De conformidad con lo establecido en la Orden
JUS/3356/2003, de 21 de noviembre, por la que, en
cumplimiento de la sentencia recaída en el recurso
contencioso-administrativo n.o 103/2003, se nombra funcionaria del Cuerpo de
Oficiales de la Admon. de Justicia a D.a Carmen Roca Fernández;
y con lo establecido en los artículos 454, 455, y 494.2 de la
Ley Orgánica del Poder Judicial, así como con el art. 23 del
Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes
de la Admon. de Justicia, aprobado por Real Decreto 249/96,
de 16 de febrero, este Ministerio de Justicia ha resuelto adjudicar
destino a dicha funcionaria del Cuerpo de Oficiales de la Admon.
de Justicia (turno promoción interna) en el Juzgado de Paz
(Agrupación Secretaría) de Navahermosa (Toledo), teniendo en cuenta
lo siguiente:
Primero.-Dicha Oficial de la Administración de Justicia deberá
tomar posesión de su cargo dentro del plazo de veinte días
naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden
en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido
en el art. 24 del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero.
Segundo.-El funcionario interino que actualmente ocupe la
plaza que ha sido adjudicada a la aludida Oficial, cesará el mismo
día en que se produzca la toma de posesión del titular.
Tercero.-En cumplimiento de la legislación sobre
incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública
(Ley 53/1974, de 2 de diciembre), aplicable al personal al servicio
de la Administración de Justicia, en virtud del artículo 489 de
la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985 de 1 de julio; artículo
único de la Ley Orgánica 1/1985, de 18 de enero y artículos
79 y concordantes del vigente Reglamento Orgánico (Real Decreto
249/1996, de 16 de febrero), si D.a Carmen Roca Fernández
ostenta ya la condición de funcionaria pública deberá manifestar opción
en el acta de toma de posesión.
Cuarto.-La Oficial de la Administración de Justicia a la que
se otorga destino en virtud de esta Orden, no obstante haber sido
destinada con carácter forzoso por el orden de calificación según
sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados
hasta que transcurra un año desde que fue destinada, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 495.2 de la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio del Poder Judicial.
Quinto.-Las plazas ofrecidas a dicha aspirante mediante
resolución de 15 de diciembre de 2003, no adjudicadas en la presente
Orden, mantienen su condición de desiertas, por lo que se
ofertarán a los aspirantes que superen las pruebas selectivas
convocadas mediante Orden JUS/1424/2003, de 27 de mayo.
Contra la presente Orden podrán los interesados interponer
recurso potestativo de reposición ante este Ministerio en el plazo
de un mes, o contencioso-administrativo ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín
Oficial del Estado.
Lo que comunico a V.I para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 14 de enero de 2004.-El Ministro, P. D. (Orden
JUS/1825/2003, de 26 de junio), el Director General de
Relaciones con la Administración de Justicia, Carlos Lesmes Serrano.
Ilma. Sra. Subdirectora General de Medios Personales al Servicio
de la Administración de Justicia.
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