La entidad Banco de Vitoria, S. A., ha solicitado la retirada de la condición de Titular de Cuenta en el Mercado de Deuda Pública, debido a su absorción por Banco Español de Crédito, S. A.
En razón de lo anterior, y de acuerdo con la delegación conferida en el número 3 del artículo 2.º y en el apartado a) de la disposición adicional segunda de la Orden de 19 de mayo de 1987, que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de 3 de abril, por el que se dispone la creación de un sistema de anotaciones en cuenta, y a la vista del informe favorable del Banco de España, he resuelto:
Retirar la condición de Titular de Cuenta a nombre propio en Mercado de Deuda Pública, a Banco de Vitoria, S. A., debido a su absorción por el Banco Español de Crédito, S. A., declarando de aplicación a la misma en cuanto las circunstancias lo requieran, lo dispuesto en los números 2 y 3 del artículo 21 de la Orden Ministerial de 19 de mayo de 1987, que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de 3 de abril, por el que se dispone la creación de un sistema de anotaciones en cuenta.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Excelentísimo Señor Ministro de Economía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
Madrid, 13 de febrero de 2004.—El Ministro, P.D. (OO.MM. de 19 de mayo de 1987 y 9 de mayo de 1995, BOEs de 20/05/87 y 15/05/95), la Directora general del Tesoro y Política Financiera, Belén Romana García.
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