En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto
1279/2003, de 10 de octubre, por el que se regula la integración
en las Escalas de Técnicos Especialistas de Grado Medio, de
Ayudantes de Investigación y de Auxiliares de Investigación de los
organismos públicos de investigación, dependientes del Ministerio
de Ciencia y Tecnología ("Boletín Oficial del Estado" del 31 de
octubre), creadas en el artículo 47 de la Ley 24/2001, de 27
de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden
Social, este Ministerio, en uso de las competencias que tiene
atribuidas, previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública del Ministerio de Administraciones Públicas,
acuerda aprobar la convocatoria para la integración del personal
funcionario en la Escala de Técnicos Especialistas de Grado Medio
de los Organismos Públicos de Investigación con sujeción a las
siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Podrán solicitar la integración en la Escala de Técnicos
Especialistas de Grado Medio los funcionarios de carrera en
situación de servicio activo en alguno de los Organismos Públicos de
Investigación dependientes del Ministerio de Ciencia y Tecnología,
que, a la entrada en vigor de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre,
cumplieran los requisitos enumerados en el apartado tres del
artículo 47 de dicha Ley, en el artículo 2 del Real Decreto 1279/2003,
de 10 de octubre, por el que se regula la integración en las Escalas
de Técnicos Especialistas de Grado Medio, de Ayudantes de
Investigación y de Auxiliares de Investigación de los Organismos
Públicos de Investigación, y que se especifican en la base 2 de esta
convocatoria.
1.2 Los funcionarios que se integren en la Escala citada
quedarán en situación de excedencia en su Cuerpo o Escala de origen,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.3.a) de la Ley
30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la
Función Pública.
2. Requisitos de los candidatos
Tendrán derecho a integrarse en la Escala de Técnicos
Especialistas de Grado Medio, los funcionarios de carrera que el día
1 de enero de 2002, fecha de entrada en vigor de la Ley 24/2001,
de 27 de diciembre, cumplieran los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del título de Diplomado universitario,
Ingeniero técnico, Arquitecto técnico ; o cualquier otro título
equivalente.
b) Pertenecer, como funcionario de carrera a Cuerpos, Escalas
o plazas del grupo B.
c) Estar desempeñando actividades de apoyo y colaboración
en materia de diseño, aplicación, mantenimiento y mejora de
instalaciones científicas ; realizar informes, estudios o análisis en sus
especialidades respectivas ; y, en general, participar en la gestión
técnica de planes, proyectos, programas o aplicaciones y
resultados de la investigación.
d) Hallarse en situación de servicio activo en alguno de los
Organismos Públicos de Investigación adscritos al Ministerio de
Ciencia y Tecnología.
3. Solicitudes
3.1 Todos los funcionarios que, reuniendo los requisitos
establecidos en la base 2, deseen participar en esta convocatoria para
integrarse en la Escala de Técnicos Especialistas de Grado Medio,
deberán hacerlo constar en una instancia dirigida al Secretario
General de Política Científica. Dicha solicitud de integración se
ajustará al modelo que figura en el anexo II y que estará disponible
en la página web del Ministerio de Ciencia y Tecnología:
http:/www.mcyt.es
3.2 A dicha solicitud el aspirante deberá acompañar:
a) Fotocopia compulsada del título exigido o certificación
académica que acredite su posesión. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero, fotocopia compulsada de la credencial que
acredite su homologación.
b) Certificado de la Unidad de Personal del Organismo Público
de Investigación en que se encuentre prestando servicio según
modelo que figura en el anexo III.
c) Currículum vitae del período de tiempo en el que se hayan
desarrollado las actividades a que se refiere la base 2.c), de acuerdo
con el modelo normalizado que se encontrará disponible en la
página web del Ministerio de Ciencia y Tecnología. El Currículum
vitae se presentará en papel, con todas sus hojas firmadas.
3.3 Las solicitudes se presentarán en el Registro General del
Ministerio de Ciencia y Tecnología (paseo de la Castellana, 160,
28071 Madrid) o en los Registros Generales del Consejo Superior
de Investigaciones Científicas (calle Serrano, 117, 28071 Madrid),
del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y
Tecnológicas (avenida Complutense, 22, 28071 Madrid), del
Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria
(carretera de A Coruña, kilómetro 7,500. 28071 Madrid), del
Instituto Español de Oceanografía (avenida de Brasil, 31. 28071
Madrid) y del Instituto Geológico y Minero de España (calle Ríos
Rosas, 23, 28071 Madrid), o en la forma establecida en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado.
4. Admisión de solicitantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la
Autoridad convocante dictará resolución, en el plazo de un mes,
declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
En dicha resolución se relacionarán los aspirantes admitidos y
excluidos, con indicación de sus apellidos, nombre y número de
documento nacional de identidad o pasaporte, así como, en su
caso, de las causas de exclusión, señalando un plazo de diez días
hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión
u omisión, contados a partir del día siguiente a aquél en el que
se haga pública la resolución. Asimismo se indicarán los lugares
donde se encuentren expuestas al público las listas de aspirantes
admitidos y excluidos.
4.2 La lista provisional de admitidos y excluidos deberá ser
expuesta en los tablones de anuncios del Servicio de Información
Administrativa y en la página web del Ministerio de Ciencia y
Tecnología, en las sedes de los Organismos Públicos de
Investigación dependientes del mismo, en la Dirección General de la
Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del
Ministerio de Administraciones Públicas, y en las Delegaciones
y Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.
4.3 Contra la resolución definitiva, que se hará pública en
los mismos lugares a que se refiere el apartado anterior, podrá
interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo
de un mes ante el mismo órgano que dictó la resolución, o
directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente al de su publicación,
ante el órgano competente del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
5. Comisión Calificadora
5.1 La comprobación de los requisitos que se detallan en
la base 2, corresponderá a la Comisión Calificadora que figura
en el anexo I de esta convocatoria.
5.2 La Comisión podrá disponer la incorporación a sus
trabajos de asesores especialistas. Asimismo, la Comisión
Calificadora podrá requerir del solicitante la documentación
complementaria que considere procedente.
5.3 Cuando concurran motivos de abstención o se haya
promovido la recusación de alguno de los miembros de la Comisión,
se estará a lo previsto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.4 Para la válida constitución de la Comisión, a efectos de
celebración de sesiones, deliberaciones y adopción de acuerdos,
se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,
de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus
miembros.
Los acuerdos se alcanzarán por mayoría de votos de los
asistentes. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
5.5 La Comisión Calificadora resolverá todas las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como lo que
deba hacerse en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación de la Comisión Calificadora se
ajustará, en todo momento, a lo dispuesto en el capítulo II del
título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la
Comisión Calificadora tendrá su sede el Ministerio de Ciencia y
Tecnología (paseo de La Castellana, 160. 28071 Madrid). La
Comisión Calificadora dispondrá que, al menos una persona, miembro
o no de la Comisión Calificadora, atienda en dicha sede cuantas
cuestiones sean planteadas en relación con esta convocatoria.
6. Resolución del procedimiento de integración
6.1 La Comisión Calificadora tendrá un plazo máximo para
resolver y hacer público la resolución del procedimiento de
integración de cuatro meses contados desde la fecha de publicación
de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
6.2 Finalizado el proceso, la Comisión Calificadora hará
pública la relación de funcionarios que se integran en la Escala
de Técnicos Especialistas de Grado Medio. En todo caso, la
relación deberá ser expuesta: en el Ministerio de Ciencia y Tecnología,
en las sedes de los Organismos Públicos de Investigación
dependientes del mismo, en la Dirección General de la Función Pública,
en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas y en las Delegaciones y Subdelegaciones
del Gobierno en las Comunidades Autónomas.
6.3 Contra las resoluciones de la Comisión Calificadora y sus
actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o
produzcan indefensión, podrá interponerse recurso de alzada ante
el Ministro de Ciencia y Tecnología, en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de su publicación o notificación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
7. Nombramiento de funcionarios
Por Resolución del Secretario de Estado para la Administración
Pública, que será publicada en el Boletín Oficial del Estado, se
procederá al nombramiento de los funcionarios de carrera que
se integren en la Escala de Técnicos Especialistas de Grado Medio.
8. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos
deriven de ella, y de la actuación de la Comisión Calificadora, podrán
ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder
a la revisión de las resoluciones de la Comisión Calificadora,
conforme a lo previsto en la mencionada Ley.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 5 de febrero de 2004.-El Ministro, P. D. (Orden
30-11-2000, BOE 5 del 12), el Subsecretario, Manuel Lagares
Gómez-Abascal.
Ilma. Sra. Subdirectora General de Recursos Humanos.
ANEXO I
Comisión Calificadora
Titulares:
Presidente: Yolanda Varela. Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Vocales:
Gregorio Pérez-Sauquillo. Cuerpo técnico de Inspección de
transporte Terrestre.
María Dolores Gómez Briceño. Escala de Investigadores
Titulares de OPIs.
Felipe Criado Boado. Profesor de Investigación del CSIC.
Gregorio Montero González. Escala de Investigadores Titulares
de OPIs.
Jesús Gómez de las Heras Gandullo. Cuerpo de Ingenieros de
Minas del Estado.
Eduardo López Jamar. Escala de Técnicos Facultativos
Superiores de OO.AA. del MAPA.
María José Oropesa Acebrón. Escala de Gestión de Empleo
del INEM.
Secretaria: Angelina Girón Galván. Cuerpo Técnico de OO.AA.
Suplentes:
Presidente: Juan Antonio López Geta. Cuerpo de Ingenieros
de Minas del Estado.
Vocales:
José Ángel Manzano. Cuerpo Superior de Administradores
Civiles del Estado.
Juan Antonio Bueren Roncero. Escala de Investigadores
Titulares de OPIS.
José Luis Huertas Díaz. Catedrático de Universidad.
Ángel Ilarri Junquera. Cuerpo de Ingenieros de Minas del
Estado.
Federico Álvarez Prado. Escala de Técnicos Facultativos
Superiores de OO.AA. del MAPA.
Margarita Medina Fernández-Regatillo. Escala de
Investigadores Titulares de los OPIS.
Ángeles Sánchez López. Cuerpo de Gestión de la
Administración Civil del Estado.
Secretario: Severino Falcón Morales. Titulado Superior de
OO.AA. del MCYT.
SIGUEN IMÁGENES (Ver páginas 8977 a 8979)
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