Visto el expediente de indulto de doña Alina Pardo Fernández, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Audiencia Provincial, Sección número 17, de Madrid, en sentencia de fecha 16 de enero de 1992, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión y multa de 1.000.000 de pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1990, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de septiembre de 2004,
Vengo en conmutar a doña Alina Pardo Fernández la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 17 de septiembre de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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