En cumplimiento de lo dispuesto en las sentencias firmes
dictadas por la Sección Séptima de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en los
recursos números 409/98, 410/98, 909/01 y 961/01,
interpuestos por doña Dolores Cardos Lafuente, doña Josefa Martínez
García, doña Josefa González Rodríguez, doña M.a Catalina Reolid
Cifuentes y doña Carmen Iranzo Núñez, sobre pruebas selectivas
para acceso a plaza de Auxiliares de Enfermería, convocada por
Resolución de 24 de Enero de 1996 (BOE de 22 de febrero), de
la Secretaría General del Instituto Nacional de la Salud y de
conformidad con lo establecido en la Base Novena de la Convocatoria,
Esta Dirección, en virtud de las competencias que tiene
asignadas en el artículo 15 del Real Decreto 1987/2003, de 29 de
agosto de 2003 (BOE del 30), y a tenor de lo previsto en los
apartados G.3 y H. de los Acuerdos sobre traspaso de las funciones
y servicios del Instituto Nacional de la Salud a la Comunidad
Autónoma de Madrid y Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha,
en virtud de los Reales Decretos 1479/2001 y 1476/2001,
respectivamente, de 27 de diciembre (BOE del 28), por los que se
aprueban dichos Acuerdos, resuelve:
Primero.-Nombrar Personal Estatutario en la categoría de
Auxiliar de Enfermería a las adjudicatarias de plaza que figuran
en el Anexo I a la presente Resolución, con destino en los centros
que se indican.
Segundo.-Las nombradas deberán tomar posesión de sus
plazas en las Gerencias de Área de su Servicio de Salud, en el plazo
de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación
de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Tercero.-Cuando un aspirante no tome posesión de la plaza
adjudicada en el plazo indicado, perderá todos los derechos
derivados de su participación en el concurso-oposición, salvo que se
deba a causa justificada, así apreciada por la Autoridad
convocante.
Cuarto.-Las Auxiliares de Enfermería nombradas en virtud de
la presente Resolución, si tuvieran plaza en propiedad en alguna
otra categoría estatutaria, podrán optar en el momento de tomar
posesión de la nueva plaza, por pasar a la situación de excedencia
voluntaria en una de ellas. A falta de opción expresa se entenderá
que se solicita la excedencia voluntaria en la categoría de origen.
Quinto.-La presente Resolución se comunicará a la
Comunidad Autónoma de Madrid y a la de Castilla La Mancha, al objeto
de que el órgano competente de las mismas, expida los
nombramientos de las Auxiliares de Enfermería que van a ocupar plaza
en el territorio de la Comunidad Autónoma, así como la Diligencia
de toma de posesión.
Madrid, 8 de enero de 2004.-La Directora General, Dolores
Casado Yubero.
ANEXO I
D.N.I. Apellidosynombre Centro Localidad
1.394.620 Cardos Lafuente, Dolores ............................... C. de Salud Berruguete. Madrid.
5.147.034 González Rodríguez, Josefa ............................ Complejo Hospitalario de Albacete. Albacete.
5.149.712 Iranzo Núñez, Carmen .................................... Complejo Hospitalario de Albacete. Albacete.
70.714.404 Martínez García, Josefa .................................. E.A.P. Valdebernardo (CIAS 1601381201Z). Madrid.
5.194.804 Reolid Cifuentes, María Catalina ...................... Complejo Hospitalario de Albacete. Albacete.
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