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Documento BOE-A-2004-18654

Orden PRE/3545/2004, de 28 de octubre, por la que se modifica la Orden CTE/353/2004, de 13 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2004, para la concesión de subvenciones destinadas a la celebración de actos y a la realización de actividades de promoción que se refieran al ámbito de competencias del suprimido Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 1 de noviembre de 2004, páginas 36027 a 36027 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2004-18654

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, ha creado el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio como departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de desarrollo industrial, política comercial, energética, de la pequeña y mediana empresa, de turismo y de las telecomunicaciones, asumiendo las competencias hasta entonces atribuidas al Ministerio de Economía, a través de las Secretarías de Estado de Comercio y Turismo y de la Energía, Desarrollo Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, con excepción de las correspondientes a la Dirección General de Financiación Internacional y las relativas a precios, peajes e incentivos regionales.

El nuevo Ministerio de Industria, Comercio y Turismo asume, igualmente, las competencias atribuidas al suprimido Ministerio de Ciencia y Tecnología por medio de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. El citado Real Decreto suprime la Subsecretaría de Ciencia y Tecnología y la Secretaría General Técnica de dicho Ministerio, que se integran en la Subsecretaría y en la Secretaría General Técnica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Asimismo, en el nuevo Ministerio de Educación y Ciencia se crea la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación que asume, además de las competencias de Universidades del anterior Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, las competencias de la Secretaría de Estado de Política Científica y Tecnológica del suprimido Ministerio de Ciencia y Tecnología.

La Orden CTE/353/2004, de 13 de febrero, publicada el 17 de febrero de 2004 en el «Boletín Oficial del Estado», regulaba la concesión de subvenciones destinadas a la celebración de actos y a la realización de actividades de promoción que se refirieran al ámbito de competencias del recientemente suprimido Ministerio de Ciencia y Tecnología. Según disponía el Real Decreto 557/2000, de 27 de abril, en la anterior reestructuración de los departamentos ministeriales, el Ministerio de Ciencia y Tecnología era el departamento responsable de la política de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, del desarrollo tecnológico y de la ordenación de las comunicaciones.

A la vista de todo lo anterior, es claro que el ámbito competencial del extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología ahora ha pasado a distribuirse entre el Ministerio de Educación y Ciencia y el de Industria, Turismo y Comercio, por lo cual es necesario, de acuerdo a las nuevas estructuras y con el fin de mantener el objetivo para el que las ayudas han sido convocadas, la modificación de la Orden CTE/253/2004, de 13 de febrero.

La modificación pretende mantener la finalidad última para la que fueron convocadas las ayudas de la Orden CTE/253/2004, de 13 de febrero, esto es la de los fines perseguidos por la política de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, del desarrollo tecnológico y de la ordenación de las comunicaciones. Por ello, se modifica la composición de la comisión que ha de resolver la concesión de dichas subvenciones, adaptándola a las denominaciones de las nuevas estructuras organizativas y garantizando la consecución del objetivo para la que fue dictada la Orden CTE/253/2004 y se asigna a la Subsecretaría del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio la tramitación y resolución de las mismas.

En cumplimiento del apartado 6 del artículo 81 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, se ha evacuado el preceptivo informe de la Abogacía del Estado en los departamentos proponentes.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 f) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, a propuesta de la Ministra de Educación y Ciencia y del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, dispongo:

Primero. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto adaptar a la nueva estructura departamental la Orden CTE/353/2004, de 13 de febrero, que aprobaba las bases y la convocatoria para el ejercicio de 2004 de subvenciones destinadas a financiar la celebración de congresos, seminarios, jornadas, cursos y actos de carácter similar, relacionados con el ámbito de competencias del suprimido Ministerio de Ciencia y Tecnología, así como actividades orientadas a la promoción, en diversos ámbitos sociales, de los fines públicos perseguidos por las distintas políticas del Departamento.

Segundo. Referencias a unidades suprimidas.

Durante el año 2004 la convocatoria CTE/353/2004, de 13 de febrero, se mantendrá en sus propios términos, entendiéndose todas las referencias a las competencias del suprimido Ministerio de Ciencia y Tecnología como referencia a los centros que han asumido sus anteriores competencias (la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para el Desarrollo de la Sociedad de la Información del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Secretaría General de Política Científica y Tecnológica del Ministerio de Educación y Ciencia), y correspondiendo la tramitación y resolución de las solicitudes de ayudas ya convocadas por dicha Orden a la Subsecretaría del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Tercero. Composición de la Comisión de Evaluación.

La Comisión de Evaluación que realizará la valoración de las solicitudes tendrá la siguiente composición:

a) Presidente: el Secretario General Técnico del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

b) Vocales:

Dos representantes, que no podrán ser sustituidos, con rango de Subdirector General o asimilado, por la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones y para el Desarrollo de la Sociedad de la Información.

Dos representantes, que no podrán ser sustituidos, con rango de Subdirector General o asimilado, por la Secretaria General de Política Científica y Tecnológica.

El Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría de Industria, Turismo y Comercio, que actuará también como Secretario de la Comisión.

Cuarto. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de octubre de 2004.

FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ

Excma. Sra. Ministra de Educación y Ciencia y Excmo. Sr. Ministro de Industria, Turismo y Comercio.

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