De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley
Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades (en
adelante LOU), el artículo 14 del Real Decreto 774/2002, de 26
de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional
para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios
y el régimen de los concursos de acceso respectivos (en adelante
RDH), y el artículo 113 y siguientes del Decreto 201/2003,
de 26 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos de la
Universidad de Lleida (en adelante EUDL),
Este rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas que
se relacionan en el Anexo 1 de la presente Resolución, con arreglo
a las siguientes bases:
Primera.-Este concurso se regirá por lo que dispone la LOU,
el RDH, los EUDL y la normativa para los concursos de acceso
a los Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de Lleida
(en adelante NCACDU), aprobada por acuerdo del Consejo de
Gobierno de la Universidad de Lleida, de fecha 8 de julio de 2004,
publicada en la web de concursos del Área de Recursos Humanos
(http://www.udl.es/arees/arh/docents/) que se considera una más
de las bases de la convocatoria y, con caracter supletorio, lo que
prevé la Legislación General Civil del Estado.
Segunda.-Para ser admitido a este concurso es necesario estar
en posesión de los siguientes requisitos generales:
a) Ser español. No obstante, podrán participar en idénticas
condiciones que los españoles los nacionales de alguno de los
demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún
Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores. También podrán participar
el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los
demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales
de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que
no estén separados de derecho, así como sus descendientes y
los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha
edad que vivan a sus expensas.
Asimismo podrán participar en los concursos de acceso
convocados, los habilitados de nacionalidad extranjera no
comunitaria, cuando cumplan los requisitos previstos en el apartado 4
del artículo 15 del RDH.
En el momento de presentación de la solicitud de participación
en el proceso selectivo, deberá acreditarse la nacionalidad, así
como, en su caso, el vínculo de parentesco, y el de vivir a expensas,
conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001,
de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la
Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales
de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre
circulación de trabajadores.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos
en la convocatoria se realizará por medio de los documentos
correspondientes, certificados por las autoridades competentes de
su país de origen traducidos a alguna de las dos lenguas oficiales
en Cataluña.
b) Edad. Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no
haber superado los setenta.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de la Administración del Estado o de la Administración
Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya
nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar
sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida,
en su Estado, el acceso a la Función Pública.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el
desempeño de las funciones correspondientes al Profesor de
Universidad.
Tercera.-Además de los requisitos generales, los candidatos
deberán cumplir con los requisitos específicos que se señalan en
los artículos 15 del RDH y 2 de la NCACDU, en los términos
regulados en los mismos. Asimismo no podrán participar en los
concursos de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios
quienes se hallen incluidos en la prohibición contenida en el
apartado 7 del artículo 17 del RDH.
Los requisitos enumerados en la base segunda y en la presente
deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión como funcionario de carrera.
Cuarta.-Quienes deseen tomar parte en los concursos de
acceso, remitirán la correspondiente solicitud al Rector de la
Universidad de Lleida, por cualquiera de los procedimientos establecidos
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la
Ley 4/1999, de 13 de enero (LRJAP-PAC), en el plazo de veinte
días naturales a partir del siguiente a la publicación de la presente
convocatoria en el BOE, mediante instancia debidamente
cumplimentada, según modelo que se acompaña en el Anexo 2, junto
con los siguientes documentos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte
o tarjeta de identidad.
b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de
los requisitos específicos que se señalan en la base tercera para
participar en el concurso de acceso.
Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Lleida, la
cantidad de 45,10 euros en concepto de derechos de examen.
El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado en la
cuenta corriente 0049-1886-72-2210641214, del Banco
Santander Central Hispano, con el título "concursos de profesorado".
A la solicitud deberá adjuntarse el justificante original acreditativo
del ingreso por el citado concepto. La falta de abono de estos
derechos durante el plazo de presentación de instancias no es
subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante.
Quinta.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el
Rector dictará una Resolución, en el plazo máximo de veinte días
hábiles, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y
excluidos, indicando las causas de exclusión. Esta Resolución se
publicará en el tablón de anuncios del Área de Recursos Humanos
y en la página web de concursos http://www.udl.
es/arees/arh/docents/. Los interesados dispondrán de un plazo de diez días, a
contar desde el día siguiente a la publicación de la lista provisional
de admitidos y excluidos, para presentar posibles reclamaciones,
para subsanar los defectos de la solicitud y los motivos de
exclusión. Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas,
el Rector dictará una Resolución aprobando la lista definitiva de
candidatos admitidos y excluidos, que se publicará en la forma
anteriormente establecida. Contra esta Resolución se podrá
interponer recurso en los términos previstos en el
artículo 107 de la LRJAP-PAC.
Sexta.-De acuerdo con lo que establece el artículo 114 de
los EUDL, la composición de la comisión es la que figura en el
Anexo 3 de esta convocatoria. En lo relativo a la constitución,
sustituciones y funcionamiento de la misma se estará a lo previsto
en el artículo 5 de la NCACDU.
La Comisión deberá constituirse en un plazo no inferior a quince
dias, desde la fecha de publicación de la lista definitiva de
admitidos y excluidos. Para ello el Presidente titular de la Comisión
convocará a los miembros titulares de la Comisión y, en su caso,
a los suplentes, para proceder al acto de constitución de la misma,
fijando lugar, fecha y hora. En dicho acto, la comisión determinará
los criterios de valoración de los méritos, de acuerdo con la
convocatoria y los hará públicos.
Simultáneamente, el Presidente de la Comisión dictará
Resolución convocando a todos los candidatos admitidos para realizar
el acto de presentación, con señalamiento del día, hora y lugar
de su celebración. Ambas resoluciones habrán de ser notificadas
a sus destinatarios con una antelación mínima de quince días
naturales, respecto a la fecha del acto para el que son convocados.
Séptima.-En el acto de presentación, que será público, los
concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la siguiente
documentación por quintuplicado: Currículum con referencia
específica de los méritos que se quieran alegar, así como un breve
proyecto docente e investigador, adecuado al perfil, a las
necesidades y actividades fijadas en la convocatoria.
En el acto de presentación se determinará, mediante sorteo,
el orden de actuación de los candidatos, y se fijará lugar, fecha
y hora del comienzo de la entrevista, circunstancia que se hará
pública por la Comisión.
Asimismo se fijará y se hará público el plazo y las condiciones
para que los candidatos puedan consultar la documentación
presentada por los demás aspirantes, con anterioridad al comienzo
de la entrevista.
La entrevista comenzará dentro del plazo de quince días, a
contar desde el siguiente al del acto de presentación. Como
mínimo, entre el acto de presentación y la entrevista deberán transcurrir
24 horas.
Octava.-Los concursos de acceso constarán de una entrevista,
que se realizará en acto público. La Comisión podrá solicitar a
los candidatos aclaraciones sobre sus méritos y sobre los proyectos
a desarrollar en la Universidad de Lleida.
Finalizada la entrevista, cada miembro de la Comisión emitirá
un informe razonado sobre la idoneidad de cada uno de los
candidatos. La Comisión valorará los méritos y la adecuación de los
candidatos a las necesidades y a los objetivos de la Universidad.
Novena.-La Comisión propondrá al Rector, motivadamente y
con caracter vinculante, una relación de los candidatos por orden
de preferencia para el nombramiento, en el plazo máximo de siete
dias, a partir de la fecha de finalización de las entrevistas. La
propuesta de la Comisión se publicará en el lugar donde se haya
celebrado la prueba y en el tablón de anuncios del Área de Recursos
Humanos.
El Secretario de la Comisión, en los siete días siguientes hábiles
a la finalización de la actuación de la misma, deberá entregar
en la Sección de Formación y Concursos de la Universidad toda
la documentación relativa a las actuaciones de la Comisión, así
como un ejemplar de la documentación entregada por cada
candidato en el acto de presentación.
Contra la propuesta de la Comisión los candidatos podrán
presentar reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de diez
días hábiles a partir del día siguiente al de su publicación.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el
nombramiento hasta la resolución definitiva.
La reclamación será valorada por la Comisión de
Reclamaciones prevista en el artículo 116 de los EUDL y el artículo 9
de la NCACDU.
Décima.-Los candidatos propuestos para la provisión de las
plazas deberán presentar, en los veinte días siguientes a la
publicación de la propuesta de la Comisión:
a) Fotocopia del DNI o documento equivalente, de ser su
nacionalidad distinta a la española.
b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni
defecto físico ni psíquico que le incapacite para el desempeño
de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la
Administración del Estado, Institucional o Local, y de las
Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente
disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la
Función Pública. Los nacionales de los demás estados miembros de
la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores,
deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el
artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber
sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan,
en su Estado, el acceso a la función pública.
d) Documentación acreditativa de reunir los requisitos del
articulo 5 del RDH.
e) Documentación acreditativa de reunir los requisitos
establecidos en el artículo 15 del RDH y 2 de la NCACDU.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de
carrera en activo estarán exentos de justificar los documentos a los
que hace mención los apartados a), b) y c) de esta base, debiendo
presentar certificación del Ministerio u Organismo del que
dependan, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
Undécimo.-El nombramiento como funcionario docente de
carrera será efectuado por el Rector, después de que el candidato
propuesto haya cumplimentado los requisitos y plazos establecidos
en la base anterior. El nombramiento especificará la denominación
de la plaza, Cuerpo y Área de Conocimiento. Dicho nombramiento
será publicado en el BOE y en el DOGC y comunicado a la
Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria.
En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día
siguiente a la publicación del nombramiento, el candidato propuesto
deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá
la condición de funcionario docente universitario del Cuerpo de
que se trate.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo
ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo
de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.
No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier
otro que se estime procedente, puede optarse por interponer contra
la presente resolución recurso de reposición ante el Rector de
la Universidad de Lleida, en el plazo de un mes, contado desde
el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá
interponerse el recurso contencioso-administrativo anteriormente
mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso de reposición
interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la
LRJAP-PAC.
Para notificar a los interesados las resoluciones y los actos
administrativos que afecten sus intereses, la Universidad de Lleida,
de acuerdo con el artículo 59.5 de la LRJAP-PAC, efectuará las
correspondientes publicaciones en el tablón de anuncios del Área
de Recursos Humanos y en la página web de concursos
http://www.udl.es/arees/arh/docents/
Lleida, 23 de septiembre de 2004.-El Rector, Joan Viñas
Salas.
ANEXO 1
Referencia de la plaza: TUH-129. Cuerpo al que pertenece:
Profesores Titulares de Universidad. Número de plazas: Una. Tipo
de concurso: Acceso. Área de conocimiento: "Antropología
Social". Departamento: Historia del Arte e História Social.
Asignaturas: Antropología social, Técnicas de investigación,
Antropología de la marginación, Drogodependencia.
Referencia de la plaza: TUH-130. Cuerpo al que pertenece:
Profesores Titulares de Universidad. Número de plazas: Una. Tipo
de concurso: Acceso. Área de conocimiento: "Didáctica y
Organización Escolar". Departamento: Pedagogía y Psicología.
Asignaturas: Didáctica general. Intervención educativa en la
diversidad.
ANEXO 3
Composición de las comisiones
Referencia de la plaza: TUH-129
Comisión titular:
Presidente: Don Roberto Fernández Díaz, Catedrático de
Universidad de la Universidad de Lleida.
Secretario: Don Víctor Bretón Solo de Zaldívar, Profesor Titular
de Universidad de la Universidad de Lleida.
Vocales: Don Aurelio Díaz Fernández, Profesor Titular de
Universidad de la Universidad Autónoma de Barcelona; don Oriol
Romaní Alfonso, Profesor Titular de Universidad de la Universidad
Rovira i Virgili; doña María José Roma Riu, Profesora Titular de
Universidad de la Universidad de Barcelona.
Comisión suplente:
Presidente: Don Jesús Contreras Hernández, Catedrático de
Universidad de la Universidad de Barcelona.
Secretario: Don Carles Salazar Carrasco, Profesor Titular de
Universidad de la Universidad de Lleida.
Vocales: Don José María Comelles Esteban, Catedrático de
Universidad de la Universidad Rovira i Virgili; doña M. Aurora
González Echevarría, Catedrática de Universidad de la Universidad
Autónoma de Barcelona; don Joan Prat Carós, Catedrático de
Universidad de la Universidad Rovira i Virgili.
Referencia de la plaza: TUH-130
Comisión titular:
Presidente: Don Vicente Sebastián Ferreres Pavia, Catedrático
de Universidad de la Universidad Rovira i Virgili.
Secretario: Don José Fidel Molina Luque, Catedrático de
Escuela Universitaria de la Universidad de Lleida.
Vocales: Don Juan Jorge Muntaner Guasp, Catedrático de
Universidad de la Universidad de les Illes Balears; doña Claudia Grau
Rubio, Catedrática de Escuela Universitaria de la Universidad de
Valencia; don J. Gabriel Comes Nolla, Profesor Titular de
Universidad de la Universidad Rovira i Virgili.
Comisión suplente:
Presidente: Don Joaquín Gairin Sallan, Catedrático de
Universidad de la Universidad Autónoma de Barcelona.
Secretario: Don Antón Aluja Fabregat, Profesor Titular de
Universidad de la Universidad de Lleida.
Vocal: Don Saturnino Torre de la Torre, Catedrático de
Universidad de la Universidad de Barcelona; don Joaquín Pelach
Buson, Catedrático de Escuela Universitaria de la Universidad de
Girona; doña Maria Jesús Comellas Carbó, Profesora Titular de
Universidad de la Universidad Autónoma de Barcelona.
ANEXO 4
Currículum vitae
Datos personales:
Apellidos y nombre ..........................................
Número NIF ............. y fecha de expedición .............
Nacimiento: Localidad y provincia ...........................
Fecha .......................................................
Domicilio calle ..........., número ........... CP ...........
Localidad .................... Provincia ....................
Teléfonos ................ Correo electrónico ................
Facultad o Escuela donde presta servicio actualmente ........
Departamento o Unidad Docente actual ......................
Categoría docente actual ....................................
Criterios académicos:
1. Títulos académicos.
2. Formación científica (cursos de especialización recibidos,
estancias en centros de investigación, técnicas que domina, tramos
de investigación, etc.).
3. Puestos docentes desempeñados.
4. Actividad docente desempeñada:
4.1 Cursos de grado impartidos (ciclos, tramos de docencia,
etcétera).
4.2 Seminarios y cursos impartidos en otras universidades
por invitación, etc.
4.3 Implicación en la mejora e innovación de la docencia.
5. Actividad investigadora:
5.1 Participación en proyectos de investigación (tipo de
proyecto y financiación, dirección y gestión de proyectos de
investigación, labor investigadora en proyectos, etc.).
5.2 Grupos de trabajo y comités de evaluación de
investigación externos a la propia universidad, etc.
6. Producción científica:
6.1 Publicaciones: libros y capítulos de libro con ISBN.
6.2 Artículos de revista (nacionales e internacionales).
6.3 Otras publicaciones.
6.4 Comunicaciones y ponencias presentadas a Congresos
(nacionales e internacionales).
6.5 Patentes.
7. Participación en tareas de formación de personal
investigador (dirección de tesis, cursos avanzados impartidos, etc.
8. Iniciativa científica (promoción de líneas de investigación
innovadoras, formación de grupos y relaciones productivas con
otros grupos).
9. Actividad profesional relacionada con la plaza.
9.1 Actividad profesional de tipo asistencial u otras.
9.2 Convenios de desarrollo con empresas y entidades.
9.3 Proyectos profesionales (tipo, dirección y gestión,
implicación, etc.).
10. Becas, premios y otros reconocimientos.
11. Cargos académicos y otros méritos.
12. Idiomas de interés científico que domina.
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