Está Vd. en

Documento BOE-A-2004-19703

Orden FOM/3797/2004, de 9 de noviembre, por la que se conceden las subvenciones a que se refiere la Orden FOM/2434/2004, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras, y la convocatoria para el año 2004, de las subvenciones para la realización de actividades relacionadas con las infraestructuras, los sistemas de transportes, y demás competencias del Ministerio de Fomento.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 19 de noviembre de 2004, páginas 38249 a 38252 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2004-19703

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la base séptima, apartado 3 y base novena, apartado 2, de la convocatoria de subvenciones (Orden FOM/2434/2004, de 20 de julio, BOE de 22 de julio), según la delegación de competencias de la Orden FOM/3564/2004, (BOE de 3 de noviembre de 2004) y de acuerdo con la Propuesta de Resolución Definitiva formulada por la Comisión de Selección reunida el 4 de noviembre de 2004,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.

Distribuir el crédito disponible de 600.000 euros para la concesión de las citadas subvenciones tal y como se indica en la Propuesta Definitiva de la Comisión de Selección.

Segundo.

Conceder las subvenciones que se recogen en el Anexo de esta Orden, por haber sido las actividades reseñadas las que han obtenido una mejor calificación de la Comisión de Selección, según los criterios de valoración establecidos en la base octava de la convocatoria de subvenciones.

Tercero.

Denegar todas las demás subvenciones solicitadas por insuficiencia de crédito y por haber obtenido, las actividades no propuestas, inferior puntuación que las que han sido subvencionadas.

Cuarto.

La motivación de la presente Resolución se halla en la calificación efectuada por la Comisión de Selección sobre la base de los informes y propuestas incorporadas al expediente y que han sido elevados a la misma por los representantes de cada uno de los órganos superiores del Departamento.

Quinto.

Los adjudicatarios deberán presentar en el plazo indicado en la Convocatoria, hasta el día 20 de noviembre, la documentación indicada en la base undécima de la convocatoria.

Sexto.

La concesión de las subvenciones se realiza sin perjuicio de la exigencia a los adjudicatarios del cumplimiento de cuantos requisitos y obligaciones se recogen en la convocatoria de subvenciones en concreto bases undécima y duodécima.

Séptimo.

Encomendar a la Secretaría de la Comisión de Selección que, con la colaboración de los diferentes órganos superiores del Departamento, coordine el seguimiento de las actividades subvencionadas y gestione los correspondientes pagos y demás trámites inherentes a la Resolución de la convocatoria de subvenciones.

Octavo.

Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación.

Lo que se comunica para conocimiento, cumplimiento y demás efectos.

Madrid, 9 de noviembre de 2004.–La Ministra, P. D. (Orden FOM/3564/2004, de 19 de octubre, BOE de 3 de noviembre), la Subsecretaria, María Encarnación Vivanco Bustos.

ANEXO
Convocatoria de Subvenciones del Ministerio de Fomento

Imagen: /datos/imagenes/disp/2004/279/19703_12988275_image1.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2004/279/19703_12988275_image2.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2004/279/19703_12988275_image3.png

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid