Concluida la fase de oposición de las pruebas selectivas para
ingreso en la Escala Técnica de Gestión de Organismos
Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo, convocadas por
Orden de 16 de junio de 2003 (Boletín Oficial del Estado del
día 30), vista la propuesta del Tribunal calificador y en
cumplimiento de las normas reglamentarias de aplicación y bases de
la convocatoria,
Este Ministerio ha resuelto:
Primero.-Hacer pública, de conformidad con lo dispuesto en
la base 7 de la convocatoria, la relación de los aspirantes
aprobados por orden de puntuación obtenida con indicación del
número del documento nacional de identidad, que se relacionan en
el Anexo I de esta Orden.
Segundo.-Los opositores aprobados, en cumplimiento de lo
previsto en la base 7.2 de la convocatoria, deberán presentar en
el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente
al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial
del Estado, en el Registro General del Ministerio de Sanidad y
Consumo, Paseo del Prado, 18-20, 28071-Madrid, la siguiente
documentación que a continuación se relaciona, al objeto de poder
proceder a su nombramiento como funcionarios de carrera.
a) Fotocopia compulsada del documento de identidad o
pasaporte.
b) Fotocopia compulsada del título de Licenciado, Ingeniero,
Arquitecto o equivalente para las Áreas de Productos Sanitarios,
Productos Fitosanitarios, Microbiología y Consumo y el de
Licenciado en Medicina para el Área de Medicina o certificación
académica que acredite haber realizado todos los estudios para la
obtención de los mismos.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
presentarse fotocopia compulsada de la documentación que
acredite su homologación.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración
Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como Anexo II a esta convocatoria.
d) Certificado médico oficial que acredite no padecer
enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
Asimismo, deberán formular opción por la percepción de la
remuneración que deseen percibir durante su condición de
funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada
igualmente por quienes invoquen su condición de funcionario interino
o personal laboral, de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 456/1986, de 10 de febrero (Boletín Oficial del Estado
de 6 de marzo), modificado por el Real Decreto 213/2003, de 21
de febrero (Boletín Oficial del Estado de 1 de marzo).
Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor
debidamente acreditados, no presentaran la documentación, o del
examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados
funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de
la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la
solicitud inicial.
Tercero.-Una vez cumplimentados los trámites señalados en
el apartado anterior, por orden de la autoridad convocante se
procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la
que se determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho
nombramiento.
Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo
determinado en la convocatoria.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el
derecho a ser nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución motivada por la autoridad convocante. Quienes no pudieran
realizar el curso selectivo por causas de fuerza mayor debidamente
justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo
con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a
la puntuación obtenida.
Cuarto.-La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados deberá realizarse previa oferta de los mismos. Los
aspirantes podrán solicitar que se les adjudique destino en el puesto
de trabajo que vinieran desempeñando con carácter definitivo o
mediante adscripción provisional, en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes de adjudicación de destinos,
de conformidad con los artículos 26 y 78 del Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo.
La opción de permanecer en el puesto de trabajo que se
estuviera desempeñando, en el caso de que dicho puesto radique en
Administraciones Públicas distintas de la del Estado, se someterá
a lo que estas Administraciones convengan al respecto, y en todo
caso, la adjudicación de destinos se efectuará por los órganos
competentes de esas Administraciones Públicas.
Quinto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al
de su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter
previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un
mes ante el mismo órgano que lo dictó, de conformidad con el
artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Madrid, 20 de febrero de 2004.
PASTOR JULIÁN
Ilmo. Sr. Director General de Recursos Humanos y Servicios
Económico-Presupuestarios.
ANEXO I
N.ode
orden Apellidosynombre DNI Puntuación
total
Área de Productos Sanitarios
1 Guerra López, Pilar .............. 34.721.395 33,17
Área de Productos Fitosanitarios
1 Alba González, Mercedes de ...... 10.048.030 24,79
Área de Microbiología
1 Calero Lara, Miguel .............. 7.232.944 24,17
Área de consumo
1 Díaz Ramiro, Elías ............... 1.823.017 26,31
Área de Medicina
1 Fernández Cortizo, María Jesús ... 33.253.794 30,10
ANEXO II
Don/doña ..................................................
con domicilio en ...............................................
y documento nacional de identidad número .....................
Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de la Escala Técnica de Gestión de Organismos
Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo, que no ha sido
separado/a del servicio en ninguna de las Administraciones Públicas
y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de funciones
públicas.
En ............... a ...... de ............... de 2004.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid