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Documento BOE-A-2004-2189

Orden ECD/3900/2003, de 22 de diciembre, por la que se ejercita el derecho de tanteo, sobre los lotes números 779 y 780, subastados por la Sala Segre, en Madrid, el día 17 diciembre de 2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2004, páginas 4986 a 4986 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2004-2189

TEXTO ORIGINAL

A propuesta de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, previo informe favorable de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español acordado en la sesión del Pleno celebrada el día 4 de diciembre de 2003 y, en aplicación de los artículos treinta y ocho de la Ley 16/1985, de 25 de junio (Boletín Oficial del Estado del día 29), del Patrimonio Histórico Español, y cuarenta y uno del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero (Boletín Oficial del Estado del día 28) de desarrollo parcial de dicha Ley,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.

Ejercer el derecho de tanteo para el Estado, sobre los bienes muebles que fueron incluidos en el catálogo de la subasta pública celebrada por la Sala Segre, en Madrid, el día 17 de diciembre de 2003, que figuran con los números y referencias siguientes:

Lote n.º 779: Fuente blasonada con escudo de armas de los apellidos vascos «Olza y Eraso», en porcelana de Compañía de Indias, «piel de naranja», con esmaltes policromos, Dinastía Qing, época de Qienlong (1736-95). Borde ondulado, alero decorado con finas guirnaldas florales. Al reverso etiqueta manuscrita con inscripción «Pertenece a Guadalupe Eraso armas de la Familia Olza Eraso». Medidas; 31 × 37 cm.

Lote n.º 780: Fuente blasonada con escudo de armas de los apellidos vascos «Olza y Eraso», en porcelana de Compañía de Indias, «piel de naranja», con esmaltes policromos, Dinastía Qing, época de Qienlong (1736-95). Borde ondulado, alero decorado con finas guirnaldas florales. Al reverso restos de una etiqueta manuscrita. Medidas; 31 × 37 cm.

Segundo.

Que se abone a la sala subastadora el precio total de remate de doce mil euros (12.000,00 A), más los gastos inherentes, que debe justificar mediante certificado.

Tercero.

Que dichas obras se depositen en el Museo Nacional de Artes Decorativas, de titularidad estatal, que debe proceder a su inclusión en el inventario del patrimonio propiedad del Estado que allí se custodia, una vez consumada la venta.

Madrid, 22 de diciembre de 2003.–P.D. (O.M. de 1-2-01), el Secretario de Estado de Cultura, Luis Alberto de Cuenca y Prado.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales.

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