En el "Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo de 2002, se publicó
la Orden SCO/478/2002, de 19 de febrero de 2002 por la que se convocaron
becas de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española del
Medicamento, cuyas bases quedan reguladas en la misma.
Por Resolución de 14 de junio de 2002 (BOE 6-7-2002), se adjudicaron
9 becas, por un periodo de tiempo, hasta el 31 de diciembre de 2002,
pudiendo prorrogarse hasta un máximo de cuatro años y previa
fiscalización del gasto correspondiente.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de prórroga, el pasado
1 de diciembre, de acuerdo a los apartados y requisitos exigidos en la
citada Orden de convocatoria, a propuesta de la Comisión de evaluación,
esta Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios dicta
Resolución con arreglo a los siguientes:
Hechos
Primero.-Por Orden SCO/478/2002, de 19 de febrero de 2002 publicada
en el "Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo de 2002, se convocaron
9 becas de iniciación y perfeccionamiento en la Agencia.
Segundo.-Las 9 becas adjudicadas por Resolución de 14 de junio de
2002 tenían una duración hasta el 31 de diciembre de 2002.
Tercero.-Dentro del plazo de presentación de solicitudes de prórroga,
que finalizó el 1 de diciembre de 2002, la Comisión de Evaluación admitió
9 solicitudes, previo examen y conforme a los requisitos exigidos para
la renovación en la citada Orden de convocatoria, como así se hace constar
en el acta de la reunión de la Comisión de evaluación de fecha 17 de
diciembre de 2002.
Cuarto.-Por Resolución de 2 de enero de 2003, (BOE de 29 de enero)
se procedió a renovar 9 solicitudes de prórroga por el periodo que se
extiende desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2003.
Quinto.-Dentro del plazo de presentación de solicitudes de prorroga
que ha finalizado el pasado 1 de diciembre, se han presentado 8 solicitudes
de renovación. La Comisión de evaluación, en acta de 5 de diciembre,
ha procedido al examen y evaluación de las solicitudes y de acuerdo a
los requisitos exigidos para la renovación se propone la admisión de las
ocho solicitudes cuya relación se acompaña al acta citada.
Fundamentos de Derecho
1. Competencia.-Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1 del
Estatuto de la Agencia, aprobado por Real Decreto 520/1999, de 26 de marzo,
el Director de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios
ostenta la representación legal de la misma y le corresponde, dentro de
sus competencias, la decisión y firma de los acuerdos o resoluciones que
hayan de adoptarse por la Agencia.
2. Motivación.-Las becas adjudicadas por Resolución de 14 de junio
de 2002 y que tenían una duración hasta el 31 de diciembre de 2002,
fueron renovadas por Resolución de 2 de enero de 2003, para el periodo
desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2003.
3. Conforme a los apartados 2.3, 6.1 y 6.2 de la mencionada Orden
de convocatoria procede, mediante la presente resolución, a la renovación
de las becas propuestas por la Comisión de evaluación por el periodo
de tiempo desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2004, previa
fiscalización del gasto.
4. Concesión.-Procede, por tanto, la renovación de las ocho
solicitudes de prórroga propuestas por la Comisión de Evaluación.
En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Real
Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento
del Procedimiento para la Concesión de Subvenciones Públicas, en la Orden
SCO/478/2002 de 19 de febrero y demás disposiciones aplicables, y previo
informe de la Comisión de evaluación, resuelvo:
Renovar ocho becas de formación y perfeccionamiento de la Agencia
Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, adjudicadas por
Resolución de 14 de junio de 2002, en la cuantía de 1.459,84 euros para la
beca de perfeccionamiento y 829,45 euros para la beca de iniciación
(incluido, respectivamente, el incremento del 2% previsto par el sector público
conforme a la Ley de Presupuestos para el año 2004) de acuerdo con
la citada Orden de convocatoria y a los solicitantes admitidos que se
relacionan en el anexo a esta Resolución.
Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes
ante el Director de la Agencia Española de Medicamentos y Productos
Sanitarios, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117
de la Ley 4/1999, modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o directamente recurso
contencioso-administrativo, en los términos previstos en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.
En caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no podrá
impugnarse la Resolución ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo.
Madrid, 30 de diciembre de 2003.-El Director, Carlos Lens Cabrera.
ANEXO : (Ver imagen páginas 8491 y 8492)
Renovación becas año 2004. Convocatoria por Orden SCO/478/2002, de 19 de febrero de 2002
Incremento
2%
-Euros
Importe mes 2003
-Euros
Importe mes 2004
-Euros
Nombre División de destino Código Modalidad
Lourdes Gil Tornero . . . . . . . . . . . . . . . Inspección . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . IC2 Perfec. 1.431,22 28,62 1.459,84
Esther Julia Cobo García . . . . . . . . . . Farmacopea y Formulario Nacional . . . . . . . . . . . . . . . . . RF4 Iniciación. 813,19 16,26 829,45
José María Sanz Galindo . . . . . . . . . . Sistemas de la Información . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . TI2 Perfec. 1.431,22 28,62 1.459,84
Incremento
2%
-Euros
Importe mes 2003
-Euros
Importe mes 2004
-Euros
Nombre División de destino Código Modalidad
Ismael Fernández Pérez . . . . . . . . . . . Área Jurídica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . SJ2 Perfec. 1.431,22 28,62 1.459,84
Beatriz Alcaide Mora . . . . . . . . . . . . . . Farmacología y Evaluación Clínica . . . . . . . . . . . . . . . . . . CL7 Iniciación. 813,19 16,26 829,45
Aránzazu Sancho López . . . . . . . . . . . División de Farmacología y Evaluación Clínica . . . . . CL6 Perfec. 1.431,22 28,62 1.459,84
Begoña Brime Beteta . . . . . . . . . . . . . . Gestión de Procedimientos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . GP3 Perfec. 1.431,22 28,62 1.459,84
Inmaculada Llorente García . . . . . . . Garantía de Calidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . GC3 Iniciación. 813,19 16,26 829,45
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