El Consejo de la Unión Europea adoptó, con fecha 22 de abril
de 1996, una Acción común para la creación de un marco de
intercambio de magistrados de enlace que permita mejorar la
cooperación judicial entre los Estados miembros de la Unión.
A tal efecto, el artículo 65 de la Ley 66/1997, de 30 de
diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, ha
previsto la existencia, en el Ministerio de Justicia, de plazas para
tales magistrados de enlace, que serán nombrados mediante real
decreto del Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministros
de Asuntos Exteriores y de Justicia, y dependerán orgánicamente
de la misión diplomática a la que se asignen.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado
dos del artículo 65 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, en
el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 19 de junio de 1998,
a propuesta de los Ministros de Asuntos Exteriores y de Justicia,
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
día 16 de enero de 2004,
Vengo en nombrar Magistrado de Enlace ante las
correspondientes autoridades de la República Italiana a don Jesús Santos
Alonso.
Dado en Madrid, a 19 de enero de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Vicepresidente Segundo del Gobierno
y Ministro de la Presidencia,
JAVIER ARENAS BOCANEGRA
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