Vista la solicitud presentada por la entidad METREGA, S. A., con domicilio en Granollers (Barcelona), Pg. Fluvial, s/n, Polígono Industrial Jordi Camp, para conseguir la aprobación de modelo CEE de su contador de energía eléctrica, modelo E82C, la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial de la Generalitat de Catalunya, en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrologia, y el Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 de junio, que la modifica y establece el Control Metrológico CEE, y, en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva 71/316/CEE, de 26 de junio, sobre las disposiciones comunes a los instrumentos de medida y métodos de control metrológico, y en la Directiva del Consejo 76/891/CEE, de 4 de noviembre de 1976, relativa a la aproximación de legislaciones de los Estados miembros sobre los contadores de energía eléctrica, ha resuelto:
Conceder aprobación de modelo CEE a favor de la entidad METREGA, S. A., del contador de energía eléctrica, modelo E82C, cuyas características metrológicas son las siguientes:
Contador de inducción, monofásico, de dos hilos, para energía activa, doble aislamiento, simple y doble tarifa, de 220 V, 15 (60)A, 50 Hz, sobrecargable al 400%, clase 2.
Las marcas de comercialización utilizadas podrán ser METREGA o ISKRA.
El plazo de validez de la aprobación será del 14 de abril de 2004 al 14 de abril de 2014.
Esta aprobación de modelo está concedida en base a los ensayos realizados por el Laboratorio del Centro Español de Metrologia y por el Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones.
El signo de aprobación asignado al modelo es:
Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere la Resolución, llevarán las siguientes inscripciones de identificación:
Nombre y anagrama del fabricante.
Denominación del modelo: E82C, o bien, E82CDT, para doble tarifa.
Número de serie y año de fabricación.
Designación de los elementos motores: Monofásico, 2 hilos.
Tensión de referencia: 220V.
Intensidad de base y máxima: 15 (60) A.
Frecuencia: 50 Hz.
Constante del contador: 300 rev = 1Kw-h. Signo de aprobación de modelo.
Podrá incorporar los siguientes signos de identificación complementarios: de doble zafiro, del trinquete, de doble aislamiento, de monofásico 2 hilos, de marcado CE de conformidad, de código de barras, del tipo y tensión de la bobina de cambio de tarifa.
Para garantizar un correcto funcionamiento de los instrumentos se procederá a su precintado, una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en la Memoria y planos que sirvieron de base para su estudio por la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial.
Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta resolución deberán cumplir todos los condicionantes contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.
Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede la entidad titular de la aprobación, caso de desear una prórroga, solicitará la misma a la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Trabajo e Industria, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.
Barcelona, 14 de abril de 2004.–Por delegación, el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, según resolución TRI/875/2004, de 24 de marzo (DOGC núm. 4109, 08-04-2004), Joan Pau Clar Guevara.
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