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Documento BOE-A-2004-18937

Resolución de 28 de septiembre de 2004, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convocan concursos de acceso a Cuerpos de los Funcionarios Docentes Universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 5 de noviembre de 2004, páginas 36706 a 36708 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2004-18937

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley

Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades , y en

el artículo 14 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por

el que se regula el sistema de Habilitación nacional para el acceso

a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen

de los concursos de acceso respectivos y a tenor de lo establecido

en el artículo 104 de los Estatutos de la Universidad Carlos III

de Madrid, aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero, del

Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid,

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas que

se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, con arreglo

a las siguientes bases:

Primera.-Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley

Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades , el Real

Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema

de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios

Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso

respectivos , los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid

y el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad Carlos III

de Madrid, y con carácter supletorio, por lo previsto en la

legislación general de funcionarios civiles del Estado.

Segunda.-Para ser admitido a este concurso se deberá reunir

los siguientes requisitos generales:

a) Nacionalidad: Ser español. No obstante, podrán participar

en idénticas condiciones que los españoles los nacionales de

alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional

de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea

de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de

los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la

Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en

virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de

derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de

veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Asimismo, podrán participar en los concursos de acceso

convocados los habilitados de nacionalidad extranjera no comunitaria,

cuando se cumplan los requisitos previstos en el apartado 4 del

artículo 15 de Real Decreto 774/2002, de 26 de julio.

En el momento de presentación de la solicitud de participación

en el proceso selectivo, deberá acreditarse la nacionalidad, así

como en su caso, el vínculo de parentesco, y el de vivir a expensas,

conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001,

de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la

Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales

de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre

circulación de trabajadores.

La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos

en la convocatoria se realizará por medio de los documentos

correspondientes, certificados por las autoridades competentes de

su país de origen traducidos al español, que será la lengua oficial

en la que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.

b) Edad: Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no

haber superado los setenta.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de la Administración del Estado o de la Administración

Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para

el ejercicio de funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función

pública.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el

desempeño de las funciones correspondientes a profesor de

Universidad.

Tercera.-Además de los requisitos generales, los candidatos

deberán cumplir con los requisitos específicos que se señalan en

los artículos 15 del Real Decreto 774/2002 y 104 de los Estatutos

de la Universidad Carlos III de Madrid, en los términos regulados

en los mismos.

Asimismo, no podrán participar en estos concursos de acceso

a plazas de cuerpos docentes universitarios quienes se hallen

incursos en la prohibición contenida en el artículo 17.7 del Real Decreto

774/2002, es decir, aquellos que no han desempeñado durante

al menos dos años la plaza anteriormente obtenida por el concurso

de acceso a que se refiere el artículo 4 del citado Real Decreto.

Los requisitos enumerados en la Segunda y en la presente base,

deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de

presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la

toma de posesión como funcionario de carrera.

Cuarta.-Quienes deseen tomar parte en los concursos de

acceso, remitirán la correspondiente solicitud al Rector de la

Universidad Carlos III de Madrid, por cualquiera de los procedimientos

establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de quince

días naturales a partir del siguiente a la última fecha de publicación

oficial de la presente convocatoria, mediante instancia

debidamente cumplimentada, según modelo que se acompaña en el

Anexo IV, junto con los siguientes documentos que acrediten que

reúnen los requisitos para participar en el presente concurso:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte

o tarjeta de identidad.

b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de

los requisitos específicos que señala la base Tercera.

Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Carlos III de

Madrid, la cantidad de 30,05 Euros en concepto de derechos de

examen. El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado

en BBV-Argentaria, en la cuenta 0182-9059-29-0203893031 con

el título "Derechos examen concurso acceso PDI-Universidad

Carlos III de Madrid" abierta en dicha entidad.

A la solicitud deberán adjuntarse el justificante original

acreditativo del ingreso por el citado concepto. La falta de abono de

estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no

es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante.

Quinta.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el

Rector, dictará Resolución, en el plazo máximo de quince días

hábiles, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y

excluidos. Dicha Resolución, junto con las listas completas de

admitidos y excluidos, las cuales indicarán, respecto a estos

últimos, la causa de exclusión, se publicará en los tablones de

anuncios de Recursos Humanos de todos los Campus de la Universidad

y en la dirección de internet: http://www.uc3m.es.

Contra dicha Resolución, los interesados podrán presentar

reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días, a contar

desde el día siguiente a la publicación del anuncio, o bien subsanar

en el mismo plazo, el motivo de exclusión.

Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas,

el Rector dictará Resolución aprobando la lista definitiva de

candidatos admitidos y excluidos, que se publicará en la forma

anteriormente establecida. Contra esta Resolución se podrá interponer

recurso en los términos previstos en el artículo 107 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, modificada parcialmente por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sexta.-La composición de la Comisión y los criterios para la

adjudicación de las plazas, figuran en los Anexos II y III

respectivamente, de esta convocatoria.

En lo relativo a la constitución, sustituciones y funcionamiento

de la Comisión se estará a lo previsto en el artículo 6 del Real

Decreto 774/2002, de 26 de julio, y en el artículo 105 de los

Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid.

La Comisión deberá constituirse dentro del mes siguiente a

la publicación de esta convocatoria.

Para ello, el presidente titular de la comisión convocará a los

miembros titulares y en su caso a los suplentes para proceder

al acto de constitución de la misma, fijando lugar y fecha.

Simultáneamente el Presidente de la Comisión dictará

Resolución convocando a todos los candidatos admitidos para realizar

el acto de presentación, con señalamiento de día, hora y lugar

de su celebración. Ambas Resoluciones habrán de ser notificadas

a sus destinatarios con una antelación mínima de diez días

naturales respecto a la fecha del acto para el que son convocados.

Séptima.-En el acto de presentación que será público, los

concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la siguiente

documentación:

a. Un currículo, en triplicado ejemplar.

b. Un ejemplar de cada uno de las publicaciones y los

documentos que acrediten los datos reflejados en el currículo.

En el mismo acto de presentación, la Comisión:

1. Fijará la lista definitiva de participantes por relación a los

concurrentes al acto que hayan aportado en regla la

documentación preceptiva.

2. Señalará la fecha, hora y lugar de actuación de cada uno

de los candidatos para la celebración de la entrevista que establece

el artículo 104 de los Estatutos de la Universidad Carlos III de

Madrid, especificando si ésta incluye una exposición del candidato

y, en su caso, el objeto de ésta.

3. Determinará y hará público el plazo durante el cual los

candidatos podrán examinar la documentación presentada por los

demás aspirantes.

La prueba comenzará en el plazo máximo de diez días, a contar

desde el siguiente al del acto de presentación.

Finalizado el proceso, cada miembro de la Comisión, entregará

al Presidente un informe razonado, ajustado a los criterios

previamente establecidos en la convocatoria.

Octava.-Las Comisiones de valoración propondrán al Rector,

motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todos

los candidatos por orden de preferencia, para su nombramiento.

Dicha relación vendrá predeterminada por la votación que a la

vista de los informes señalados en el último apartado de la base

Séptima, y sin que sea posible la abstención, efectúe la Comisión.

En caso de empate dirimirá el mismo el voto del presidente. La

citada propuesta se publicará en el lugar donde se haya celebrado

la prueba.

Junto con la propuesta, el Secretario de la Comisión en los

cinco días siguientes hábiles a la finalización de la actuación de

la misma, deberá entregar en la Secretaría General de la

Universidad, toda la documentación relativa a las actuaciones de la

Comisión, así como una copia de la documentación entregada

por cada candidato, la cual una vez finalizado y firme el proceso

del concurso, les podrá ser devuelta si así lo solicitan.

Contra la propuesta de la Comisión de valoración, los

candidatos podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo

máximo de diez días contados a partir del siguiente al de su

publicación.

Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los

nombramientos, hasta su resolución definitiva.

La reclamación será valorada por la Comisión prevista en los

artículos 18 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio y 105

de los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid.

Novena.-Los candidatos propuestos para la provisión de plazas

deberán presentar, en los veinte días siguientes al de concluir

la actuación de la Comisión, en el Registro General de esta

Universidad o por cualesquiera de los demás procedimientos

señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por

la Ley 4/1999, de 13 de enero, los siguientes documentos:

a. Fotocopia compulsada de Documento Nacional de

Identidad o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta

de la española.

b. Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni

defecto físico ni psíquico que le incapacite para el desempeño

de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

c. Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las

Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente

disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la

Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de

la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de los Tratados

Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por

España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores,

deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el

artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber

sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impida,

en su Estado, el acceso a la función pública.

d. Documentación acreditativa de reunir los requisitos del

artículo 5 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de

carrera en activo, estarán exentos de justificar tales documentos y

requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo

del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario

y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Décima.-El nombramiento como funcionario docente de

carrera será efectuado por el Rector, después de que el candidato

propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos

establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la

denominación de la plaza: Cuerpo, Área de Conocimiento. Dicho

nombramiento será publicado en el BOE y en el BOCM, y comunicado

a la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria.

En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día

siguiente a la publicación del nombramiento, el candidato propuesto

deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá

la condición de funcionario docente universitario del Cuerpo de

que se trate.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo

ante los Juzgados de los Contencioso-Administrativo de Madrid,

en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de

su publicación. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda

ejercitar cualquier otro que se estime procedente, puede optarse por

interponer contra la presente resolución recurso de reposición ante

el Rector de la Universidad Carlos III de Madrid, en el plazo de

un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, en

cuyo caso no podrá interponer el recurso

contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto

expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso

de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los

artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 28 de septiembre de 2004.-El Rector, Gregorio

Peces-Barba Martínez.

ANEXO I

Plazas Cuerpos Docentes Universitarios que se convocan

a concurso de acceso

Concurso 04/03

Departamento: Humanidades. Área de conocimiento: Estética

y Teoría de las Artes. Perfil: Estética y Teoría de las Artes. Cuerpo:

T.U. Número de plazas: 1. Código plaza: DF000089.

ANEXO II

Composición de las Comisiones

Departamento: Humanidades.

Área de conocimiento: Estética y Teoría de las Artes.

Perfil: Estética y Teoría de las Artes.

Cuerpo: T.U.

Número concurso: 04/03.

Código plaza: DF000089.

Comisión titular:

Presidente: Carlos Thiebaut Luis-André. Universidad Carlos III

de Madrid.

Vocal Primero: Rosalía Torrent Esclapes. Universidad Jaume I

de Castellón.

Vocal Segundo: Ana M. Calvera Sague. Universidad de

Barcelona.

Comisión suplente:

Vocal Primero: Luis M. J. Álvarez Fernández. Universidad de

Oviedo.

Vocal Segundo: Diego Ribes Nicolás. Universidad de Valencia

Estudi General.

ANEXO III

Criterios para adjudicación de las plazas

Departamento: Humanidades.

Área de conocimiento: Estética y Teoría de las Artes.

Perfil: Estética y Teoría de las Artes.

Cuerpo: T.U.

Número concurso: 04/03.

Código plaza: DF000089.

Méritos de investigación:

Trabajos de investigación.

Relevancia en las revistas y editoriales.

Impacto de la investigación realizada.

Variedad de temas abordados.

Estancia en centros extranjeros.

Méritos docentes:

Docencia impartida.

Dirección de tesis doctorales.

Publicaciones en libros de texto, manuales y prácticas.

Diseño de cursos.

Evaluación docente por los alumnos.

Otros méritos:

Experiencia profesional en lengua española.

Otros méritos.

ANEXO IV

Datos plaza convocada:

Código: .....................................................

Cuerpo: ........................................................

Área de conocimiento: ..........................................

Departamento: .................................................

Resolución convocatoria, fecha: ......... B.O.E. fecha: .........

B.O.C.M. fecha: ......

Datos personales solicitante:

....................... ....................... ..............

(primer apellido) (segundo apellido) (nombre)

.................. ..................... ................. ..................

(D.N.I.) (fecha nacimiento) (localidad) (provincia)

................................................... ........... ...................

(domicilio-calle/plaza) (número) (código postal)

...................... ......................

(localidad) (provincia)

Titulaciones:

DECLARA: Que son ciertos todos y cada uno de los datos

consignados en esta solicitud y que reúne las condiciones exigidas

en la convocatoria, acompañando al efecto la documentación que

al dorso se relaciona.

SOLICITA: Ser admitido al concurso anteriormente indicado.

En a de de 200

Fdo.:

Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad Carlos III de Madrid.

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