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Documento BOE-A-2004-17671

Resolución de 23 de septiembre de 2004, de la Dirección de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado, por la que se dispone la publicación del resumen de la cuenta anual del Organismo, correspondiente al ejercicio de 2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 14 de octubre de 2004, páginas 34379 a 34384 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2004-17671

TEXTO ORIGINAL

Formulada la Cuenta Anual de este Organismo autónomo correspondiente al ejercicio de 2003, conforme a lo previsto en el artículo 12.k) de su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 2823/1998, de 23 de Diciembre, y aprobada la misma por el Consejo Rector de la Gerencia, en su reunión del 20 de Julio de 2004, esta Dirección,

Acuerda: la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del resumen de la Cuenta Anual de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado correspondiente al ejercicio 2003, conforme a lo dispuesto en el apartado 6 del Punto Primero de la Orden del Ministerio de Hacienda de 28 de Junio de 2000, por el que se regula la rendición de cuentas de los Organismos Públicos.

Madrid, 23 de septiembre de 2004.–El Director, Julio Martínez Meroño.

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MEMORIA CORRESPONDIENTE A LA CUENTA DE LIQUIDACIÓN DEL EJERCICIO 2.003 DE LA GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTO DE LA SEGURIDAD DEL ESTADO (G.I.E.S.E.)

D.1 Organización

La Gerencia de Infraestructuras Equipamiento de la Seguridad del Estado es un organismo autónomo de carácter temporal indefinido dependiente del Ministerio del Interior y adscrito a la Secretaría de Estado de Seguridad, que fue creado por la Ley 66/1.997, de 30 de Diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (B.O.E. de 31-12-1997), y modificado a su actual denominación, duración y funciones por la Ley 14/2000, de 29 de Diciembre, y está dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios.

Su efectiva constitución se produjo el 9 de Febrero de 1.999, al celebrarse la primera reunión de su Consejo Rector, según lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 2.823/1.998, de 23 de Diciembre (B.O.E. de 21-1-1999), por el que se aprueba su Estatuto.

D.1.1 Funciones de la G.I.S.E.

Se establecen en el artículo 53 de la citada Ley 14/2.000, y son:

1.ª Desarrollar las directrices del Ministerio del Interior en materia de patrimonio inmobiliario y condiciones urbanísticas del mismo, a efectos de la elaboración y realización de los Planes de Infraestructuras de la Seguridad del Estado y cumplir los cometidos que se le asignen en relación con los inmuebles afectado a los fines de la Seguridad.

2.ª Hacer propuestas referentes al planeamiento urbanístico, coordinar y desarrollar los planes de infraestructuras de la seguridad del Estado, así como llevar a cabo acuerdos de colaboración al efecto con las Corporaciones Locales y con las Comunidades Autónomas.

3.ª Colaborar con los Ayuntamientos en los planes de ordenación urbana que afecten a los inmuebles y acuartelamientos existentes. Esta colaboración, así como las propuestas a que se refiere el apartado anterior, deberán procurar la coordinación con el planeamiento para facilitar la ejecución de los planes de infraestructura.

4.ª Adquirir y construir, en su caso, bienes inmuebles para su afectación a los fines de la seguridad del Estado, conforme a los planes de infraestructura formulados, así como enajenarlos mediante venta o permuta, según los correspondientes planes, al objeto de obtener recursos para el cumplimiento de los fines del organismo.

5.ª La adquisición de infraestructura, armamento y material para su uso por las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado, de acuerdo con los planes y programas aprobados por la Secretaría de Estado de Seguridad y que ésta le encomiende, sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de la Policía y de la Dirección General de la Guardia Civil.

6.ª La enajenación onerosa de los bienes muebles que sean puestos a su disposición, al objeto de obtener recursos para el cumplimiento de los fines del organismo.

Estas funciones aparecen desarrolladas en el Estatuto de la G.I.S.E., cuyo artículo 4 establece que, son funciones de la Gerencia, para el desarrollo y cumplimiento de los planes de infraestructura de la seguridad el Estado, las siguientes:

a) Desarrollar las directrices del Ministerio del Interior en materia del patrimonio inmobiliario y condiciones urbanísticas del mismo.

b) Elaborar, ejecutar y realizar dichos planes de infraestructura.

c) Cumplir los cometidos que se le asignen en relación con los inmuebles afectados a los fines de la seguridad.

d) Adquirir a título oneroso o gratuito y construir, en su caso, bienes inmuebles.

e) Enajenar bienes inmuebles mediante venta o permuta, al objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines.

f) Hacer propuestas referentes al planeamiento urbanístico.

g) Celebrar acuerdos o convenios de colaboración con las Corporaciones Locales y las Comunidades Autónomas y cuantos organismos y entidades públicos o privados entienda necesario o conveniente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 74.4 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria.

H) Colaborar con la Corporaciones Locales en los planes de ordenación urbana que afecten a los inmuebles y acuartelamientos existentes.

Tras la entrada en vigor de la Ley 14/2000, y por imperativo de ésta, se ha procedido a la elaboración de un nuevo Estatuto, en el que se recojan las modificaciones legales del Organismo; nuevo Estatuto que se encuentra en fase avanzada de tramitación.

D.1.2 Estructura

La Ley 14/2000 configura a la G.I.E.S.E. con la siguiente estructura (art. 53.3):

1. Órganos Rectores:

1.1 El Consejo Rector. Es el órgano colegiado superior de dirección. Presidido por el Secretario de Estado de Seguridad, está integrado por un mínimo de seis Vocales. Son Vocales natos: el Director General de la Policía, el Director General de la Guardia Civil, el Director General de Infraestructuras y Material de la Seguridad, el Director General del Patrimonio del Estado, el Director General de Presupuestos, el Director General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo.

El resto de Vocales, hasta un máximo de doce, serán nombrados y cesados por el Ministro del Interior.

Según este mismo artículo, corresponde al Consejo Rector, además de la alta dirección y representación del Organismo, la aprobación de los planes de actuación, los de compra, venta y permuta de solares y bienes muebles e inmuebles y las competencias que se le asignen reglamentariamente. El artículo 7 del Estatuto vigente, regula las competencias del Consejo.

1.2 La Comisión Delegada: Creada por Acuerdo del Consejo Rector de fecha 28 de Mayo de 1.999, conforme a lo previsto en el artículo 10 del Estatuto, está presidida por el Director General de Infraestructuras y Material de la Seguridad, e integrada por los siguientes Vocales: el Director del Gabinete de la Secretario de Estado de Seguridad, El Subdirector General de Gestión y Recursos Humanos de la Dirección General de la Policía,, el Subdirector General de Apoyo de la Guardia Civil, el Subdirector General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo del Ministerio de Fomento. El Secretario de la Comisión Delegada es también el Secretario General de la G.I.S.E.

1.3 La Dirección de la Gerencia, que según el artículo 11 del Estatuto será asumida por el Director General de Infraestructuras y Material de la Seguridad, con las competencias que se contemplan en el artículo 12.

2. La Secretaría General.

Directamente dependiente de la Dirección de la Gerencia, conforme a lo establecido en el artículo 13 del Estatuto, con las funciones que determina el artículo 14:

a) Administrar el personal y el régimen interior de la G.I.S.E.

b) Realizar la gestión económico-administrativa y financiera.

c) Gestionar la adquisición de bienes muebles, con arreglo al texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2.000, de 16 de Junio.

d) Elaborar el anteproyecto de Presupuestos.

e) Tramitar los expedientes que tengan relación con adquisiciones, enajenaciones y permutas de inmuebles.

f) Elaborar las cuentas anuales de la G.I.S.E.

g) Desarrollar actuaciones y gestiones en materia patrimonial y urbanística referentes a los inmuebles encomendados ala G.I.S.E.

h) Contribuir con sus informes y actuaciones a la elaboración y realización de los planes de infraestructura de la Seguridad del Estado.

i) Realizar la identificación física y jurídica actualizada de los bienes inmuebles y gestionar la tasación de los mismos por los organismos especializados.

j) Elaborar los pliegos de condiciones para las adquisiciones, enajenaciones y demás operaciones referentes a inmuebles.

k) Formular propuestas de actuación de la G.I.S.E.

l) Elaborar y mantener actualizado el inventario de bienes y derechos de la G.I.S.E.

La Secretaría General, con rango de Subdirecicón General, está integrada por 5 Jefaturas de Área y 3 Jefaturas de Servicio.

D.1.3 Titulares de los órganos de la G.I.S.E.

1. Presidente del Consejo Rector: Excmo. Sr. D.Ignacio Astarloa Huarte-Mendicoa, Secretario de Estado de Seguridad.

2. Director de la Gerencia: Ilmo. Sr. D. Juan José Izarra del Corral, Director General de Infraestructuras y Material de la Seguridad.

3. Secretario General de la Gerencia (Subdirector General): Ilmo. Sr. D. Gonzalo Jar Couselo.

4. Jefe de Área de Régimen Interior: D. Miguel Ángel Brisso de Montiano García.

5. Jefe de Área de Gestión: D. Gabriel Muñoz Rebollo.

6. Jefe de Área de Gestión Técnica: D. José Martínez Sanjuán.

7. Jefe de Área de Administración: D. Julio Casal Jiménez.

8. Jefe de Asuntos Legales: Vacante.

9. Jefe del Servicio de Gestión Urbanística: D. Casimiro Casillas Casillas.

10. Jefe del Servicio de Administración: Vacante.

11. Jefa del Servicio de Gestión Económica: D.ª Isabel Fanego Palat.

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