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Documento BOE-A-2004-18043

Resolución de 15 de septiembre de 2004, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Seguridad Social, mediante el sistema de concurso-oposición, en el marco del proceso de consolidación del empleo temporal, en el ámbito del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 21 de octubre de 2004, páginas 34987 a 34994 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2004-18043

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las

pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Auxiliar de la

Administración de la Seguridad Social, mediante el sistema de

concurso-oposición, en el marco del proceso de consolidación del

empleo temporal, en el ámbito del Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales, convocadas por Orden TAS/1167/2003, de 14 de abril

(B. O. E. del 14 de mayo), y verificada la concurrencia de los

requisitos exigidos en las bases de la convocatoria.

Esta Secretaría General para la Administración Pública, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo (BOE del 10 de abril), por el que

se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al

Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de

Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado y el artículo 6.3

del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución

de competencias en materia de personal, en relación con lo

establecido en el artículo 12.1.c) del Real Decreto 562/2004, de 19

de abril, publicado en el B.O.E. n.o 96 del día 20, por el que

se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos

ministeriales, a propuesta de la Subsecretaría del Ministerio de

Trabajo y Asuntos Sociales, resuelve:

Primero.-Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo Auxiliar

de la Administración de la Seguridad Social a los aspirantes

aprobados que se relacionan en el Anexo de esta Resolución, ordenados

de acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión de

los puestos de trabajo que se les adjudican.

Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de carrera

deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con lo

establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar

posesión de sus destinos en el plazo de un mes, a partir del día siguiente

al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del

Estado.

Tercero.-De acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2 del

Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la

Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado, con la redacción

dada por el artículo 54 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre,

de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (B.O.E.

del día 31) los funcionarios interinos que desempeñan los puestos

de trabajo adjudicados a los aspirantes aprobados cesarán en los

mismos una vez que sean ocupados por los funcionarios de carrera

del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Seguridad Social.

Cuarto.-Los funcionarios interinos del grupo D al servicio de

la Administración de la Seguridad Social que han superado el

proceso selectivo y no tomen posesión de la plaza obtenida,

cesarán en la plaza que ocupan interinamente, según Acuerdo de la

Comisión Superior de Personal de 17 de julio de 1997, sobre

proceso de consolidación del empleo temporal.

Quinto.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de

reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes,

a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad

con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, o bien recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, o ante la

Sala del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción

tengan los interesados sus domicilios, a su elección, en el plazo

de dos meses, a contar asimismo desde el día siguiente al de

su publicación, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i)

y 14.1. regla segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que comunico a VV.II.

Madrid, 15 de septiembre de 2004.-El Secretario General,

Francisco Javier Velázquez López.

Ilmas. Sras. Subsecretaria del Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales y Directora General de la Función Pública.

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