La Junta Electoral Central, en sesión del día de la fecha, ha
acordado designar los Vocales no judiciales de las Juntas
Electorales Provinciales que se indican, conforme a las propuestas
remitidas por las mismas, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 10.1.b) de la vigente Ley Orgánica 5/1985, del Régimen
Electoral General, en relación con las elecciones al Congreso
de los Diputados y al Senado convocadas por Real Decreto
100/2004, de 19 de enero, a celebrar el 14 de marzo de 2004.
Juntas Electorales Provinciales
Albacete:
D.a Llanos Castellanos Garijo.
D.a Carmen García Serrano.
Alicante:
D. Juan José Díez Sánchez.
D. Mariano Caballero Caballero.
Almería:
D. Gabriel Alcoba Salmerón.
D.a M.a del Mar Capel Carrión.
Asturias:
D. Francisco Alonso Díaz.
D. Óscar Trapiello Rodríguez.
Cantabria:
D. Marcos Gómez Puente.
Castellón:
D. Miguel Ángel Guillén Galindo.
Córdoba:
D. José M.a Muriel de Andrés.
D. Antonio de Torres Viguera.
Huelva:
D. José Luis Revilla Parady.
D. Domingo Manuel Martino Galiana.
Málaga:
D.a María Luisa Balaguer Callejón.
D. José Calvo González.
Murcia:
D. Pedro Luis Sáez López.
D. Antonio Reverte Navarro.
Ourense:
D. Miguel Ángel González Trigás.
D. Pedro Francisco Rabanal Carbajo.
Santa Cruz de Tenerife:
D. César Calleja Sánchez-Paíz.
D. Fernando Ríos Rull.
Sevilla:
D. José María Ribas Alba.
D. Francisco Robles Espinosa.
Zamora:
D. José Nafría Ramos.
D. Jesús Barba de Vega.
Melilla:
D. Pedro Luis Olivas Cabanillas.
D. Juan Jesús Olivares Amaya.
Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de febrero de
2004.-El Presidente, Enrique Cancer Lalanne.
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