Visto el escrito de don Félix Altable López, por el que solicita
el reconocimiento de determinados efectos retroactivos a su
nombramiento como funcionario de carrera del Cuerpo General
Administrativo de la Administración del Estado.
Comprobada la identidad de la situación existente entre el
ahora reclamante con respecto a otros funcionarios del mismo Cuerpo
a quienes por distintas sentencias de los Tribunales de Justicia,
entre las que pueden citarse las de la Audiencia Nacional de 26
de abril de 1994, 7 de marzo y 15 de octubre de 1996, se les
reconocieron dichos efectos retroactivos, resulta procedente
acceder a su petición, aplicándole los mismos pronunciamientos
contenidos en aquéllas, de conformidad con el principio de igualdad
consagrado en el artículo 14 de la Constitución.
En virtud de lo expuesto, esta Secretaría de Estado para la
Administración Pública, en uso de las facultades que le están
conferidas por el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28
de noviembre, resuelve:
Primero.-Retrotraer al 11 de marzo de 1985 los efectos
administrativos del nombramiento de don Félix Altable López como
funcionario de carrera del Cuerpo General Administrativo de la
Administración del Estado, en el que tiene asignado el número
de Registro de Personal 037458857 A1135.
Segundo.-Disponer que por los servicios correspondientes del
Ministerio de Defensa, en el que se encuentra destinado el
interesado, se le practique y abone liquidación complementaria por
diferencia de haberes entre los percibidos y los que realmente
le hubieran correspondido como funcionario de carrera del
mencionado Cuerpo desde el día 17 de diciembre de 1998, de
conformidad con el plazo de prescripción establecido en el artículo
46 de la Ley General Presupuestaria de 23 de septiembre de 1988.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante la autoridad que lo dictó en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín
Oficial del Estado", de conformidad con lo establecido en los
artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
de 26 de noviembre de 1992, o bien, recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir asimismo
del día siguiente al de la indicada publicación, con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998.
Madrid, 23 de enero de 2004.-El Secretario de Estado, Julio
Gómez-Pomar Rodríguez.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Defensa e Ilma. Sra.
Directora General de la Función Pública.
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