En el BOE n.º 230, de 23 de septiembre de 2004 y BOE n.º 261, de 29 de octubre de 2004, se publicaron las Resoluciones de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional de 21 de septiembre de 2004 y 7 de octubre 2004 por las que se convocan ayudas específicas para actividades de formación e investigación, para doctorandos extranjeros beneficiarios de los Programas de Becas MAEC-AECI del curso académico 2001/2002 y 2002/2003, para el año 2004/05. De acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992 (B.O.E. de 10 de abril), modificada por la Orden de 21 de enero de 1997 (BOE de 3 de febrero), en la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), y la publicación de otras convocatorias específicas para ayudas de formación, investigación, promoción cultural, científica o de intercambio y el Real Decreto 2225/93 de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, y en atención a lo establecido en el apartado 2.1 d) de la Resolución de 29.12.2000 (BOE 12 de febrero 2001), de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se delegan en el Secretario General de la AECI y otras autoridades y funcionarios de la misma determinadas competencias, y en virtud de las Resoluciones de 21 de septiembre de 2004 (B.O.E. n.º 230 de 23-09-04) y 7 de octubre de 2004 (B.O.E. nº 261 de 29-10-04) por la que se aprueba la Convocatoria de ayudas específicas, para actividades de formación e investigación, para doctorandos extranjeros beneficiarios de los Programas de Becas MAEC-AECI del curso académico 2001/2002 y 2002/2003, a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto, esta Secretaria de Estado de Cooperación Internacional y Presidencia de la AECI, ha resuelto:
Primero.-La concesión de ayudas específicas del Programa VIA para el último año de estudios de doctorado, con cargo al concepto presupuestario 134 A 486.02, a cada uno de los beneficiarios según se detalla a continuación: Programa VIA: Conceder ayuda específica de estudios a los 234 beneficiarios referidos en el ANEXO I, durante el periodo que se indica en cada caso: Primer beneficiario: Stermasi, Mentor. País: Albania.
Último beneficiario: Ho Thi, Bich Van. País: Vietnam.
La dotación económica de estas becas, de acuerdo con las bases de la citada convocatoria, consiste en 1000,00 euros mensuales y seguro médico, no farmacéutico, durante el periodo de vigencia de la beca, por un importe de 17,00 euros por mes.
Segundo.-Ordenar la publicación en el B.O.E de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos en la Orden Ministerial de 26 de marzo de 1992 y citadas Resoluciones de 21 de septiembre de 2004 y 7 de octubre de 2004. Tercero.-La denegación de todas las demás solicitudes de ayuda específica del Programa VI.A presentadas.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestativamente podrá interponer contra dicha Resolución, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante el órgano que dicta la resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14). Todo ello, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
Madrid, 12 de noviembre de 2004.-La Presidenta, P.D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000, B.O.E. 12-2-01), el Secretario General, Juan Pablo de Laiglesia.
Ilmo. Sr. Director General de Relaciones Culturales y Científicas.
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