De conformidad con lo establecido en el artículo 131 y la
disposición transitoria trigésima sexta de la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por Ley
Orgánica 9/2000, de 22 de diciembre, modificando el artículo 386.1
de la citada norma, y en el artículo 28.2.a) y 3.e) del Real Decreto
Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, por
Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder
Judicial adoptado en su reunión del día 22 de junio de 2004,
Vengo en declarar la jubilación forzosa por edad de don Manuel
Docavo Pau, Magistrado, que sirve el Juzgado de lo Social
Número 6 de Granada, por cumplir la edad legalmente establecida
de 71 años, el día 7 de noviembre de 2004, con los derechos
pasivos que le correspondan y cuya jubilación producirá efectos
a partir de la fecha indicada.
Dado en Madrid, el 1 de octubre de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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