Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 48 apartado "N" de los Estatutos de esta
Universidad, publicados por Decreto 325/2003, de 25 de
noviembre, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía número 236, de 9 de diciembre
de 2003, dentro del marco de lo dispuesto en el artículo 2.2 e)
de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,
ha resuelto convocar, para su provisión mediante el sistema de
concurso-oposición libre, 1 plaza de Personal Laboral fijo, dotada
presupuestariamente y que se halla vacante en la plantilla de esta
Universidad, con sujeción a las bases que a continuación se
reproducen y que han sido elaboradas por la Gerencia previo acuerdo
con el Comité de Empresa.
Bases de convocatoria
1. Normas Generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1 plaza de
Personal Laboral con la categoría de Titulado de Grado Medio
de Servicios Técnicos de Apoyo a la Docencia e Investigación
del Servicio General de Investigación (Ayudante Técnico
Sanitario/Diplomado Universitario de Enfermería de Empresa, Grupo II),
vacante en esta Universidad, mediante el procedimiento de
concurso-oposición libre.
1.2 La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a
lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de Agosto de Medidas
para la Reforma de la Función Pública (B.O.E. N.o 185 de 3 de
Agosto 1984) modificada por la Ley 23/1988, de 28 de Julio
(B.O.E. n.o 181 de 29 de Julio), en los artículos 4 y 29 del Real
Decreto 364/95 de 10 de marzo por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración del Estado (B.O.E. n.o 85 de 10 de abril de 1995),
en el vigente Convenio Colectivo de Trabajo de ámbito
interprovincial del Personal Laboral de las Universidades Andaluzas
(B.O.J.A. N.o 98 de 30 de junio de 1994), Reglamento del Personal
de Administración y Servicios de la Universidad de Granada y
a las normas de esta Resolución.
1.3 El procedimiento de selección de los aspirantes constará
de las siguientes fases:
Fase de Oposición y Fase de Concurso, con las valoraciones,
pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I de esta
convocatoria.
1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán quedando
garantizada, en todo momento, la igualdad de condiciones de los
candidatos y el respeto a los principios constitucionales de publicidad,
capacidad y mérito con arreglo al siguiente calendario:
El primer ejercicio no se iniciará antes del día 15 de abril de
2004. La fecha, hora y lugar en que se realizará el mismo se
fijarán en la Resolución del Rectorado en que se apruebe la lista
de admitidos y excluidos.
1.5 Tras la publicación de las listas de aprobados se creará
una lista de sustituciones en la que figurarán relacionados, por
orden de calificación, aquellos que habiendo superado la fase de
oposición, obtuvieron tras la aplicación del concurso una nota
inferior a la del aspirante seleccionado.
1.6 Las funciones que, con carácter general, corresponden
a las plazas en relación con la Categoría y Grupo que se convoca,
así como la jornada de trabajo y horario de la misma, se ajustarán
a lo que determine el Convenio Colectivo del Personal Laboral
de las Universidades Andaluzas.
1.7 Las retribuciones y demás derechos de contenido
económico se ajustarán a lo que determina el citado Convenio
Colectivo y demás normas de carácter general en materia de
retribuciones de personal laboral al servicio de las Administraciones
Públicas.
1.8 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido
a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades
del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas (B.O.E.
n.o 4, de 4 de enero de 1985).
2. Requisitos de los Candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.
b) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de
tratados internacionales, celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el
Tratado Constitutivo de la Unión Europea y extranjeros de
conformidad con la normativa aplicable.
c) Estar en posesión del Título de Diplomado Universitario
o equivalente, referente a la categoría profesional correspondiente
a la plaza que se convoca, y de la especialidad de Enfermería
de Empresa, de conformidad con lo establecido en el R.D. 39/1997
de 17 de enero, en su artículo 37.3, y con funciones establecidas
en la Ley General de Sanidad, Ley de Prevención de Riesgos
Laborales (31/1995) artículos 22 y 31 y Reglamento de los Servicios
de Prevención (R.D. 3997) capítulos VI y VII, o estar en
condiciones de obtenerlos en la fecha en que termine el plazo de
presentación de solicitudes.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
funciones propias de la plaza objeto de esta convocatoria. Quienes
tengan la condición de minusválido, reconocida por el I.A.S.S.,
deberán tener catalogada la minusvalía, acreditando su
compatibilidad con las funciones de la plaza a la que aspiran.
2.2 Los requisitos establecidos en la base 2.1. deberán
poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de
solicitudes y gozar de los mismos hasta la firma del contrato como
Personal Laboral.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en instancia que se acompaña como
Anexo III a esta convocatoria y que será facilitada gratuitamente
en el Servicio de Personal de la Universidad de Granada, Edificio
Santa Lucía, c/ Santa Lucía, n.o 2 (Granada). A la instancia se
acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.
3.2 La presentación de solicitudes (ejemplares 1 y 2 del
modelo de solicitud), se hará en el Registro General de la Universidad,
o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E.
n.o 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero (B.O.E. n.o 12, de 14 de enero), en
el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente
al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado", y se dirigirán al Excelentísimo Señor Rector
Magnífico de la Universidad de Granada.
3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicar, en la
casilla dispuesta para ello, las posibles adaptaciones de tiempo y
medios que requieran para la realización del ejercicio de la
presente convocatoria.
3.4 Los derechos de examen serán de 22 euros y se ingresarán
en la cuenta corriente n.o 0101745629 de la Caja General de
Ahorros de Granada (cod. 2031), oficina principal de Granada,
abierta a nombre de "Pruebas Selectivas de Acceso a la Universidad
de Granada", bien directamente o mediante transferencia bancaria
a dicha cuenta. En la solicitud deberá figurar el sello del
mencionado Banco, acreditativo del pago de los derechos, o ir
acompañada del resguardo acreditativo de la transferencia, cuya falta
determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la
presentación y pago en el Banco supondrá sustitución del trámite
de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el Órgano
expresado anteriormente.
3.5 La justificación documental de los méritos que los
aspirantes quieran hacer valer en la fase de concurso deberán ser
aportados en el plazo improrrogable de diez días naturales,
contados a partir del siguiente al de la publicación, en el tablón de
anuncios del Servicio de Personal, de las listas de aprobados de
la fase de oposición.
3.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hechos constar en su solicitud, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido
para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no
se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector
de la Universidad de Granada dictará Resolución en el plazo
máximo de un mes, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía y en el Tablón de Anuncios del Servicio de Personal
de esta Universidad y en la que además de declarar aprobada
la lista de admitidos y excluidos se recogerá el lugar y la fecha
de comienzo de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes
excluidos con indicación de las causas de exclusión. En la lista
deberá constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número
de documento nacional de identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
4.3 De conformidad con lo establecido en el art. 27.5 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando
la actividad no se hubiese realizado por causas no imputables
al obligado al pago.
5. Tribunal Calificador
5.1 El Tribunal calificador, de estas pruebas estará formado
por los miembros que se especifican en el anexo IV de esta
Resolución.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28.2
de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal
cuando concurran las circunstancias previstas en el punto anterior.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, en su caso, Resolución por la que se nombre a
los nuevos miembros del Tribunal que habrán de sustituir a los
que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas
en la base anterior.
5.4 El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulten necesarias, de forma que los
aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes ; en este
sentido se establecerán, para las personas con minusvalía que
lo soliciten, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para
su realización.
5.5 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los
opositores para que acrediten su identidad.
6.2 Los aspirantes serán convocados para la realización de
los ejercicios en llamamiento único, siendo excluidos de la
oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente
justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.3 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad de Granada, comunicándole asimismo
las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes. Esta Resolución pondrá fin a la vía administrativa,
pudiendo el interesado interponer potestativamente, recurso de
reposición ante el Rector o bien recurso
contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía.
7. Listas de aprobados
7.1 Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública
la lista de los aspirantes que han superado el concurso-oposición,
por orden de puntuación obtenida.
7.2 La puntuación total se obtendrá de la forma establecida
en el anexo I de esta convocatoria.
7.3 La lista de aprobados no podrá superar el número de
plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier
actuación en sentido contrario, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 18 de la Ley 30/1984.
7.4 Dicha relación se publicará en el Servicio de Personal,
en el lugar de celebración del ejercicio y en el Rectorado de esta
Universidad.
7.5 El Presidente del Tribunal enviará al Rector de la
Universidad de Granada copia certificada de la lista de puntuaciones
obtenidas por los aspirantes tras la aplicación de la fase de
concurso, especificando la propuesta de contratación a favor del
candidato que haya obtenido la mayor puntuación.
8. Presentación de documentos y firma de contratos
8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la
publicación en el Rectorado de la Universidad de las relaciones
de aprobados a que se refiere la base anterior, el opositor que
figuren en las mismas, deberá presentar en el Servicio de Personal
de esta Universidad, los siguientes documentos:
a) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer
enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el servicio.
b) Fotocopia debidamente compulsada del Título o
documento que le ha facultado participar en el concurso-oposición.
c) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de
minusválidos deberán presentar certificación del Organismo
competente de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social que acredite
tal condición, e igualmente deberán presentar certificación de los
citados Órganos de la Administración sanitaria acreditativo de la
compatibilidad con el desempeño de tareas y funciones
correspondientes.
8.2 Será requisito indispensable para la firma del contrato
como personal laboral fijo, superar el reconocimiento previo a
que hace referencia el apartado a) del punto anterior.
8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaren la documentación o, del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2.1, no podrán obtener la condición de personal laboral
fijo y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
8.4 En el contrato que se suscriba se fijará el período de
prueba que determina el Convenio Colectivo y tendrá los efectos
que el ordenamiento jurídico laboral dispone.
9. Norma final
9.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en este
concurso-oposición, se someten a las bases de esta convocatoria y
su desarrollo y las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio
de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado para
resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos
necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas en todo lo
no previsto en las bases, así como para su interpretación.
9.2 La convocatoria y sus bases y cuantos actos
administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, podrán
ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma
establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, pudiendo interponer contra la presente
Resolución, potestativamente, recurso de reposición ante este
Rectorado en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la
publicación de la Resolución o bien recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente
a la publicación de esta convocatoria, ante el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo de Granada, conforme a lo dispuesto en
el artículo 116.1 de la mencionada Ley.
Granada, 4 de febrero de 2004.-El Rector, David Aguilar Peña.
BAREMO
1. Antigüedad en la Universidad de Granada: 1,5 puntos por
año o fracción mensual que corresponda (máximo 10 puntos).
2. Haber superado pruebas selectivas para el acceso a la
categoría convocada: 0,5 puntos por prueba (máximo 1 punto).
3. Cursos de perfeccionamiento: Impartidos u homologados
por Organismos Oficiales y relacionados con la categoría a cubrir
(máximo 4 puntos):
Hasta 15 horas: 0,2 puntos.
Hasta 30 horas: 0,4 puntos.
Hasta 50 horas: 0,7 puntos.
Hasta 75 horas: 1,1 puntos.
Hasta 100 horas: 1,6 puntos.
Hasta 150 horas: 2,5 puntos.
Más de 150 horas: 3 puntos.
Aquellos cursos en los que no conste el número de horas se
valorarán con 0,1 puntos.
4. Titulación académica. Máximo 2 puntos.
Se valorará la diferencia entre la máxima titulación presentada
y la necesaria para acceder al grupo al que se aspira.
Bachiller Superior o equivalente: 1 punto.
Diplomado o equivalente: 1,5 puntos.
Licenciado o equivalente: 2 puntos.
5. Experiencia profesional. Máximo 10 puntos.
2 puntos/año o fracción proporcional correspondiente en la
Administración.
1 punto/año o fracción proporcional correspondiente fuera de
la Administración.
6. Parados. Máximo 2 puntos.
Sin hijos: 1 punto.
Con hijos: 2 puntos
7. Por familiares con minusvalía superior al 33% a su cargo.
Máximo 1 punto.
0,5 puntos por cada familiar.
ANEXO I
A) Fase de oposición
Primer ejercicio.-En el tiempo máximo de dos horas los
aspirantes contestarán un cuestionario que versará sobre aspectos
del programa que se acompaña como Anexo II. Se calificará de
0 a 17 puntos, tendrá carácter eliminatorio y será necesario
obtener 8,5 puntos para superarlo.
Segundo ejercicio.-Consistirá en el desarrollo de un ejercicio
teórico-práctico en el tiempo que el Tribunal estime oportuno y
que versará sobre los aspectos del programa que se acompaña
como Anexo II. Dicho ejercicio se calificará de 0 a 34 puntos,
tendrá carácter eliminatorio y será necesario obtener 17 puntos
para superarlo.
Entrevista personal.-Los aspirantes deberán presentar y
defender una Memoria descriptiva del puesto al que aspiran.
El Tribunal podrá hacerles cuantas preguntas estime
convenientes referentes a dicho puesto. Se calificará de 0 a 9 puntos.
B) Fase de concurso
Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso.
Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan
superado la fase de oposición. La valoración de estos méritos
se realizará de conformidad con el baremo que se acompaña a
esta convocatoria. En ningún caso los puntos obtenidos en esta
fase podrán ser computados para superar los ejercicios de la fase
de oposición.
Para que el Tribunal valore los méritos alegados, será requisito
necesario e imprescindible que los aspirantes aporten la
justificación documental de los méritos que quieran hacer valer en la
fase de concurso. Estos documentos justificativos deberán ser
aportados en el plazo improrrogable de diez días naturales, contados
a partir del siguiente al de la publicación de las listas de aquellos
que han superado la fase de oposición, y los mismos se presentarán
en el Registro General de la Universidad.
Aquellos aspirantes que en el plazo anteriormente mencionado,
no presenten los documentos acreditativos y salvo causas de fuerza
mayor libremente apreciadas por el Tribunal, no podrán ser objeto
de valoración alguna en la fase de concurso.
Para la valoración de los méritos alegados el Tribunal tomará
para su cómputo como fecha límite, en su caso, la de finalización
del plazo de presentación de las solicitudes de participación en
las presentes pruebas selectivas.
C) Valoración final
La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por la
suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases (oposición
y concurso), no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de ellas,
un número mayor de personas que el total de plazas convocadas.
En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas
las fases de concurso y oposición, se dará prioridad al aspirante
que mayor puntuación hubiera obtenido en la fase de oposición ;
en caso de persistir la igualdad, ésta se resolverá por sorteo entre
los aspirantes igualados.
ANEXO II
Programa
1. La Salud y la Salud Pública en España. El concepto de
la Salud: Evolución Histórica y los enfoques actuales. Los
determinantes de la salud y los indicadores de medida del estado de
salud en una población. Organización general del sistema sanitario
en España y Andalucía.
2. La Salud Pública y la Salud Laboral. Salud Laboral:
Concepto. Evolución histórica. La Organización de la Salud Laboral
en España. Funciones de la Administración Sanitaria en materia
de Salud Laboral. Relación entre Salud y Trabajo. Disciplinas
preventivas.
3. Estatutos de la Universidad de Granada.
4. Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95).
Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/97).
5. Estructuras implicadas en la salud laboral. Acuerdo marco
interterritorial en materia de Salud Laboral.
6. Funciones DUE de empresa. Documentación relacionada
con el servicio de salud laboral.
7. Vigilancia de la Salud. Protocolos específicos.
Enfermedades profesionales.
8. Introducción a la toxicología industrial. Gases y vapores
irritantes y asfixiantes.
9. Toxicología industrial de los metales pesados, pesticidas
y disolventes.
10. Los Plaguicidas. Concepto. Aplicaciones. Tipos.
Reglamentación. Equipos de protección individual en la aplicación de
plaguicidas.
11. Dermatosis profesionales de causa mecánica,
física/química y biológica. Cáncer cutáneo profesional.
12. Clasificación de enfermedades reumáticas. Artropatías
crónicas inflamatorias.
13. Síndrome artrósico. Raquiálgia. Osteoporosis.
Reumatismo de partes blandas.
14. Pruebas funcionales en salud laboral: espirometría,
audiometría, ECG, capacidad visual.
15. La Estadística descriptiva. Variables cualitativas y
cuantitativas: Discretas y Continuas. Las escalas de medición.
16. Resumen de datos en tablas de frecuencias.
Representaciones gráficas: Objetivo. Diagramas de barras. Histogramas.
17. El método estadístico: Población y Muestra. Métodos de
Muestreo. Medidas de distribución de frecuencias o parámetros
que resumen una distribución.
18. Probabilidad. Teorema de Bayes. Sensibilidad y
Especificidad de pruebas diagnósticas. Valores predictivos positivos y
negativos.
19. Concepto y Uso de la Epidemiología. Introducción,
evolución histórica. Fines de la Epidemiología. El Método
Epidemiológico. Clasificación de los estudios epidemiológicos. Las fuentes
de información en Salud Laboral.
20. Concepto de Seguridad en el trabajo. Concepto de
accidente de trabajo. Importancia social y económica. Causas de los
accidentes de trabajo. Factores técnicos y humanos. Inspecciones
de seguridad. Notificación y Registro de accidentes. Indicadores.
Investigación de accidentes.
21. Normativa básica de Seguridad en los lugares de trabajo.
Las normas de seguridad y señalización (R.D. 485/97 y 486/97).
22. El Riesgo de Incendio y Explosiones. Conceptos Básicos.
Planes de emergencia y evacuación.
23. Concepto de Higiene Industrial. Objetivos de la Higiene
Industrial. Partes de la Higiene Industrial. Tipos de contaminantes
y Clasificación de Riesgos. Valores Límites. Actuación sobre el
medio e individuo (Protección Individual).
24. Los contaminantes físicos: El Ruido. Conceptos Básicos.
Problemas Termohigrométricos. Conceptos Básicos. Las
Condiciones ambientales en los lugares de trabajo, según el Real Decreto
486/97 de 14 de Abril.
25. Radiaciones ionizantes y no ionizantes. Bases Físicas.
Aplicaciones. Factores de Riesgos. Radiología. Protección
Radiológica. Legislación.
26. Los riesgos biológicos y los accidentes biológicos. Los
agentes biológicos. Clasificación. La protección contra los riesgos
biológicos. Reglamentación (R.D. 664/97).
27. Concepto de Ergonomía. Definición y Objetivos. Sistema
Hombre-Máquina. Ciencias Relacionadas con la Ergonomía. El ser
humano y su entorno. El Diseño del puesto de trabajo.
Generalidades. Pantallas de visualización de datos (R.D. 488/97).
28. La calidad del aire en los espacios interiores. Síndrome
del edificio enfermo. Ambiente térmico.
29. El trabajo físico: Los esfuerzos, las posturas, los
movimientos repetitivos y sus patologías (R.D. 487/97 sobre
manipulación manual de cargas). La alimentación y el trabajo.
30. Factores Psicosociales en el Trabajo. Estrés Laboral.
31. Descripción y análisis de los puestos de trabajo.
Evaluación General de Riesgos. Conceptos Básicos.
ANEXO III (Ver imagen página 7987)
ANEXO IV
Tribunal calificador
Tribunal titular:
Presidente: Ilmo. Sr. don José Jiménez Benavides, Profesor
Titular de Escuela Universitaria y Gerente de la Universidad de
Granada.
Vocales:
Doña Reyes Rodríguez Tapioles, personal laboral con la
categoría de Titulado Superior de Servicios Técnicos de Apoyo a la
Docencia e Investigación del Servicio General de Investigación
de esta Universidad, nombrada por el Rector.
Don Juan Muros Ladrón de Guevara, personal laboral con la
categoría de Titulado de Grado Medio de Servicios Técnicos de
Apoyo a la Docencia e Investigación del Servicio General de
Investigación de esta Universidad, nombrado por el Rector.
Don Javier Machado Santiago, personal laboral con la categoría
de Titulado Superior de Servicios Técnicos de Apoyo a la Docencia
e Investigación del Servicio General de Investigación de esta
Universidad, designado por el Comité de Empresa.
Don Santiago Pecete Villalba, personal laboral con la categoría
de Titulado de Grado Medio de Deportes de esta Universidad,
designado por el Comité de Empresa.
Secretario: Don Javier Lay Fernández, funcionario de la Escala
Administrativa, adscrito al Servicio de Personal.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Antonio L. Cobo Mariscal, Técnico Especialista
de Administración y Asesor PAS Laboral de la Universidad de
Granada.
Vocales:
Don Pedro Espinosa Hidalgo, Profesor Titular de Universidad
y Director de Gabinete de Prevención y Calidad Ambiental,
nombrado por el Rector.
Don Francisco Sicilia Gutiérrez, personal laboral con la
categoría de Titulado de Grado Superior de esta Universidad,
nombrado por el Rector.
Don Juan Miguel García Leiva, personal laboral con la categoría
de Técnico Especialista de Laboratorio, designado por el Comité
de Empresa.
Don Elías García Rodríguez, personal laboral con la categoría
de Titulado Superior de Servicios Técnicos de Apoyo a la Docencia
e Investigación del Servicio General de Investigación de esta
Universidad, designado por el Comité de Empresa.
Secretaria: Doña Magdalena Mir Gámez, funcionaria de la
Escala Administrativa, adscrita al Servicio de Personal.
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