Visto el expediente de indulto de don Gonzalo Álamo González, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, Sección número 1, de Las Palmas, en sentencia de fecha 2 de octubre de 2002, como autor de un delito contra la salud publica, a la pena de tres años de prisión y multa de 53.937 pesetas, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de octubre de 2004,
Vengo en conmutar a don Gonzalo Álamo González la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 11 de octubre de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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