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Documento BOE-A-2004-2476

Resolución de 16 de enero de 2004, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión Universitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 10 de febrero de 2004, páginas 5988 a 5993 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2004-2476

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta

Universidad aprobados por Decreto 58/2003, de 8 de mayo (Boletín

Oficial de la Comunidad de Madrid de 28 de mayo y Boletín Oficial

del Estado de 28 de noviembre) y con el fin de atender a las

necesidades del Personal de Administración y Servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de

diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.oe), de

la misma norma, así como de los Estatutos de esta Universidad,

acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala

de Gestión Universitaria de la Universidad Complutense de Madrid,

con sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 6 plazas por

el sistema general de acceso libre. De acuerdo con el artículo

único de Ley 53/2003, de 10 de diciembre, sobre empleo público

de discapacitados por el que se modifica la disposición adicional

decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública, en la redacción dada a

la misma por la Ley 23/1988, se reserva 1 plaza para personas

con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, siempre

que se cumplan los requisitos que en dichas normas se establecen,

que se acumulará al resto de plazas convocadas en la medida

en que quede sin cubrir. Las pruebas selectivas se realizarán en

condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes, sin perjuicio

de las adaptaciones, para las personas que lo soliciten de tiempo

y medios, conforme a lo dispuesto en el artículo 19.3 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de

la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de

julio ; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (B.O.E. del 24), sobre

el acceso a determinados sectores de la función pública de

nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, el

Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo

público de la Administración General del Estado y sus Organismo

públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación

el derecho a la libre circulación de trabajadores, el Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, los Estatutos de la Universidad

Complutense y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición

con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican

en el Anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.

1.6 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir

de la segunda quincena del mes de marzo de 2004.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la

Unión Europea, o nacional del Reino de Noruega o de la República

de Islandia.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de

otros Estados miembros de la Unión Europea, de Noruega o de

Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores

de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años de edad, y no haber

alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.

2.1.3 Estar en posesión del Título de Diplomado, Ingeniero

Técnico, Arquitecto técnico, o equivalente, o en condiciones de

obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación

de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero

deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su

homologación.

De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria

quinta de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, se considera equivalente

al título de Diplomado Universitario, el haber superado tres cursos

completos de licenciatura.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

2.1.6 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva

de discapacitados habrán de tener reconocida la condición legal

de discapacitado de grado igual o superior al 33 por ciento.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar exclusivamente en el modelo de solicitud

de Admisión a Pruebas Selectivas para Personal Funcionario de

la U.C.M., que les será facilitado gratuitamente, en los Servicios

de Información y Registro General de la Universidad Complutense

de Madrid (Rectorado - Avda. Séneca, 2, Madrid), y que figura

asimismo en la página Web http://www.ucm.

es/informa/empleo/funcionario.htm. A la instancia se acompañarán dos

fotocopias legibles del documento nacional de identidad o del

pasaporte.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán,

además, presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente

comunitario o familiar de residente comunitario en vigor o, en

su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de

trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia

del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la

exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse

solicitado estos documentos deberán presentar los documentos

expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo

de parentesco y una declaración jurada o promesa del español

o del nacional de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia

con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho

de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive

a sus expensas o está a su cargo.

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1

"Ejemplar para el órgano convocante" del modelo de solicitud) se hará

en el Registro General del Rectorado de la Universidad

Complutense de Madrid, citado en el apartado 3.1. o en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 4/1999, de modificación

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a

partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en

el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid", y se dirigirán

al Magnífico y Excelentísimo Señor Rector de la Universidad

Complutense de Madrid.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, que las remitirán seguidamente al organismo

competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen, salvo que justifique

el ingreso de tales derechos mediante la cumplimentación y sellado

por la entidad bancaria de la parte inferior de la solicitud destinada

a tal efecto.

Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas siguiendo

el procedimiento señalado en la base 3.2 se considerarán

entregadas en la fecha en que tengan entrada en el Registro General

de la Universidad Complutense de Madrid.

3.3 Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior

al 33 por 100, que deseen participar en las pruebas selectivas

por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en

el recuadro 22 de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los

ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello

el recuadro 23.

3.4 En el recuadro relativo a "Datos a consignar según las

bases de la convocatoria" apartado A) se deberá consignar el

idioma francés, inglés y/o alemán, que los aspirantes eligen para el

cuarto ejercicio optativo y de mérito.

3.5 Los derechos de examen serán de 21.00 euros y se ingresarán

en la Entidad Caja Madrid (2038), Oficina 1526 (Avda.

Complutense, c/v Arquitecto López Otero), DC 92, C/C 6000036590,

bajo el nombre "Universidad Complutense de Madrid Derechos

de Examen".

De conformidad con lo establecido en el apartado cinco del

artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas

Fiscales, Administrativas y del Orden Social, modificado por el

artículo 17 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre (B.O.E. del

31), de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social,

estarán exentas del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por

100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo

de tal condición.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos de un mes anterior a la fecha de

publicación en el BOCM de la convocatoria de pruebas selectivas de

acceso a la Escala de Gestión de la U.C.M. Serán requisitos para

el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no

hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen

negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de

promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo

carezcan de rentas superiores, en computo mensual, al Salario

Mínimo Interprofesional.

La condición de demandante de empleo, deberá acreditarse

mediante certificación que solicitará en la correspondiente oficina

del Instituto Nacional de Empleo, debiendo figurar en ella, todos

y cada uno de los requisitos citados anteriormente.

En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará con una

declaración jurada o promesa escrita del solicitante, para lo que

se podrá utilizar el modelo Anexo VI. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la

validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,

a través de certificación mecánica, o en su defecto comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en el número

de cuenta anteriormente citada, acreditativo del pago de los

derechos y cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún

caso, la presentación y pago en la mencionada entidad, supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de

la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar

su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo

establecido en la base 3.2. para la presentación de solicitudes.

Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta

naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y

discrecionalmente apreciada por el Tribunal.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias el Rector

de la Universidad Complutense de Madrid, dictará Resolución,

que se publicará en el tablón de anuncios del Rectorado de la

U.C.M. (Avda. de Séneca, 2 Madrid), y en la página web

http://www.ucm.es/informa/empleo/funcionario.htm y en la que

además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos,

se recogerá el lugar, fecha y hora de celebración del primer

ejercicio, así como la relación de los aspirantes excluidos, con

indicación de las causas de exclusión. En la relación deberá constar,

en todo caso, los apellidos, nombre y número del DNI.

La relación de admitidos y excluidos aprobada en dicha

Resolución, se publicará en los tablones de anuncios del Rectorado

(avenida de Séneca, 2, Madrid).

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto

de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma,

los aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no

figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus

nombres constan en la pertinente relación de admitidos.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la

Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión, o su omisión de las relaciones de admitidos y

excluidos. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen

la exclusión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación

de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización

de las pruebas.

4.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como Anexo III en esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran

en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28.2 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de la convocatoria en el BOCM.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran circunstancias previstas en la presente

base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas

la autoridad convocante publicará en el tablón de anuncios del

Rectorado de la UCM, Resolución por la que se nombren a los

nuevos miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que

hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas

en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal, con asistencia del Presidente el Secretario y la mitad, al

menos, de sus miembros, titulares o suplentes.

En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar

válidamente requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las

dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así

como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal será asistido por un funcionario de la

Universidad Complutense que actuará como Secretario con voz pero

sin voto en sus deliberaciones, y que será designado por el Magfco.

y Excmo. Sr. Rector. En todo caso el Tribunal convocará a todas

y cada una de sus reuniones y a la realización de todos los ejercicios

de las pruebas selectivas a cuatro representantes de los

funcionarios de la Universidad Complutense, designados por la Junta

de Personal Funcionario, quienes así mismo actuarán con voz pero

sin voto. Tanto el Secretario del Tribunal como los representantes

de los funcionarios estarán afectados por lo dispuesto en la Base

5.2 de la presente convocatoria.

5.8 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la

Universidad Complutense.

5.9 El Tribunal Calificador, adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías, gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En

este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías

que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.3. las

adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,

colaboración de los Órganos Técnicos de la Administración

Laboral, Sanitaria o de los Órganos competentes del Ministerio de

Trabajo y Asuntos Sociales.

Si en la realización de los ejercicios se suscitaran dudas al

Tribunal, respecto de la capacidad de un aspirante por el cupo

de plazas reservadas a personas con discapacidad, para el

desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los

funcionarios de la Escala a que se opta, podrá recabar el

correspondiente dictamen de los Órganos competentes del Ministerio

de Trabajo y Asuntos Sociales y, en su caso, de la Comunidad

Autónoma correspondiente.

5.10 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de la oposición,

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del entonces

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 (Boletín

Oficial del Estado del 22) o cualesquiera otros equivalentes, previa

aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración

Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyos ejercicios

figuren nombres, marcas o signos que permitan conocer la

identidad de los mismos.

A estos mismos efectos, el Tribunal garantizará la imposibilidad

del conocimiento previo del contenido de las pruebas. En este

sentido, para la adopción del cuestionario del primer ejercicio,

el mismo día de celebración de éste, se realizará ante los aspirantes

un sorteo de entre, al menos, cinco veces el número de preguntas

del cuestionario. De modo análogo, para la elección de los

supuestos del segundo ejercicio, el mismo día de celebración de éste,

se realizará un sorteo ante los aspirantes de entre, al menos, diez

supuestos para cada una de las materias del Programa.

5.11 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad

Complutense de Madrid (Avda. de Séneca, 2 teléfonos: 914520400

y 913943340).

5.12 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas, tendrá

la categoría segunda de las recogidas en el Real Decreto

426/2002, de 24 de mayo (Boletín Oficial del Estado del 30).

5.13 En ningún caso, el Tribunal podrá declarar que han

superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que

el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que

contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra X, de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial

del Estado" del 14 de marzo), por la que se publica el resultado

del sorteo celebrado el día 10 de marzo.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo en todo caso, excluidos de la oposición

quienes no comparezcan al mismo, dado el carácter de unidad

de acto de la convocatoria.

6.4 Concluido cada uno de los ejercicios, los aspirantes

podrán conservar los cuestionarios de examen correspondientes,

y el Tribunal procederá a publicar en los locales a que se refiere

el párrafo siguiente el cuestionario de examen y la plantilla de

respuestas, correspondientes al primer ejercicio, en un plazo

máximo de 48 horas a contar desde la fecha de realización de los

mismos.

6.5 La publicación del anuncio de celebración del segundo

ejercicio y los posteriores, se efectuará por el Tribunal en los

locales donde se haya celebrado el primero o anteriores ejercicios,

así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.11 y por

cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar

su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de

antelación a la señalada para la iniciación del mismo. Cuando se trate

del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde

se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier

otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos,

de antelación.

6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Rector de la Universidad convocante, comunicándole asimismo,

las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la

solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

públicas, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así

como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.11 y en aquellos

otros que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados,

por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su

Documento Nacional de Identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista

de aprobados al Rector de la Universidad, y al Servicio de Personal

de Administración para su conocimiento, especificando

igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el

día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de

aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores

aprobados deberán presentar en el Servicio de Personal de

Administración de la Universidad Complutense de Madrid los siguientes

documentos:

A) Fotocopia compulsada en el Registro General del

Rectorado de la UCM, del título exigido en la base 2.1.3 o, en su defecto,

certificación académica que acredite haber realizado todos los

estudios para la obtención del título, o de haber superado tres

cursos completos de licenciatura universitaria. En el caso de

titulaciones obtenidas en el extranjero, se aportará fotocopia de la

credencial que acredite su homologación.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como Anexo IV a esta

convocatoria.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán

presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos

a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado

el acceso a la función pública, según el modelo que figura como

Anexo V a esta convocatoria.

C) Los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100 deberán acreditar tal condición,

si obtuvieran plaza, mediante certificación de los Órganos

competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, o en su

caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera,

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u

Organismo del que dependiesen para acreditar tal condición, con

expresión del número e importe de trienios así como la fecha de su

cumplimiento.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos

señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios, y

quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

8.4 La petición de destinos por parte de los aspirantes

aprobados, deberá realizarse por orden de puntuación ante el

Rectorado de la Universidad, previa oferta de los mismos, de acuerdo

con lo establecido en el punto 1.5. de esta convocatoria.

8.5 Por la autoridad convocante y a propuesta del Tribunal

calificador se procederá al nombramiento de funcionarios de

carrera, mediante Resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial

de la Comunidad de Madrid".

La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de

fotocopia del Documento Nacional de Identidad de los aspirantes

aprobados y del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas

selectivas enviado a la Universidad convocante.

8.6 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente

a la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial

de la Comunidad de Madrid".

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella,

podrán ser impugnados en los casos y forma establecidos en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la

Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción

Contencioso Administrativa. Asimismo, la Universidad podrá en su

caso proceder a la revisión de las Resoluciones del Tribunal

Calificador de las pruebas, conforme a lo establecido en la citada

Ley 30/1992.

Madrid, 16 de enero de 2004.-El Rector, Carlos Berzosa

Alonso-Martínez.

ANEXO I

Fases, ejercicios y valoración

1. Ejercicios

El procedimiento de selección constará exclusivamente de una

fase de oposición formada por los ejercicios que a continuación

se indican, siendo eliminatorios los tres primeros:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de

125 preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas

la correcta, basado en el contenido del programa de estas pruebas

a que hace referencia el Anexo II.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de dos horas.

Segundo ejercicio: El Tribunal presentará, desglosados en

preguntas con respuestas alternativas, cuatro supuestos de carácter

práctico, uno de cada grupo de materias del programa: Derecho

Administrativo, Gestión de Personal, Gestión Financiera y Gestión

Universitaria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de cuatro horas.

Tercer ejercicio: Los aspirantes, en un tiempo máximo de tres

horas, deberán desarrollar por escrito cuatro epígrafes de entre

cinco propuestos, según el procedimiento que se indica en el

siguiente párrafo.

En el mismo acto del ejercicio, se procederá a elegir mediante

sorteo, cinco temas, uno de cada uno de los siguientes grupos

de materias del programa: Organización del Estado y de la

Administración Pública, Derecho Administrativo, Gestión de Personal,

Gestión Financiera y Gestión Universitaria. De cada uno de los

temas resultantes, el Tribunal propondrá un epígrafe relacionado

con el tema en cuestión, sin que tengan que coincidir literalmente

con los contenidos en el Programa.

Este ejercicio deberá ser leído por los opositores en sesión

pública ante el Tribunal. Se valorará especialmente la formación

y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas.

Cuarto ejercicio (Voluntario y de méritos): Consistirá en una

traducción directa, sin diccionario.

Los idiomas sobre los que versará la traducción serán francés,

inglés y/o alemán, a elección del aspirante.

Para la realización de este ejercicio se dispondrá de un tiempo

máximo de una hora para cada idioma.

2. Valoración de méritos y calificación de los ejercicios

Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos. Siendo

necesario para superarlo y pasar al ejercicio siguiente, obtener un

mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos cada uno

de los supuestos prácticos, siendo necesario para superarlo y pasar

al ejercicio siguiente, obtener un mínimo total de 20 puntos, sin

haber obtenido 0 puntos en ninguno de los supuestos.

Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos cada uno de

los epígrafes, siendo necesario para superarlo y pasar al siguiente,

obtener un mínimo total de 20 puntos, y no haber obtenido 0

puntos en ninguno de los epígrafes.

Cuarto ejercicio: Se calificará de 0 a 3 puntos cada uno de

los idiomas.

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel

mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones, de

conformidad con el sistema de valoración que acuerde en cada

ejercicio.

La relación de aspirantes aprobados en las pruebas de selección

vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas

en los tres primeros ejercicios La calificación final de las pruebas,

vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas

en todos los ejercicios. En caso de empate, el orden se establecerá

atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio

y si esto no fuera suficiente en el segundo o tercero, por este

orden.

ANEXO II

Programa

I. Organización del Estado y de la Administración Pública

Tema 1. La Constitución Española de 1.978: estructura y

contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y

suspensión. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma

de la Constitución.

Tema 2. La Jefatura del Estado: la Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.

Tema 3. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones

del Congreso de los Diputados y del Senado.

Tema 4. El Gobierno y las Administraciones. Relaciones entre

el Gobierno y las Cortes Generales. Designación, duración y

responsabilidad del Gobierno.

Tema 5. El Poder Judicial. El principio de unidad

jurisdiccional. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal

Supremo. El Ministerio Fiscal. La Organización judicial española.

Tema 6. La Administración Central del Estado. El Consejo

de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.

Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales y

Directores Generales. Otros Órganos de la Administración Central. La

Administración Periférica del Estado.

Tema 7. La Administración Institucional: concepto y

clasificación de los entes públicos no territoriales. Los Organismos

autónomos. La Administración consultiva. El Consejo de Estado.

Tema 8. El Estado y las Comunidades Autónomas.

Distribución de competencias. La coordinación entre las diferentes

Administraciones Públicas.

Tema 9. Organización territorial del Estado. Las

Comunidades Autónomas: constitución, competencias. Estatutos de

Autonomía. El sistema institucional de las Comunidades Autónomas.

Tema 10. Organización territorial del Estado. La

Administración Local: la provincia y el municipio. Otras entidades de la

Administración Local.

Tema 11. La Comunidad de Madrid. El Estatuto de

Autonomía: estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad

de Madrid: potestad legislativa, potestad reglamentaria y función

ejecutiva. La Asamblea Legislativa: composición, funciones y

potestades.

Tema 12. Nacimiento y objetivos de las Comunidades

Europeas. Tratados originarios y modificativos.

Tema 13. Las Instituciones de la Unión Europea. Consejo.

Parlamento y Tribunal de Justicia. Otras Instituciones.

Tema 14. El Derecho Comunitario. Sus fuentes. Relaciones

entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los

Estados miembros. Adecuación del ordenamiento jurídico español

al Derecho Comunitario. La participación de las Comunidades

Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario.

II. Derecho Administrativo

Tema 1. Fuentes del Derecho Administrativo: concepto. El

papel de la costumbre. Los principios generales del derecho.

Tema 2. La Constitución como norma jurídica. La Ley:

concepto y reserva de ley. Leyes orgánicas y Leyes ordinarias.

Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: Decretos-leyes y

Decretos legislativos.

Tema 3. El Reglamento: concepto, naturaleza y clases.

Límites de la potestad reglamentaria: formales y sustanciales.

Reglamentos ilegales: sanción, medios técnicos de reacción y remedios

activos. La inderogabilidad singular de los Reglamentos.

Tema 4. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos

del acto administrativo: sujeto, causa, fin y forma.

Tema 5. El acto administrativo: motivación. Notificación.

Publicación. El silencio administrativo.

Tema 6. El acto administrativo. Efectos: eficacia demorada

y eficacia retroactiva. Procedimientos de ejecución.

Tema 7. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común: objeto y ámbito de aplicación. Principios

generales.

Tema 8. Los interesados en el procedimiento administrativo.

Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las

Administraciones Públicas. Términos y plazos: cómputo, ampliación

y tramitación de urgencia.

Tema 9. El procedimiento administrativo: iniciación.

Ordenación. Instrucción. Finalización.

Tema 10. Los recursos administrativos: principios generales.

Recurso de alzada. Recurso potestativo de reposición. Recurso

extraordinario de revisión. Reclamaciones previas al ejercicio de

las acciones civiles y laborales.

Tema 11. La jurisdicción contencioso-administrativa:

naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción

contencioso-administrativa. Las partes en el proceso

contencioso-administrativo. Objeto del recurso contencioso-administrativo.

Tema 12. La Ley de Contratos de las Administraciones

Públicas: ámbito de aplicación. Disposiciones comunes a los contratos

de las Administraciones Públicas. El contratista: requisitos para

contratar.

Tema 13. Los pliegos de cláusulas y de prescripciones. Las

garantías en los contratos. El expediente de contratación. La

adjudicación de los contratos. Perfección y formalización del contrato.

Tema 14. La ejecución de los contratos. La modificación de

los contratos. La revisión de precios. La extinción de los contratos.

Tema 15. El contrato de obras.

Tema 16. El contrato de gestión de servicios públicos.

Tema 17. El contrato de suministro.

Tema 18. El contrato de consultoría y asistencia. El contrato

de servicios.

Tema 19. La responsabilidad patrimonial de la

Administración. La responsabilidad de las autoridades y personal al servicio

de las Administraciones Públicas.

III. Gestión de personal

Tema 1. Ley de Medidas para la Reforma de la Función

Pública: ámbito de aplicación. Órganos superiores de la Función

Pública. Registros de personal.

Tema 2. Planificación de Recursos Humanos. Relaciones de

puestos de trabajo.

Tema 3. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Derechos y deberes de los funcionarios.

Tema 4. Ingreso en Cuerpos o Escalas de funcionarios:

normas generales. Oferta de empleo público. Órganos de selección.

Convocatorias y procedimiento selectivo.

Tema 5. Provisión de puestos de trabajo: disposiciones

generales. Concurso. Libre designación. Otras formas de provisión.

Tema 6. Carrera profesional: grado personal. Intervalo de

niveles y garantía del puesto de trabajo. La promoción interna.

Tema 7. Situaciones administrativas: supuestos y efectos de

cada una de ellas.

Tema 8. Sistema de retribuciones de los funcionarios:

conceptos retributivos y determinación de la cuantía de los conceptos

retributivos. Retribuciones de los funcionarios en prácticas.

Retribuciones de los funcionarios destinados en el extranjero.

Indemnizaciones por razón del servicio.

Tema 9. Incompatibilidades del personal al servicio de las

Administraciones Públicas: principios generales y ámbito de

aplicación. Actividades públicas. Actividades privadas. Disposiciones

comunes.

Tema 10. El régimen disciplinario de los funcionarios:

personas responsables. Faltas y sanciones disciplinarias.

Procedimiento para la sanción de las faltas disciplinarias.

Tema 11. Los órganos de representación de los funcionarios

públicos. La negociación colectiva y la participación en la

determinación de las condiciones de trabajo de los funcionarios

públicos. El derecho de reunión.

Tema 12. El contrato de trabajo: clases, forma, validez y

capacidad para contratar. Derechos y deberes laborales básicos.

Derechos y deberes derivados del contrato. Período de prueba.

Tema 13. Vicisitudes del contrato de trabajo: movilidad y

modificación. Causas de suspensión del contrato. La extinción

del contrato de trabajo: causas y efectos.

Tema 14. La libertad sindical. Órganos de representación:

delegados de personal y comités de empresa.

Tema 15. Los convenios colectivos: naturaleza y efectos.

Legitimación. Tramitación, aplicación e interpretación. Adhesión y

extensión. Los conflictos colectivos.

Tema 16. Régimen General de la Seguridad Social: acción

protectora. Afiliación, altas, bajas y cotización. Incapacidad

Temporal. Maternidad. Incapacidad Permanente. Jubilación. Muerte

y Supervivencia.

Tema 17. Mutualidad de Funcionarios Civiles del Estado

(MUFACE). El sistema de derechos pasivos.

IV. Gestión financiera

Tema 1. El presupuesto: concepto y clases. El presupuesto

por programas: objetivos, programas y su evaluación. Presupuesto

en base cero: objetivos, unidades y paquetes de decisión y

asignación de prioridades.

Tema 2. Los Presupuestos Generales del Estado: principios

y estructura. El ciclo presupuestario. Créditos presupuestarios.

Gastos plurianuales.

Tema 3. Modificaciones de los créditos: transferencias de

crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de créditos.

Ampliaciones de créditos. Incorporación de créditos. Generaciones de

crédito. Desglose de aplicaciones presupuestarias.

Tema 4. Los ingresos: concepto. Impuestos directos:

concepto y clasificación. Impuestos indirectos: concepto y clasificación.

Tasas y precios públicos.

Tema 5. Los gastos: concepto. Gastos de personal. Gastos

para la compra de bienes y servicios. Transferencias corrientes

y de capital. Gastos de inversión.

Tema 6. Los pagos: concepto. Pagos por obligaciones

presupuestarias. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de caja fija.

Pagos "a justificar". Justificación de libramientos.

Tema 7. El procedimiento de ejecución presupuestaria: fases

del procedimiento. Documentos contables. Disposición de fondos

del Tesoro Público.

Tema 8. El control presupuestario: concepto y ámbito de

aplicación. Control interno: la Intervención General del Estado. El

control externo: el Tribunal de Cuentas. Especial referencia al

control de legalidad.

Tema 9. La contabilidad pública: el Plan General de

Contabilidad Pública. La Cuenta General del Estado.

V. Gestión universitaria

Tema 1. La autonomía universitaria: reconocimiento

constitucional, contenido y alcance. Creación, régimen jurídico y

estructura de las Universidades. Los Estatutos de las Universidades. El

Consejo de Coordinación Universitaria. Competencias educativas

y órganos gestores a nivel universitario de la Comunidad

Autónoma de Madrid.

Tema 2. Universidad Complutense de Madrid: naturaleza,

fines y competencia. Organización académica: Departamentos,

Facultades y Escuelas Universitarias.

Tema 3. Universidad Complutense de Madrid. Organización

académica: Institutos universitarios e Institutos propios. Centros

de Enseñanza Superior. Escuelas de especialización profesional.

Colegios Mayores. Hospitales universitarios y hospitales

asociados. Restantes centros.

Tema 4. Universidad Complutense de Madrid. Órganos de

gobierno y administración colegiados: Consejo Social. Consejo

de Gobierno Claustro Universitario. Junta Consultiva. Juntas de

Facultad y Escuela. Consejos de Departamento y de Institutos

Universitarios.

Tema 5. La Universidad Complutense de Madrid. Órganos

de gobierno y administración unipersonales: Rector. Vicerrectores.

Secretario general. Gerente. Decanos, Vicedecanos y Secretarios

de Facultades. Directores, Subdirectores y Secretarios de Escuelas

Universitarias. Directores de Departamentos e Institutos y

Secretarios de Departamento.

Tema 6. La Universidad Complutense de Madrid.

Profesorado: clases y régimen jurídico. Retribuciones.

Tema 7. Convenio colectivo para el Personal Laboral de las

Universidades Públicas de Madrid: ámbito de aplicación. Grupos

profesionales, niveles retributivos y condiciones económicas.

Estabilidad en el empleo e incompatibilidades. Provisión de puestos

de trabajo. Jornada, vacaciones, permisos y licencias.

Excedencias. Régimen disciplinario. Comisión paritaria.

Tema 8. Universidad Complutense de Madrid: introducción

al Estatuto del Estudiante y a la Delegación de estudiantes. Ingreso

en la Universidad Complutense de Madrid. Acceso. Admisión.

Ingreso de alumnos con estudios extranjeros.

Tema 9. Normas de matrícula e ingreso en la Universidad

Complutense de Madrid. Convocatorias y permanencia. Traslados

de expediente. Convalidación de estudios. Simultaneidad de

estudios. Becas y ayudas al estudio. Títulos académicos universitarios.

Tema 10. Planes de estudio. La regulación de los estudios

de tercer ciclo. Titulaciones propias de la Universidad

Complutense de Madrid.

Tema 11. Universidad Complutense de Madrid: investigación:

proyección investigadora, científica y cultural. Participación en

programas de la Unión Europea. Los contratos del artículo 83

de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

ANEXO III

Tribunal

Pendiente de designar.

ANEXO IV

Don/ña ..........................................................,

con domicilio .......................................................,

y con documento nacional de identidad número ..................,

declara bajo declara bajo juramento o promete, a efectos de ser

nombrado funcionario de la Escala de Gestión Universitaria de

la UCM, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el

ejercicio de las funciones públicas.

En ................ a ...... de ................ de 2004

ANEXO V

Don/ña ..........................................................,

con domicilio en ....................................................,

y documento de identidad o pasaporte ...................., declara

bajo promesa o juramento, a efectos de ser nombrado funcionario

de la Escala de Gestión Universitaria de la UCM, que no ha sido

sometido a sanción disciplinaria o condena que impida en mi

Estado, el acceso a la función pública.

En (país y localidad) ............ a ...... de ............ de 2004.

ANEXO VI

Don/ña ...........................................................

con domicilio en .....................................................

y con documento nacional de identidad número ..................,

declara bajo declara bajo juramento o promete, a efectos de la

exención de tasa por derechos de examen de las pruebas selectivas

para ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad

Complutense de Madrid, que carece de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

En Madrid, a ...... de .......................... de 2004.

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