Está Vd. en

Documento BOE-A-2004-17788

Resolución de 11 de octubre de 2004, de la Secretaría General de Comercio Exterior, por la que se convocan para el año 2005, becas destinadas a la realización de prácticas de comercio exterior en Asociaciones españolas de Exportadores.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 15 de octubre de 2004, páginas 34571 a 34572 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2004-17788

TEXTO ORIGINAL

La Orden del Ministerio de Economía de 16 de Julio de 2001 (B.O.E. del 24 de Julio), estableció las bases reguladoras para la concesión de becas con vistas a la realización de prácticas de comercio exterior en Asociaciones españolas de Exportadores.

De conformidad con dichas bases, y en virtud de la delegación de competencias efectuada en el apartado decimoquinto de la Orden ITC/3187/2004 de 4 de Octubre del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, he tenido a bien disponer:

Primero.

Condiciones, objeto y finalidad. Se convocan en régimen de concurrencia competitiva 15 becas para realizar prácticas de comercio exterior en la sede de las Asociaciones españolas de Exportadores con arreglo a las bases que se especifican en el Anexo I de la Orden mencionada.

Los becarios colaborarán en las actividades de promoción comercial a realizar por las Asociaciones y tareas conexas, entre otras, la elaboración de estudios de mercado, organización de estadísticas de comercio exterior y bases de datos, mejora del boletín informativo, así como la realización de estudios o informes relacionados con el comercio exterior.

Segundo.

Requisitos de los solicitantes. Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión de la nacionalidad española.

b) Edad no superior a los treinta y cinco años.

c) Estar en posesión, al menos, del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente; se valorarán especialmente las titulaciones en Ciencias Económicas, Empresariales, Derecho e Ingeniería.

Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos.

d) Dominio del inglés (hablado y escrito); el conocimiento del francés y del alemán será considerado como mérito.

e) No padecer enfermedad o impedimento físico que imposibilite el cumplimiento de las obligaciones como becario.

f) Acreditar una experiencia práctica de al menos un año en actividades relacionadas con la promoción comercial en mercados extranjeros o con la internacionalización de la empresa española.

g) Posibilidad de dedicación completa a las tareas a desempeñar como contrapartida de la beca.

h) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Tercero.

Duración. El período de duración de la beca será de 11 meses, comenzando el 1 de febrero de 2005 y finalizando el 31 de diciembre del mismo año. La beca podrá ser prorrogada según disponibilidad presupuestaria.

Cuarto.

Asignación y Financiación. Cada beca estará dotada durante el año 2.005 con una cantidad bruta de 17.825,72 Euros, con cargo al capítulo IV, aplicación presupuestaria 24.13.762 A. 480, « Becas de Colaboración con Asociaciones de Exportadores».

El importe de la beca se percibirá en once mensualidades, la primera de las cuales se hará efectiva en un plazo aproximado de dos meses y medio tras el comienzo de las actividades en la Asociación.

En caso de renovación de la misma, la remuneración mensual será de igual cuantía a la percibida en una mensualidad del periodo inicial.

Las becas están sujetas a los preceptos correspondientes de la Ley 40/1998, que regula el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

El becario deberá suscribir una póliza de seguro de asistencia médica, en caso de no estar ya cubierto por la Seguridad Social o por un seguro privado. Deberá así mismo contratar un seguro de accidentes con cobertura desde el día del inicio de la beca y hasta su finalización.

Quinto.

Presentación de solicitudes. Conforme a lo establecido en la base octava, Anexo I, de la Orden de 16 de Julio de 2001, los interesados dirigirán su solicitud al Secretario General de Comercio Exterior, Paseo de la Castellana 162, «Ayudas a las Asociaciones de Exportadores», planta 4.ª, despacho 25-27, 28046, Madrid, hasta el día 20 de Noviembre de 2004, inclusive. También podrá dirigirse por correo electrónico, siguiendo las indicaciones reseñadas en los párrafos siguientes.

La solicitud se elaborará conforme al modelo que figura en el Anexo II de la Orden de 16 de Julio de 2001 que contiene las bases de esta convocatoria, utilizando para ello los impresos de Solicitud de Beca y Formulario (Datos personales, académicos y profesionales) habilitados al efecto por la Secretaría General de Comercio Exterior, accesibles a través de la página web de la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio http://www.mcx.es/. En esta misma página se encuentran las directrices que los posibles candidatos deberán tener en cuenta en el momento de cumplimentar la documentación. Esta documentación también se encontrará disponible en las dependencias administrativas correspondientes.

Para cualquier información adicional, los interesados podrán dirigirse a la Secretaría de la Comisión Gestora de Ayudas a las Asociaciones de Exportadores, Paseo de la Castellana 162, planta 4, despacho 27, Madrid, teléfonos 91.349.37.19 / 91.349.38.70 y 91.349.38.71

Sexto.

Documentación. La instancia deberá ir acompañada de la documentación que se especifica en el modelo de solicitud y, adicionalmente, de:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o, en su defecto, del Pasaporte (en caso de que el D.N.I. esté caducado, copia compulsada del resguardo de haber solicitado nuevo documento).

b) Cuatro fotografías recientes, tamaño carné.

c) Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.1 e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones. En los casos que proceda, se podrá aportar en su lugar una declaración responsable de no sujeción por parte del interesado a las citadas obligaciones.

Si la solicitud no reuniera los datos exigidos en la convocatoria o no se acompañara de los documentos exigidos, se requerirá al solicitante, de acuerdo con lo establecido en el articulo 71.1 de la Ley 30/1992, para que en un plazo de diez días hábiles, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación expresa de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido en su petición, archivándose sin mas trámite, con los efectos previstos en dicha ley.

Séptimo.

Desarrollo de las pruebas. Las pruebas comenzarán en la primera quincena de Enero de 2.005. La fecha, hora y lugar escogidos para la celebración de las mismas se publicará, junto con la relación nominal de los miembros del Tribunal, en el tablón de anuncios de la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio (puerta de acceso al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, Paseo de la Castellana 162, Madrid), el mismo día que la lista definitiva de admitidos a las pruebas. Esta información también estará disponible a través de la página web http://www.mcx.es

Octavo.

Criterios de valoración. Las pruebas selectivas consistirán en los ejercicios que se especifican a continuación, teniéndose en cuenta los criterios y puntuaciones que se citan. El orden de celebración de los ejercicios, tras el examen eliminatorio de inglés, se establecerá de tal manera que se reduzca en todo lo posible la duración conjunta de los mismos

a) Primer ejercicio: Prueba oral de idioma inglés de carácter eliminatorio consistente en la lectura pública por el candidato, previa preparación de cinco minutos como máximo, de un texto en inglés escogido por él mismo al azar, entre los previamente seleccionados por el Tribunal. A continuación el candidato realizará una exposición oral en inglés sobre el tema del texto y contestará en el mismo idioma a las preguntas que formule el Tribunal. Se valorará la capacidad de comprensión del texto, la corrección de la construcción sintáctica de las frases, la riqueza del vocabulario empleado, así como la soltura y fluidez en la conversación. Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos y será necesario que el candidato obtenga un mínimo de diez puntos para ser considerado apto. De los candidatos aptos, podrán acceder al ejercicio siguiente, como máximo, los 30 aspirantes con mayor puntuación.

b) Examen voluntario de idiomas (únicamente francés y/o alemán). Consistirá en una composición escrita –a realizar en un máximo de una hora– a partir de un artículo o documento en el idioma de que se trate, leído previamente a los aspirantes. Se valorará la capacidad de comprensión oral, la corrección sintáctica y ortográfica, así como la riqueza de vocabulario. Se calificará cada idioma con una puntuación de 0 a 4 puntos. Esta puntuación se acumulará a la total obtenida en los ejercicios obligatorios, sólo en el caso de que se alcance un mínimo de 2 puntos en cada prueba de los idiomas citados.

c) Segundo ejercicio:

Primera parte: realización por escrito, en un máximo de 2 horas, de un dictamen sobre un supuesto práctico planteado por el Tribunal y referido a la promoción comercial en mercados exteriores o al comercio exterior. Se valorarán los conocimientos en la materia y especialmente aquéllos adquiridos en el ejercicio de la experiencia práctica requerida para el acceso a las pruebas.

Segunda parte: Entrevista. Los aspirantes que hayan realizado la prueba anterior serán llamados a una entrevista personal con el Tribunal seleccionador en la que se valorará la defensa del caso práctico realizado en la primera parte del ejercicio, sus conocimientos en comercio exterior, promoción comercial en mercados exteriores, así como su madurez, motivación e iniciativa.

La puntuación, de 0 a 40 puntos, será conjunta para las dos fases de este segundo ejercicio. La puntuación mínima requerida para superar dicha prueba conjunta será de 20 puntos.

Se valorarán con hasta un punto las titulaciones en Ciencias Económicas, Empresariales, Derecho e Ingeniería.

Los candidatos seleccionados serán aquéllos que alcancen una mayor puntuación global, resultado de la suma de las calificaciones obtenidas en todo el proceso selectivo.

La relación de candidatos finalmente admitidos, con indicación de las respectivas puntuaciones, se publicará en el tablón de anuncios de la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio (puerta de acceso al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio Paseo de la Castellana 162, Madrid) así como en la página web indicada en el Punto quinto de esta Resolución.

Noveno.

Órgano instructor. Para la instrucción del procedimiento se nombrará un Tribunal que será presidido por el Secretario General de Comercio Exterior, quien podrá delegar en el Subdirector General que estime oportuno. Estará compuesto por cinco miembros, tres de ellos designados por la Secretaría General de Comercio Exterior y dos por el Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX).

El Tribunal podrá declarar desierta, total o parcialmente, la adjudicación de las becas.

El funcionamiento de dicho Tribunal se ajustará al régimen colegiado establecido en los Artículos 22 a 27 de la ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Décimo.

Resolución. Una vez concluidas las pruebas de selección, el Tribunal elevará la propuesta de Resolución al Secretario General de Comercio Exterior para que resuelva el procedimiento. Dicha propuesta contendrá la relación de los becarios seleccionados con indicación de la Asociación de Exportadores que se asigne a cada uno, así como, y siempre que sea posible, una relación de suplentes.

En el plazo de 15 días desde la elevación de la propuesta del Tribunal Seleccionador, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por Resolución motivada del Secretario General de Comercio Exterior, se adjudicarán las becas, comunicándose a su vez a los beneficiarios. La Secretaría General de Comercio Exterior deberá tener constancia escrita de la aceptación de la beca por parte del interesado en el plazo máximo de tres días desde la comunicación. A esta aceptación el becario deberá adjuntar una declaración de su renuncia expresa a cualquier beca o ayuda similar que estuviese disfrutando o que hubiese solicitado.

La no remisión, en ese plazo, de los documentos citados, se considerará una renuncia a la beca.

Los adjudicatarios se comprometen a presentar una declaración de su situación familiar para poder efectuar el cálculo de las retenciones fiscales.

La adjudicación de las becas será publicada en el Boletín Oficial del Estado, y la misma agotará la vía administrativa.

El procedimiento se resolverá en un plazo no superior a seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Undécimo.

Solicitud de las Asociaciones de Exportadores. En aplicación de la base undécima del Anexo I de la Orden de 16 de Julio de 2001, las Asociaciones españolas de Exportadores reconocidas como colaboradoras, que tengan interés en la recepción de becarios, presentarán su solicitud al Secretario General de Comercio Exterior, con fecha límite del 15 de Noviembre del presente año, señalando las razones que les motivan a solicitarlos y el plan de trabajo que se propone desarrollen los becarios.

Duodécimo.

Entrada en vigor. Esta Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»

Madrid, 11 de octubre de 2004.—El Secretario General, Alfredo Bonet Baiget.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid