De conformidad con lo establecido en los artículos 9,
apartado 1.a) y 10, apartado 1, del Real Decreto 2378/1985, de 18
de diciembre, por el que se regula el Consejo Escolar del Estado,
formarán parte del mismo un número determinado de Consejeros,
representantes de la enseñanza pública, nombrados por la Ministra
de Educación y Ciencia, a propuesta de sus centrales y
asociaciones sindicales más representativas.
Según dispone el artículo 12, apartado 1.d), del referido Real
Decreto, los Consejeros perderán su condición de miembros del
Consejo por revocación del mandato conferido por las
organizaciones respectivas que los designaron.
De acuerdo con lo establecido en las normas indicadas, a
propuesta de la Federación de Trabajadores de la Enseñanza
de CC.OO., he dispuesto:
Primero.-El cese de don Fernando Lezcano López como
Consejero titular del Consejo Escolar del Estado, por el grupo de
profesores de la enseñanza pública.
Segundo.-El nombramiento de don José Campos Trujillo como
Consejero titular del Consejo Escolar del Estado, por el mismo
grupo de profesores de la enseñanza pública, de forma correlativa
al cese reseñado en el apartado anterior.
Tercero.-El mandato del Consejero nombrado por la presente
Orden finalizará en la fecha de renovación bienal, en la que habría
de cesar el Consejero, en cuyo lugar se le nombra, según lo previsto
en los artículos 10.2 y 13 del Real Decreto 2378/1985, de 18
de diciembre.
Madrid, 8 de septiembre de 2004.
SAN SEGUNDO GÓMEZ DE CADIÑANOS
Ilma. Sra. Presidenta del Consejo Escolar del Estado.
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