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De acuerdo con lo establecido en la Base 7.2., de la Orden
del Ministerio de Ciencia y Tecnología de 22 de mayo de 2003
(B.O.E. del 30-5) por la que se convocaron pruebas selectivas
para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado,
y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración
General del Estado, esta Subsecretaría acuerda:
Primero.-Publicar la relación de aspirantes al Cuerpo de
Ingenieros Industriales del Estado que han aprobado la fase de
oposición, que figura en el anexo I de esta Resolución.
Segundo.-En el plazo de veinte días naturales, a contar desde
el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, los
opositores aprobados deberán presentar en el Registro General del
Ministerio de Ciencia y Tecnología, Paseo de la Castellana, 160,
28071 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,
los siguientes documentos:
1. Fotocopia compulsada del documento de identidad o
pasaporte.
2. Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3
de la convocatoria o certificación académica que acredite haber
realizado todos los estudios para la obtención del título. En el
caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse
fotocopia compulsada de la documentación que acredite su
homologación.
3. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según modelo que figura como anexo V de la
convocatoria.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar, además de la declaración relativa al Estado español
a que se refiere el párrafo anterior, declaración jurada o promesa
de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal
que impida en su Estado el acceso a la función pública, según
el modelo que figura como Anexo VI.
4. Los aspirantes extranjeros que no residan en España,
deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber
solicitado la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no
la hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la
solicitud de participación.
5. Certificado médico oficial que acredite lo señalado en la
base 2.1.4 de la convocatoria.
Tercero.-Quienes tuvieran la condición de funcionarios de
carrera estarán exentos de justificar documentalmente las
condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro
Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieren
para acreditar tal condición, con expresión del número e importe
de trienios, así como la fecha de su cumplimiento.
Asimismo, deberán formular opción por la remuneración que
deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas.
Dicha opción deberá ser formulada igualmente por los funcionarios
interinos, por los contratados administrativos y por el personal
laboral, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto
456/1986, de 10 de febrero (Boletín Oficial del Estado de 6 de
marzo), modificado por el Real Decreto 213/2003, de 21 de
febrero (BOE del 1-3).
Cuarto.-Quienes dentro del plazo fijado y, salvo los casos de
fuerza mayor debidamente acreditada, no presentasen la
documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen
de alguno de los requisitos señalados en la base 2 de la
convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Quinto.-Por orden de la autoridad convocante, se procederá
al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se
determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento.
Estos funcionarios deberán superar el período de prácticas
determinado en la convocatoria.
Los aspirantes que no superen el período de prácticas perderán
el derecho a ser nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución motivada por la autoridad convocante. Quienes no pudieran
realizar el período de prácticas por causas de fuerza mayor
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán
efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar
correspondiente a la puntuación obtenida.
Sexto.-La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados deberá realizarse previa oferta de los mismos una vez
finalizado el período de practicas.
Séptimo.-Contra el presente acto, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante el mismo
órgano que lo dicta, o recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses ante el órgano judicial competente, de acuerdo
con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su
redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 30 de enero de 2004.-El Subsecretario, Manuel
Lagares Gómez-Abascal.
Ilma. Sra. Subdirectora General de Recursos Humanos y Sr.
Presidente del Tribunal.
ANEXO I
Pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros
Industriales del Estado
Relación de aspirantes al Cuerpo de Ingenieros Industriales
del Estado aprobados por Orden de puntuación
N.o Apellidosynombre DNI Nota final
1 Manzano Negro, Ana Belén ...... 25.161.191 56,76
2 Caravantes Moreno, Santiago .... 50.098.093 51,01
3 Rivillas Fernández, Soledad ...... 52.973.845 50,90
4 Moreno-Torres Gálvez, Antonio .. 51.409.338 48,93
5 Ignacio Serradilla, Francisco ..... 11.824.084 46,45
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