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Documento BOE-A-2004-19478

Resolución de 12 de noviembre de 2004, de la Presidencia del Consejo de Estado, por la que se incorpora un fichero de datos de carácter personal en el ámbito del Consejo de Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 16 de noviembre de 2004, páginas 37893 a 37894 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo de Estado
Referencia:
BOE-A-2004-19478
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2004/11/12/(2)

TEXTO ORIGINAL

La gestión en el ámbito del Consejo de Estado del Plan de Pensiones de la Administración General del Estado, previsto en el Acuerdo Administración Sindicatos de 13 de noviembre de 2002, hace necesarios el tratamiento y la cesión de datos personales y profesionales de los empleados públicos destinados en este Organismo, derivados de la actuación de los promotores, de la entidad gestora y depositaria, así como de la comisión de control.

Por ello, es necesario contar con los ficheros automatizados que contengan los datos personales precisos y que puedan cederse a terceros teniendo en cuenta que el tratamiento de datos personales que implica la ejecución del acuerdo antes citado se encuentra amparado en el artículo 11.2.c) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Por otra parte, el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

De acuerdo con lo anterior,

DISPONGO:

Primero.

Se crean los ficheros automatizados del Consejo de Estado cuya denominación y características se recogen en el anexo a esta Resolución.

Segundo.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de noviembre de 2004.–El Presidente, Francisco Rubio Llorente.

ANEXO

Centro: Consejo de Estado.

Nombre del fichero: Gestión Plan de Pensiones.

Finalidad y uso: Gestión del Plan de Pensiones de la Administración General del Estado en el ámbito del Consejo de Estado.

Personas o colectivos: Personal al servicio del Consejo de Estado.

Procedimiento de recogida de datos: Los datos proceden de formularios cumplimentados por los interesados y de otros sistemas internos de información.

Estructura básica: Datos identificativos personales y profesionales y específicos de situación respecto del Plan de Pensiones.

Cesión de datos: Podrán cederse los datos imprescindibles para la gestión del Plan de Pensiones a la Entidad Gestora, a la Comisión de Control y, en su caso, a la Entidad Depositaria con sujeción a la normativa vigente y a las especificaciones técnicas del Plan.

Responsable: Secretaría General del Consejo de Estado.

Unidad ante la que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Servicios Administrativos del Consejo de Estado.

Nivel de seguridad: Medio.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/11/2004
  • Fecha de publicación: 16/11/2004
  • Fecha de entrada en vigor: 17/11/2004
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 11.2.c) y 20 de la Ley ORGANICA 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Consejo de Estado
  • Ficheros con datos personales
  • Funcionarios públicos
  • Planes de pensiones

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