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Documento BOE-A-2004-19626

Resolución de 27 de septiembre de 2004, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas con destino a riego, parcelas 19 y 38, polígono 55, promovido por don Manuel Molero Avendaño, en el término municipal de Consuegra (Toledo)".

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 18 de noviembre de 2004, páginas 38175 a 38175 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2004-19626

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de ocho de mayo, establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental o, en su caso, resolución sobre la evaluación de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, en el Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y en el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático la formulación de las declaraciones de impacto ambiental y las resoluciones sobre la evaluación ambiental de proyectos de competencia de la Administración General del Estado, reguladas por la legislación vigente.

El proyecto «Concesion de aguas con destino a riego de 11,6870 Ha parcelas 19 y 38 polígono 55 promovido por D. Manuel Molero Avendaño, en el t, m.: Consuegra (Toledo)», se encuentra comprendido en el apartado c del Grupo 1 del Anexo II de la Ley 6/2001 antes referida.

La Confederación Hidrográfica del Tajo remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la documentación relativa al proyecto incluyendo sus características, ubicación e informes redactados por la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha sobre la afección ambiental de la actuación.

El proyecto «Concesion de aguas con destino a riego de 11,6870 Ha parcelas 19 y 38 polígono 55 promovido por D. Manuel Molero Avendaño, en el t, m.: Consuegra (Toledo)» tiene por objeto poner en regadío, mediante la aportación de un aprovechamiento de aguas subterránea, 11,6870 hectáreas destinadas a riego por goteo de viñedo.

Según el informe del Servicio de Calidad Ambiental de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el proyecto no se encuentra sometido a la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Evaluación de Impacto Ambiental, por lo que no existe mayor inconveniente en la realización del proyecto por parte de dicho servicio.

Considerando los criterios de selección contemplados en el Anexo III de la Ley 6/2001, los informes de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y analizada la totalidad del expediente, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales adversos significativos. Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la Ley 6/2001 la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de este Ministerio de fecha 27 de septiembre de 2004, resuelve que no es necesario someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto «Concesion de aguas con destino a riego de 11,6870 ha parcelas 19 y 38 polígono 55 promovido por D. Manuel Molero Avendaño, en el t, m.: Consuegra (Toledo)».

No obstante, al encontrarse el proyecto dentro de un área de especial significación ecológica el destino del agua será exclusivamente el solicitado, descartándose un futuro cambio de uso a que supusieran una pérdida del hábitat de la zona.

Madrid, 27 de septiembre de 2004.–El Secretario general para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

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