Contido non dispoñible en galego
El Tribunal Constitucional, por Auto de 21 de septiembre actual, ha acordado tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm.2122-2000, planteado en relación con los arts. 16.1, e), inciso "técnicas"; 19.1, primer párrafo y disposición transitoria única, 4, del Decreto de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha 54/2000, de 21 de marzo, sobre el régimen jurídico de las televisiones locales por ondas terrestres, declarándose extinguido el proceso.
Madrid, 21 de septiembre de 2004.-La Presidenta del Tribunal Constitucional,
CASAS BAAMONDE
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