Está Vd. en

Documento BOE-A-2004-17683

Orden TAS/3307/2004, de 11 de octubre, por la que se acuerda ampliar el plazo de resolución de la convocatoria de concesión de subvenciones a las actividades de promoción de la economía social, la responsabilidad social de la empresa y el autoempleo, y para sufragar los gastos de funcionamiento de las asociaciones de cooperativas, de sociedades laborales, de trabajadores autónomos y otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal, publicada por Orden TAS/955/2004, de 2 de abril.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 14 de octubre de 2004, páginas 34395 a 34396 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2004-17683
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2004/10/11/tas3307

TEXTO ORIGINAL

Por Orden TAS/955/2004, de 2 de abril (Boletín Oficial del Estado de 14 de abril de 2004), se establecían las bases reguladoras y se convocaba la concesión de subvenciones para las actividades de promoción de la economía social, la responsabilidad social de la empresa y el autoempleo, y para sufragar los gastos de funcionamiento de las asociaciones de cooperativas, de sociedades laborales, de trabajadores autónomos y otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal.

El artículo 10, número 8, de la citada Orden establecía que el plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses, a contar desde la fecha de la publicación de la convocatoria.

Dado el importante volumen de solicitudes de subvenciones formuladas, se hace necesaria una ampliación del plazo máximo inicialmente establecido para dictar y notificar la resolución a los solicitantes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

En su virtud, dispongo:

Primero.-El plazo de resolución y notificación previsto en el artículo 10, número 8, de la Orden TAS/955/2004, de 2 de abril, queda ampliado en un mes.

Segundo.-Mediante la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado quedan notificadas todas las entidades solicitantes que han concurrido a la referida convocatoria, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Tercero.-Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 11 de octubre de 2004.

CALDERA SÁNCHEZ-CAPITÁN

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 11/10/2004
  • Fecha de publicación: 14/10/2004
  • Fecha de entrada en vigor: 14/10/2004
Referencias anteriores
  • AMPLIA el plazo del art. 10.8 de la Orden TAS/955/2004, de 2 de abril (Ref. BOE-A-2004-6608).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Ayudas
  • Cooperativas
  • Empleo
  • Sociedades Anónimas Laborales
  • Subvenciones

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid