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Documento BOE-A-2004-18045

Orden FOM/3395/2004, de 6 de octubre, por la que se hace pública la relación de aspirantes aprobados en la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 21 de octubre de 2004, páginas 34996 a 34996 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2004-18045

TEXTO ORIGINAL

Finalizada la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso,

por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros

Técnicos Aeronáuticos, convocado por Orden FOM/774/2004,

de 15 de marzo (BOE del 26).

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Hacer pública, de conformidad con lo dispuesto en

la base 7.1 de la convocatoria, la relación de aspirantes aprobados

por orden de puntuación obtenida, con indicación del número

del documento nacional de identidad.

Segundo.-Los aspirantes aprobados, que figuran en el Anexo I

adjunto, dispondrán de un plazo de veinte días naturales desde

la publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta Orden, para

presentar en el Registro General del Ministerio de Fomento, o

bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes

documentos:

1. Fotocopia compulsada del documento nacional de

identidad o pasaporte.

2. Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3

de la convocatoria.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

presentarse fotocopia compulsada de la documentación que

acredite la homologación.

3. Declaración bajo juramento o promesa de no haber sido

separado mediante expediente disciplinario de ninguna

Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo II.

Tercero.-Quienes tuvieran la condición de funcionarios de

carrera estarán exentos de justificar documentalmente las

condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificado del Registro Central

de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieran

para acreditar tal condición, y demás circunstancias que consten

en su expediente personal.

Asimismo, al comienzo del curso selectivo, deberán formular

opción para la percepción de la remuneración que deseen percibir

durante su condición de funcionarios en prácticas. Dicha opción

deberá ser formulada igualmente por quienes invoquen su

condición de personal laboral o funcionario interino, de conformidad

con lo previsto en el R.D. 456/1986, de 10 de febrero, modificado

por R.D. 213/2003, de 21 de febrero.

Cuarto.-Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza

mayor debidamente acreditados, no presentasen la

documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno

de los requisitos señalados en la base 2 de la convocatoria, no

podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran

incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Quinto.-Por orden de la autoridad convocante, se procederá

al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se

determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho

nombramiento.

Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo

determinado en la convocatoria.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el

derecho a ser nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución motivada por la autoridad convocante. Quienes no pudieran

realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente

justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo

con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a

la puntuación obtenida.

Contra este acto podrá interponerse, con carácter potestativo,

recurso de reposición ante la excelentísima señora Ministra de

Fomento, en el plazo de un mes desde su publicación, o bien

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses

desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de

conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13

de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

significándose que, en caso de interponer recurso de reposición,

no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta

que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la

desestimación presunta del mismo.

Madrid, 6 de octubre de 2004.-P. D. (Orden FOM/1121/2004,

de 28 de abril, BOE del 30), la Subsecretaria, María Encarnación

Vivanco Bustos.

Subsecretaría del Ministerio de Fomento.

ANEXO I

Relación de aprobados

Sistema general de acceso libre

N.ode

orden Apellidosynombre D.N.I. Puntuación

1 Antón Jornet, Pablo Eugenio .... 45.282.809 57,29

2 Revenga Salas, Elena ........... 52.108.043 51,25

3 Cavia del Olmo, Delia .......... 47.633.654 48,30

4 Trincado Cosio, Bárbara ........ 22.741.574 45,46

5 Calvo Lucas, Leandro ........... 11.802.257 36,71

6 Fernández Selinge, Arcadio ..... 00.816.521 35,38

ANEXO II

Don/Doña ........................................................

con domicilio en .....................................................

y documento nacional de identidad número ........................

declara bajo juramento/promesa, a efectos de ser nombrado

funcionario/a del Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos, que

no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio

de funciones públicas.

En ................. a ...... de ................. de 2004.

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