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Documento BOE-A-2004-21818

Orden EHA/4254/2004, de 20 de diciembre, por la que se delega la gestión censal del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 29 de diciembre de 2004, páginas 42305 a 42305 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2004-21818
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2004/12/20/eha4254

TEXTO ORIGINAL

El artículo 91 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 9 de marzo), establece la forma en que se gestiona el Impuesto sobre Actividades Económicas y, en relación con las competencias en materia de gestión censal, atribuidas a la Administración Tributaria del Estado, prevé la posibilidad de que puedan ser objeto de delegación en otras entidades. El desarrollo de esta delegación de competencias está contenido en el Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión censal del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto (Boletín Oficial del Estado de 8 de marzo). En sus artículos 20 a 23 establece el procedimiento para la solicitud y concesión de la delegación, los requerimientos que deben cumplir las entidades solicitantes y el alcance de la delegación y en el artículo 24 señala a la renuncia expresa como una forma de finalización de la delegación. Tanto las solicitudes como las renuncias deben formularse antes del 1 de octubre del año anterior a aquel en el que haya de surtir efecto la delegación y la concesión de la misma se realizará por medio de una Orden del Ministro de Economía y Hacienda publicada en el Boletín Oficial del Estado antes del inicio del año natural en el que la delegación surta efecto. Por ello, a propuesta del Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dispongo:

Primero.-Conceder la delegación de la gestión censal de las cuotas municipales del Impuesto sobre Actividades Económicas, en las condiciones establecidas en el Real Decreto 243/1995, a la Diputación de Barcelona para los Ayuntamientos de Matadepera, Mollet del Vallès, Rubí y Sant Vicenç de Montalt; y a la Diputación de Sevilla para el Ayuntamiento de Ecija.

Segundo.-Hacer pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.1.a) del Real Decreto 243/1995, la renuncia a la delegación de competencias en materia de gestión censal del Impuesto sobre Actividades Económicas de los Ayuntamientos de Castellón de la Plana, Rubí (Barcelona) y Torremolinos (Málaga), así como la de la Diputación Provincial de Sevilla respecto del Ayuntamiento de Guillena.

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2005.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación.

Madrid, 20 de diciembre de 2004.

Solbes Mira

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos e Ilmo. Sr. Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 20/12/2004
  • Fecha de publicación: 29/12/2004
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2005
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 20 a 24 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero (Ref. BOE-A-1995-5917).
Materias
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Ayuntamientos
  • Delegación de atribuciones
  • Diputaciones Provinciales
  • Impuesto sobre Actividades Económicas
  • Ministerio de Economía y Hacienda

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