Está Vd. en

Documento BOE-A-2004-17923

Resolución de 1 de octubre de 2004, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se hace pública la concesión de ayudas al desarrollo de guiones para películas de largometraje para el cine o la televisión, para autores y empresas productoras asociados temporalmente, en la convocatoria del año 2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 18 de octubre de 2004, páginas 34752 a 34752 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2004-17923

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 22 de diciembre de 2003 (BOE 20-1-2004) se convocaron las ayudas al desarrollo de guiones para películas de largometraje para el cine o la televisión, al amparo de lo dispuesto en la Ley 15/2001, de 9 de julio y en el artículo 13 del Real Decreto 526/2002, de 14 de junio.

De conformidad con lo establecido en el punto sexto de la citada resolución, el Jurado creado al efecto, en su reunión del día 14 de septiembre informó las solicitudes presentadas hasta el 5 de abril, que no hubieran sido excluidas por no reunir los requisitos.

Teniendo en cuenta el informe del citado Jurado y en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 526/2002 de 14 de junio y los procedimientos establecidos por la Orden ECD/2240/2003 de 22 de julio, por Resolución de esta Dirección General de 29 de septiembre de 2004, se resolvió la concesión de ayudas al desarrollo de guiones para películas de largometraje para el cine o la televisión, para autores y empresas productoras asociados temporalmente en la convocatoria del año 2004.

Por ello, y como garantía del principio de publicidad establecido por la Ley General Presupuestaria, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

Hacer público el extracto de la Resolución de 29 de septiembre de 2004 por la que se conceden con cargo ala aplicación 18-108-470 «Fondo de Protección a la Cinematografía» del programa 456C «Cinematografía» del presupuesto de gastos del Organismo para 2004, las siguientes ayudas a los autores y productoras que se relacionan por un importe de 30.050,60 euros por proyecto, del que un 50 por 100 corresponde al autor o autores y otro 50 por 100 a la empresa o empresas productoras:

Por decisión del Jurado no se hace una distinción precisa entre los proyectos que se presentan para explotación cinematográfica y televisiva, dada la dualidad de muchos y la disparidad de criterios al respecto.

Ayudas concedidas

Título Autores Productora
Algún día será hoy. Pablo Malo Mozo. Zine 1, S.L.
Chromy. Eduardo Galdo de Fuentes. Eduardo Galdo Producciones, S.L.
Días y noches.

Juan Dolz Balaquer.

José Carlos Palau Pérez.

Miguel Peidro Zaragoza.

Malvarrosa Media, S.L.
Héctor y Bruno. Ana Rosa Fernández Diego. Letra Producciones, S.L.
Hombres que ríen, Los. Miguel Angel Carcano Thaut. Investigación y Desarrollo Culturales, S.L.
Metílico.

José Ignacio Vilar Díaz.

Fernando Antonio Rodríguez Méndez.

Vía Láctea Filmes, S.L.
Piel fría, La.

Daniel Vázquez Villamediana.

José María de Orbe Klingenberg.

Fresdeval Films, S.L.
Provisionalmente 2050.

Icíar Bollaín Pérez-Mínguez.

Joaquín Jorda Catalá.

Producciones La Iguana, S.L.
Tentación de Lope, La. Beda Manuel Docampo Feijoo. Impala, S.A.

Aquellos solicitantes que no figuren en la relación anterior se entenderá que su solicitud ha sido excluida o desestimada, teniendo en cuenta el régimen de concurrencia competitiva impuesto por las disponibilidades presupuestarias.

Segundo.

La resolución de 29 de septiembre de 2004, cuyo texto íntegro se encuentra a disposición de los interesados en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, y en el Tablón de anuncios del Ministerio de Cultura, pl, del Rey, s/n de Madrid, pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma puede interponer en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución, recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.C de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (B.O.E. del 14-7-98).

En el caso de no impugnarla directamente mediante el recurso contencioso-administrativo a que se refiere el párrafo anterior, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 1 de octubre de 2004.–El Director General, Manuel Pérez Estremera.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid