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Documento BOE-A-2004-20735

Orden EHA/4023/2004, de 28 de octubre, de cesión general de la cartera del ramo de decesos de la entidad España Vitalicia, S. A. (en liquidación) a la entidad Vital Seguros, S. A.

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 6 de diciembre de 2004, páginas 40387 a 40387 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2004-20735

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 2 de julio de 2004, considerando el evidente interés público en el mantenimiento de los contratos en vigor de la entidad España Vitalicia, S. A. (En liquidación), se acordó iniciar el procedimiento de cesión de cartera de oficio contemplado en el artículo 85 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre. Con fecha 14 de julio de 2004, el Consorcio de Compensación de Seguros, como representante legal de la entidad cedente, remitió a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, documentación acreditativa de las ofertas recibidas. Por Resolución de 22 de julio de 2004 se señaló como cesionaria a la entidad Vital Seguro, S. A., concediéndose un plazo de dos meses para aportar la documentación prevista en el artículo 70.1 del citado Reglamento. El alcance de la cesión será el de cesión general de cartera del ramo de decesos. Considerando todo lo anterior y teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 22 y 27.2.c) de la Ley 30/95 de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, y 70 y 85 de su Reglamento, he resuelto:

Autorizar la cesión general de la cartera del ramo de decesos de la entidad España Vitalicia, S. A. (en liquidación) a la entidad Vital Seguros, S. A.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 28 de octubre de 2004.-El Ministro, P.D. (Orden EHA/1112/2004, de 28 de abril, y Orden ECO/2498/2002, de 3 de octubre, B.O.E. 10-10-2002), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

Ilmo. Sr. Director General de Seguros y Fondos de Pensiones.

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