos en el plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el
Boletín Oficial del Estado.
Tercero.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante esta Secretaría General en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con
lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o ante
la Sala del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción
tengan los interesados sus domicilios, a su elección, en el plazo
de dos meses, a contar, asimismo, desde el día siguiente al de
su publicación, con arreglo a lo dispuesto en los artículo 10.1.i)
y 14.1 regla segunda de la Ley Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998.
Lo que comunico a VV.II.
Madrid, de 14 septiembre de 2004.-El Secretario General,
Francisco Javier Velázquez López.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Sanidad y Consumo e
Ilma. Sra. Directora General de la Función Pública.
ANEXO (ver imagen página 32107).
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