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Documento BOE-A-2004-3866

Resolución de 30 de enero de 2004, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Modernización de la Vega alta del río Segura, Hederamiento de la acequia mayor de Molina de Segura, términos municipales Archena, Lorqui y Molina de Segura (Murcia), en el ámbito de la Confederación Hidrográfica del Segura.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2004, páginas 9655 a 9655 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2004-3866

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y el Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier actividad comprendida en el Anexo II de este Real Decreto legislativo sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.

El proyecto Modernización de la Vega Alta del Río Segura. Hederamiento de la acequia mayor de Molina de Segura, términos municipales de Archena, Lorqui y Molina de Segura (Murcia), se encuentra comprendido en el apartado c del Grupo 1 del Anexo II de la Ley 6/2001 antes referida.

La Confederación Hidrográfica del Segura remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la documentación relativa al proyecto incluyendo sus características, ubicación, posibles impactos y las correspondientes medidas correctoras, así como un escrito de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua de la Región de Murcia informando favorablemente el proyecto a efectos ambientales.

El proyecto, cuyo objeto es optimizar la gestión del agua utilizada para regar 6.500 hectáreas consiste, fundamentalmente, en construir cinco balsas de regulación de 75.000 m3, 94.000 m3, 162.000 m3, 243.000 m3 y 220.000 m3 ocupando una superficie de 2,35, 2,75, 4,46, 5,5 y 5,1 hectáreas, respectivamente, la instalación de 9.837 m de tubería de diámetros comprendidos entre 400 y 800 mm y 3 estaciones de bombeo así como la entubación de 8. 280 m de acequias con tuberías de 1.600 y 1.400 mm de diámetro.

Considerando los criterios de selección contemplados en el Anexo III de la Ley 6/2001, el informe de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua de la Región de Murcia y una vez analizada la totalidad del expediente, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales adversos significativos. Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la precitada Ley, la Secretaría General de Medio Ambiente a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de este Ministerio de fecha 30 de enero de 2004, considera que no es necesario someter al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental el Proyecto Modernización de la Vega Alta del río Segura. Hederamiento de la Acequia Mayor de Molina de Segura, términos municipales Archena, Lorqui y Molina de Segura (Murcia). No obstante el promotor deberá: 1. Realizar las obras teniendo en consideración las indicaciones formuladas por la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua de la Región de Murcia. 2. Remitir a esta Secretaría General, con anterioridad al inicio de las obras, el Programa de Vigilancia Ambiental que deberá observarse durante la ejecución del proyecto. En dicho Programa se definirán y justificarán los indicadores utilizados para valorar las medidas correctoras y la evolución de los impactos residuales indicándose, así mismo, el tipo de informes y la frecuencia y período de su emisión.

Madrid, 30 de enero de 2004.–El Secretario General, Juan María del Álamo Jiménez.

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