Edukia ez dago euskaraz
Por Orden Ministerial 522/1979, de 2 de julio, se declaran zonas próximas de seguridad el espacio inmediato a las Estaciones Radionavales Transmisoras de Santa Ana y Guardamar del Segura y en la Receptora de Torre Pacheco, por existir en estas instalaciones radioeléctricas de la Armada.
Habiéndose constatado la pérdida de interés militar de la Estación Transmisora de Santa Ana y de Estación Receptora de Torre Pacheco, ha dejado de ser necesario mantener las zonas de seguridad correspondientes a éstas, fijadas en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero.
En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por el Estado Mayor de la Armada, a propuesta razonada del Almirante Jefe de la Zona Marítima del Mediterráneo, dispongo:
Se suprime la zona de seguridad correspondiente a la instalación militar denominada «Estación Transmisora de Santa Ana» en el término de Santa Ana (Murcia).
Se suprime la zona de seguridad correspondiente a la instalación militar denominada «Estación Receptora de Torre Pacheco» en el término de Torre Pacheco (Murcia).
Queda derogada la Orden Ministerial 522/1979, de 2 de julio, en todo lo que afecte a las citadas instalaciones.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de octubre de 2004.
BONO MARTÍNEZ
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril