Vista la instancia del Notario de Barcelona, don Rafael Herrero
de las Heras, en la que al amparo del artículo 57 del Reglamento
Notarial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo
de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda
la jubilación voluntaria por haber cumplido la edad de sesenta
y cinco años,
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por
el artículo 4.1.f) del Real Decreto 1475/2004, de 18 de junio,
ha acordado la jubilación voluntaria solicitada por el Notario de
Barcelona, don Rafael Herrero de las Heras, por haber cumplido
la edad de sesenta y cinco años.
Lo que le comunico para su conocimiento, el de esa Junta
Directiva y demás efectos.
Madrid, 6 de octubre de 2004.-La Directora general, Pilar
Blanco-Morales Limones.
Ilmo. Sr. Decano del Colegio Notarial de Cataluña.
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