Contido non dispoñible en galego
A la vista del Acuerdo de la Comisión de Reclamaciones de
esta Universidad, de fecha 17 de junio de 2003, sobre la
reclamación presentada por don Adolfo Francisco Muñoz Rodríguez,
contra la propuesta de la Comisión nombrada para juzgar el
concurso de la plaza de Profesor Titular de Universidad, área de
conocimiento "Producción Vegetal", convocado por Resolución del
día 31 de octubre de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" de 19
de noviembre), y la resolución rectoral de fecha 29 de enero de
2004, por la que se levanta la suspensión del nombramiento del
candidato impugnado don Rafael Jesús López-Bellido Garrido, de
conformidad con lo previsto en la disposición transitoria octava,
apartado 2, de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades, y de acuerdo con lo que establece la Ley 11/1983,
de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y el Real Decreto
1888/1984, de 26 de septiembre, modificado parcialmente por
el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio,
Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el
art. 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades, y demás disposiciones concordantes, ha resuelto
nombrar a don Rafael Jesús López-Bellido Garrido, con D.N.I.:
30.800.610-E. Profesor Titular de Universidad de esta
Universidad, del área de conocimiento de "Producción Vegetal", adscrita
al Departamento de "Ciencias Agroforestales".
Esta resolución agota la vía administrativa y será impugnada
en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de
la notificación o publicación de la misma, como establece el art.
46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Huelva, en virtud de lo dispuesto en el art.
8.3 de la Ley 29/1998 citada.
No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra
esta Resolución un recurso de reposición, en el plazo de un mes,
ante el mismo órgano que dictó, en cuyo caso no cabrá interponer
el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado, en
tanto que recaiga resolución expresa o presunta del recurso de
reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y
sig. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero
de 1999.
Huelva, 16 de febrero de 2004.-El Rector, Antonio Ramírez
de Verger Jaén.
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