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Suscrito el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,
para la realización de proyectos de intervención social integral para la
atención, prevención de la marginación e inserción del pueblo gitano, y
en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede
la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del citado Convenio, que
figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 28 de enero de 2004.-El Secretario General Técnico, Javier
Cepeda Morrás.
ANEXO
Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la
realización de proyectos de intervención social integral para la atención,
prevención de la marginación e inserción del pueblo gitano
En Madrid, a 17 de diciembre de 2003.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Eduardo Zaplana
Hernández-Soro, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por
Real Decreto 674/2002, de 9 de julio (Boletín Oficial del Estado n.o 164,
del 10), en nombre y representación de la Administración General del
Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley 4/1999, de 13 de enero, de
modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común (Boletín Oficial del Estado n.o 12, del 14), sobre competencia para
celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.
Y de otra, la excelentísima señora doña Lourdes Méndez Monasterio,
como Consejera de Trabajo, Consumo y Política Social, nombrada por
Decreto 15/2003, de 3 de julio (Boletín Oficial de la Región de Murcia
n.o 152, de 4), en nombre y representación de la Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia, por autorización de Consejo de Gobierno de fecha
14 de noviembre de 2003.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligar y convenir y
MANIFIESTAN
I. Que la finalidad del presente Convenio es la colaboración entre
el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia, para financiar conjuntamente proyectos de
intervención social integral para la atención, prevención de la marginación
e inserción del pueblo gitano.
II. Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las
competencias que le vienen atribuidas por la Constitución, el Real Decreto
758/1996, de 5 de mayo, de creación y el Real Decreto 839/1996, de 10
de mayo, que establece su estructura orgánica, por la que asume las
competencias del extinto Ministerio de Asuntos Sociales, y la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia, de conformidad con lo establecido en la
Ley 4/1982, de 9 de junio (BOE n.o 146, del 19) que aprueba el Estatuto
de Autonomía de la misma, tienen competencia en materia de acción social
y servicios sociales.
III. Que de acuerdo con lo establecido en la regla cuarta del apartado
dos del art. 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria,
en la redacción dada al mismo por la Ley 13/1996 de 30 de diciembre
de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, es procedente
la suscripción del presente Convenio de colaboración.
IV. Que la Ley de Presupuestos Generales del Estado vigente, incluye
un crédito adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que aparece
consignado con la clasificación orgánico-económica 19.04.313L.453.01 a
Comunidades Autónomas para proyectos propios o concertados con las
Corporaciones Locales para la atención, prevención de la marginación
e inserción del pueblo gitano.
V. Que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia dispone,
asimismo, de dotaciones presupuestarias para similares fines.
VI. Que los proyectos se han seleccionado de acuerdo con los criterios
objetivos de distribución del crédito que, de conformidad con las
Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, fueron
aprobados por Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 11 de abril de
2003, publicado en el BOE núm. 115, de 14 de mayo.
Que de acuerdo con lo establecido en el art. 6 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, y con lo anteriormente
manifestado, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de
colaboración, el cual se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.-Constituye el objeto de este Convenio
la cooperación entre ambas partes y la regulación del contenido y
condiciones de la subvención para la realización de proyectos de intervención
social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción
del pueblo gitano, que se relacionan en el anexo.
Segunda. Aportaciones económicas de las partes.-La aportación
económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para los fines del
presente Convenio, es de doscientos veinte mil seiscientos noventa y un
euros con cincuenta y dos céntimos (220.691,52 euros), que se hará con
cargo al presupuesto consignado para tal fin en el presente año.
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, directamente o con
la cooperación de las Corporaciones Locales participantes en el desarrollo
de los proyectos, se compromete a aportar la cantidad de cuatrocientos
siete mil ochocientos tres euros con ochenta y cuatro centimos (407.803,84
euros), según el anexo que se acompaña, cantidad que es igual, al menos,
a dos tercios de la que aporta el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
para la financiación de estos proyectos, de conformidad con lo establecido
en el Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 11 de abril de 2003,
anteriormente citado.
Tercera. Pago y justificación de la subvención.-Tras la firma del
presente Convenio, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales procederá
a transferir a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la cantidad
que le corresponde de acuerdo con los proyectos seleccionados y la
normativa vigente.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 153 del texto refundido
de la Ley General Presupuestaria aprobada por el Real Decreto Legislativo
1091/1988, de 23 de septiembre (en su nueva redacción recogida en el
artículo 136 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social), la Comunidad Autónoma de la Región
de Murcia, concluido el ejercicio económico, deberá remitir un estado
comprensivo de las obligaciones reconocidas y los pagos realizados hasta el
cierre del ejercicio por la subvención gestionada. Así mismo se presentará
Memoria de Evaluación, cumplimentada en modelo consensuado y
homologado por el Ministerio y la Comunidad Autónoma en la Comisión de
Seguimiento prevista en la cláusula séptima.
Cuarta. Modificaciones en el desarrollo del proyecto.-La Comunidad
Autónoma deberá comunicar cualquier propuesta de modificación que
pudiera surgir en el desarrollo y ejecución de los proyectos, tanto las
referidas al contenido como a la forma, plazos de ejecución y de
justificación, etc., con el fin de acordar conjuntamente el Ministerio y la
Comunidad Autónoma, la aceptación expresa de cualquier variación en el
desarrollo de los proyectos.
La solicitud de propuesta de modificación deberá estar suficientemente
motivada y deberá presentarse con carácter inmediato a la aparición de
las circunstancias que la justifiquen y con anterioridad al momento en
que finalice el plazo de ejecución del proyecto en cuestión.
Quinta. Publicidad.-En la publicidad que se realice en cualquier
medio de comunicación social sobre las actuaciones derivadas de estos
proyectos, se hará constar expresamente que éstos se llevan a cabo en
virtud de la colaboración establecida entre el Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Sexta. Información.-La Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia remitirá al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales los datos que
sean precisos para el seguimiento y evaluación del desarrollo de acciones
que se financien en base a este Convenio.
Séptima. Seguimiento de los proyectos.-Para el seguimiento del
presente Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento formada por
un representante de la Dirección General de Acción Social, del Menor
y de la Familia y un representante de cada una de las Comunidades
Autónomas firmantes, que hará sus propuestas a los respectivos centros
directivos o a la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, en su caso.
La Comisión de Seguimiento tendrá como funciones, velar por el
cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio, tratando de resolver
las cuestiones que se planteen durante la ejecución del mismo, prestar
asistencia a las administraciones firmantes y determinar los documentos
técnicos e informes necesarios para la ejecución, seguimiento y evaluación
de los proyectos.
Los representantes del Ministerio serán designados por la Directora
General de Acción Social, del Menor y de la Familia y el representante
de la Comunidad Autónoma por el/la Director/a General competente.
Octava. Duración del Convenio.-La duración del Convenio se
establece hasta el 31 de diciembre de 2003.
La extinción de este Convenio por causa distinta de la terminación
del plazo de vigencia establecido en esta cláusula, dará lugar a la liquidación
correspondiente.
Novena. Cuestiones litigiosas.-Las cuestiones litigiosas que pudieran
derivarse del presente Convenio, dada su naturaleza
jurídico-administrativa, serán sometidas al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Y, en prueba de conformidad, suscriben el presente Convenio de
Colaboración en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en este
documento.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, P. D. (Orden de 14
de abril de 2003), la Secretaria General de Asuntos Sociales, Lucía Figar
de Lacalle.-La Consejera de Trabajo Consumo y Política Social, Lourdes
Méndez Monasterio.
ANEXO : (Ver imagen página 10824)
Crédito 19.04.313L.453.01. Plan de desarrollo gitano. Comunidad Autónoma de Murcia
Relación de proyectos a cofinanciar. Ejercicio 2003
Financiación
N.o Proy. Provincia Municipio y asentamiento Entidad gestora Denominación del proyecto
MTAS C.A. Y/O
CC.LL.
Total
1 Murcia. Murcia. Pedanías y ciudad de
Murcia.
Ayuntamiento de
Murcia.
1. Formación permanente de adultos en
situación de exclusión social. 2.
Promoción social del pueblo gitano.
136.691,52 174.175,84 310.867,36
2 Murcia. Calasparra. Esparragal. Mancomunidad del
Noroeste.
Programa integral de desarrollo de la
comunidad gitana en el Noroeste.
14.293,00 26.164,33 40.457,33
3 Murcia. Cartagena. Ayuntamiento de
Cartagena.
Promoción socio-laboral y educativa del
pueblo gitano.
22.754,00 58.072,67 80.826,67
4 Murcia. Lorca. B.o San Pedro, San Juan,
Santa María y Ramblilla de
San Lázaro y B.o del
Calvario.
Ayuntamiento de
Lorca.
Proyecto de desarrollo gitano. 10.173,00 55.875,00 64.048,00
5 Murcia. Mancomunidad de Servicios
Sociales del Sureste de
Murcia. Barrio de San Gil, La
Unión y resto de la
Mancomunidad.
Ayuntamiento Torre
Pacheco.
"Tucue". 9.736,75 25.285,92 35.022,67
6 Murcia. Alguazas. Ayuntamiento de
Alguazas.
Integración socio-laboral colectivo gitano. 6.334,26 16.475,74 22.820,00
7 Murcia. San Javier, Los Alcázares y San
Pedro del Pinatar.
Ayuntamiento San
Javier.
El colectivo gitano en la Mancomunidad
de Servicios Sociales del Mar Menor.
9.887,25 25.676,75 35.564,00
8 Murcia. Alcantarilla. Ayuntamiento de
Alcantarilla.
Plan integral de actuación con la
comunidad gitana con el Ayuntamiento de
Alcantarilla.
10.811,74 28.077,59 38.889,33
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 220.691,52 407.803,84 628.495,36
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