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Documento BOE-A-2004-18475

Resolución de 29 de junio de 2004, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo e Industria, de homologación e inscripción en el registro del siguiente producto fabricado por Reyde S.A.: bidón de plástico de tapa fija, Código 1H1, marca Reyde, modelo "1 Litre Pesticida KS-50", para el transporte de mercancías peligrosas por vía marítima y vía aérea.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 28 de octubre de 2004, páginas 35740 a 35741 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2004-18475

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo e Industria, de la Generalitat de Catalunya, la solicitud presentada por Reyde S.A., con domicilio social en P.I. Mas Mateu, c/ de l’Om, 15, municipio de El Prat de Llobregat, provincia de Barcelona, para la homologación e inscripción en el registro del siguiente producto fabricado por Reyde S. A., en su instalación industrial ubicada en El Prat de Llobregat: bidón de plástico de tapa fija, Código 1H1, marca Reyde, modelo «1 litre pesticida KS-50», para el transporte de mercancías peligrosas por vía marítima y vía aérea

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el registro se solicita, y que la Entidad de Inspección y Control ICICT-El Prat de Llobregat, mediante certificado con clave VC.BB.33057115/04A, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden Ministerial de 17/3/1986 (BOE 31/3/86), modificada por la de 28/2/1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, el código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG) (BOE 05-12-2003), las Instrucciones Técnicas para el Transporte sin Riesgos de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea (OACI) (BOE 09-12-2003), he resuelto homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción 02-B-734 y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo registrado las que se indican a continuación:

Marca y modelo: Reyde «1 litre pesticida KS-50».

Características y productos autorizados a transportar: Las indicadas en el anexo.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden Ministerial de 17/3/86 (BOE 31/3/86), modificada por la de 28/2/89, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto con independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento o Disposición que le sea aplicable, debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologado antes de 29/06/2006 (Orden Ministerial de 28/2/89).

Esta resolución de homologación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Trabajo e Industria, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 29 de junio de 2004.–El Director General, Josep Isern i Sitjà.

ANEXO

Fabricante: Reyde, S.A. P.I. Mas Mateu, C/. De l’Om 15, Apartado 34. 08820 El Prat de Llobregat (Barcelona).

Nombre EIC y n.o informe: ICICT, S.A. - VC.BB.33057115/04A

Contraseña de certificación de tipo:

ADR/RID 02-B-734-11
IMDG/OACI 02-B-734

Características del envase: «1 litro Pesticida KS-50 COEX».

Botella de plástico color natural.

Formato COEX: Botella de cuatro capas: Polietileno HD + Triturado + Adhesivo + Material Barrera.

Modelo: «1 litro Pesticida KS-50».

Código UN: 1H1.

Tara envase sin tapón: 83 g. Peso del tapón: 11 g. Total: 94 g.

Diámetro exterior: 88 mm.

Altura: 235 mm sin tapón y 240 mm con tapón.

Boca: 42 mm de diámetro interior.

Cuello KS-50 de 53 mm de diámetro.

Tapón de plástico PEHD, color blanco, con disco interior y precinto de seguridad.

Capacidad a rebose: 1,186 litros. Capacidad llenado al 98% del rebose: 1,094 litros.

Capacidad nominal: 1 litro, que es la que se ha considerado par las pruebas.

Marcado:

UN 1H1/Y1,3/150/*/E/**/***

* Fecha de fabricación.

** Anagrama del fabricante.

*** Número de certificación de tipo.

Materias a transportar

Grupo de embalaje: II y III.

La botella de 1 litro Pesticida en su versión Coextrusión está diseñado para el transporte de benceno, tolueno, xileno o mezclas y preparados que contengan estas materias. Asimismo podrán transportarse las materias peligrosas que se pueden asimilar al líquido patrón «mezcla de hidrocarburos» (white spirit)(según 6.1.6.2 de ADR). En todo caso deberá cumplirse las siguientes condiciones:

1. Densidad máxima admisible debe ser igual o inferior a 1,3 Kg/l.

2. Tensión de vapor a 50 o 55 oC no debe superar ninguno de los 3 valores calculados según 4.1.1.10 del ADR/RID/IMDG.

Clase 3:

ADR/RID:

Materias líquidas adscritas a Grupo de Embalaje II o III y que requieran Instrucción de Embalaje/Envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

IMDG:

Materias líquidas adscritas a Grupo de Embalaje II o III y que requieran Instrucción de Embalaje/Envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

OACI:

Materias adscritas a Grupo de Embalaje II o III y que requieran Instrucción de Embalaje 307, 308 (excepto núm. UN 1111, 1167, 1204, 1228, 1717, 2270, 2347, 2360, 2363, 2402), 309 i 310.

Clase 5.1:

ADR/RID:

Materias comburentes líquidas adscritas a Grupo de Embalaje II o III y que requieran Instrucción de Embalaje/Envasado P502 y P504, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

IMDG:

Materias comburentes líquidas adscritas a Grupo de Embalaje II o III y que requieran Instrucción de Embalaje/Envasado P502 y P504, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

Clase 5.2:

ADR/RID:

Peróxidos orgánicos líquidos adscritos a Grupo de Embalaje II o III y que requieran Instrucciones de Embalaje/Envasado P520 (Métodos OP5, OP6, OP7, OP8).

IMDG:

Peróxidos orgánicos líquidos adscritos a Grupo de Embalaje II o III y que requieran Instrucciones de Embalaje/Envasado P520 (Métodos OP5, OP6, OP7, OP8).

Clase 6.1:

ADR/RID:

Materias tóxicas líquidas adscritas a Grupo de Embalaje II o III y que requieran Instrucción de Embalaje/Envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

IMDG:

Materias tóxicas líquidas adscritas a Grupo de Embalaje II o III y que requieran Instrucción de Embalaje/Envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

OACI:

Materias tóxicas líquidas adscritas a Grupo de Embalaje II o III y que requieran Instrucción de Embalaje 605, (excepto núm. UN 1647, 1649, 1694, 1935, 2024, 2788), 611, 612 (excepto núm. UN 1697, 2574, 3071), 618 i 620.

Clase 8:

ADR/RID:

Materias líquidas adscritas a Grupo de Embalaje II o III y que requieran Instrucción de Embalaje/Envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de les disposiciones especiales de esta instrucción.

IMDG:

Materias líquidas adscritas a Grupo de Embalaje II o III y que requieran Instrucción de Embalaje/Envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de les disposiciones especiales de esta instrucción.

OACI:

Materias adscritas a Grupo de Embalaje II o III y que requieran Instrucción de Embalaje 812, 813 (excepto núm. UN 1724, 1728, 1732, 1747, 1762, 1763, 1766, 1767, 1768, 1769, 1771, 1784, 1787, 1788, 1796, 1799, 1800, 1801, 1802, 1803, 1804, 1816, 1826, 2029, 2031, 2435, 2443), 820, i 821 (excepto núm. UN 1787, 1788).

Clase 9:

ADR/RID:

Materias líquidas adscritas a Grupo de Embalaje II o III y que requieran Instrucción de Embalaje/Envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

IMDG:

Materias líquidas adscritas a Grupo de Embalaje II o III y que requieran Instrucción de Embalaje/Envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

OACI:

Materias adscritas a Grupo de Embalaje II o III y que requieran Instrucción de Embalaje 906, 907 (excepto núm. UN 1941) y 914.

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